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Se han encontrado 636 resultados con los descriptores Ayuntamiento
Comunicación de datos por parte del concesionario de un servicio público en el ayuntamiento que es titular del servicio
CNS 37/2011
El Ayuntamiento, en tanto que administración pública titular del servicio, podrá acceder a toda la información personal que haya tratado a la entidad concesionaria para la prestación del servicio de gestión de instalaciones deportivas. La comunicación de datos personales desde los ficheros de titularidad privada de la entidad concesionaria en el Ayuntamiento podría encontrar habilitación en el artículo 11.2.c) de la LOPD, si los clientes de la entidad concesionaria, en el momento de dar sus datos personales, conocen la titularidad municipal del servicio, en la medida en que estos datos sean necesarios para poder desarrollar, cumplir y controlar la relación jurídica que la empresa mantiene con ellos y que libremente han aceptado. El Ayuntamiento, como cesionario de los datos que le facilite la entidad concesionaria, teniendo en cuenta que no ha recogido los datos directamente del interesado, tendría que cumplir con el deber de información de acuerdo con el apartado 4 del artículo 5 de la LOPD, a menos que las personas interesadas hayan sido informadas anteriormente.
22/12/2011
Cesión por parte de un ayuntamiento de datos personales de sus trabajadores a un sindicato
CNS 38/2011
Por aplicación del artículo 11 de la LOPD, a menos que existan otras normas con rango legal diferentes a las analizadas que habiliten la cesión de los datos, hay que disponer en cualquier caso del consentimiento de los titulares de los datos, con el fin de comunicar al sindicato el listado en lo que se relaciona empleados públicos con nombre y apellidos e importe total a percibir por ayudas sociales. Si las normas de Regulación de la composición y funcionamiento de la Comisión de Acción Social explicitan la participación de los representantes sindicales en el otorgamiento de las ayudas, y a más, la convocatoria pública de las ayudas también permite conocer claramente a los trabajadores que presentan una solicitud que los representantes sindicales que forman parte de la Comisión podrán tener acceso a los datos, la comunicación de los datos a estos representantes se podría llevar a cabo. Respecto de los datos de salud, por aplicación del artículo 7.3 de la LOPD, se pueden ceder a la sección sindical los datos personales que haya consentido expresamente la persona interesada.
22/12/2011
Acceso por parte de diversos servicios municipales en el Padrón Municipal de Habitantes
CNS 35/2011
El acceso a los datos personales del Padrón Municipal de Habitantes por parte de las diferentes unidades administrativas u órganos administrativos de un mismo ayuntamiento, incluida la Policía Local, no constituye propiamente una cesión de datos, dado que forman parte de la misma persona jurídica. Este acceso sin embargo, sólo será posible si la finalidad por la cual se solicita resulta compatible con la finalidad principal del Padrón, como ahora, cuando sea necesario para el ejercicio de las competencias que la legislación de régimen local atribuye en los ayuntamientos y exclusivamente por asuntos en que el dato residencia o domicilio resulta relevante.
18/11/2011
- ÁMBITO SECTORIAL
- Padrón municipal habitantes
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- Fuerzas y Cuerpos Seguridad
- Jueces y tribunales
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- MEDIDAS SEGURIDAD
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Finalidad policial
- Principio calidad
- Proporcionalidad
Acceso por parte de una sociedad gestora de derechos de propiedad intelectual a datos sobre el titular de un establecimiento de restauración
CNS 32/2011
En este caso se puede considerar que determinados datos personales sobre el titular de la licencia de apertura de un local de restauración no se encuentran protegidas para la normativa de protección de datos, por aplicación del artículo 2.3 del RLOPD, y por lo tanto la legitimidad de la comunicación de estos datos a una Entidad de gestión de derechos de autor tiene que analizarse a partir de otras normas. Aunque la Ley de propiedad intelectual no otorga específicamente una capacidad o potestad inspectora, de investigación o de auditoría a las entidades de gestión y a sus representantes, sí les atribuye la "gestión de los derechos de autor", en base a la cual no se puede descartar que el representante de la Entidad tenga ciertamente un interés legítimo y directo, en los términos que exige el artículo 37.3 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, con el fin de acceder a la información que solicita.
27/09/2011
Acceso al archivo de las actas de los plenos municipales
CNS 30/2011
Examinada la normativa de archivos y documentos, una asociación puede acceder en las actas de los plenos municipales compresas entre los años 1975 a 1981 que contengan datos personales que no afecten a la intimidad de personas, ni la seguridad, el honor o la imagen de las personas, sin consentimiento, en la medida en que se supera el plazo legal de 30 años de la producción del documento. También podrá acceder, sin consentimiento, a las actas comprendidas entre los años 1982 a 2004, en la medida en que en estas no consten datos personales cuya divulgación pueda resultar contraria al derecho al honor, a la intimidad o a los principios y las garantías que establece la normativa de protección de datos, vista la habilitación legal de la Ley 29/2010, del 3 de agosto, del uso de medios electrónicos del sector público.
12/09/2011
- ÁMBITO SECTORIAL
- Archivos y documentos
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos anonimizados
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Principio licitud
- Consentimiento
- Principio calidad
- TRANSPARENCIA
- Derecho acceso información
Informe en relación con el Proyecto de disposición general de regulación de ficheros que contienen datos de carácter personal del Ayuntamiento de Benavent de Segrià
PD 13/2011
29/07/2011
Cesión de datos del padrón municipal de habitantes a un Consorcio en materia de servicios sociales
CNS 26/2011
La cesión de datos personales del Padrón Municipal de habitantes a un Consorcio, sin consentimiento de los afectados, requiere que una norma con rango de ley la habilite. En el caso examinado, en la medida en que el Consorcio tiene delegada la competencia en materia de servicios sociales de determinados municipios y, más en concreto, la prestación del servicio de primera acogida de personas inmigradas, y dado que el conocimiento del domicilio resulta relevante para poder identificar al colectivo de personas a quienes van dirigidos estos programas, la cesión sería conforme con la LOPD para contar con habilitación suficiente en la normativa de régimen local.
30/06/2011
Instalación de cámaras de videovigilancia en una urbanización
CNS 25/2011
La captación de imágenes de personas en la vía pública mediante sistemas de videovigilancia, sólo la pueden llevar a cabo las fuerzas y los cuerpos de seguridad de acuerdo con su normativa específica. La entidad urbanística de conservación de una urbanización privada sólo la puede llevar a cabo si cuenta con una norma con rango de ley que habilite la captación, o si se trata de una captación incidental, inevitable para poder llevar a cabo actividades de vigilancia en edificios o instalaciones.
20/06/2011
Nivel de seguridad que corresponde al fichero de registro de Intereses y el Registro especial de bienes patrimoniales de una diputación provincial
CNS 23/2011
El Registro de intereses de una corporación local tiene que tener implantado un nivel medio de medidas de seguridad en la medida en que permite evaluar aspectos de la conducta de los cargos públicos que forman parte. Si se incluye en el Registro información sobre la adscripción política del cargo público, de acuerdo con el RLOPD hay que aplicar medidas de nivel alto. Con respecto al Registro especial de bienes patrimoniales, corresponde aplicar medidas de seguridad de nivel alto.
08/06/2011
Acceso a determinada información de un archivo histórico municipal
CNS 19/2011
El acceso de una empresa a determinada información de un archivo municipal que hace referencia a personas vivas, con el fin de digitalizarla, constituye una cesión de datos personales que, para ser legítima y a falta de consentimiento, tiene que contar con habiitació legal suficiente. Examinada la normativa vigente en materia de archivos y documentos, se considera que, en este caso, en la medida en que en la información no constan datos personales íntimos o "sensibles", el Ayuntamiento puede facilitar el acceso pasado el plazo legal de treinta años de la producción del documento, plazo en que, de una manera general, las exclusiones a la consulta pública de documentos quedan sin efectos.
17/05/2011
- ÁMBITO SECTORIAL
- Archivos y documentos
- AUTORIDADES PROTECCIÓN DATOS
- Autoridad Catalana Protección Datos
- Ámbito actuación
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos personas difuntas
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- PRINCIPIOS
- Principio calidad
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