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Se han encontrado 47 resultados con los descriptores Ámbito actuación
Revelación de la identidad de la persona que solicitaba información ante la GAIP, a terceras personas afectadas por el acceso.
IP 480/2022
La persona denunciando se quejaba por el hecho que, en el marco de la tramitación de una solicitud de acceso a información pública, la GAIP habría revelado a las terceras personas afectadas por el acceso, su identidad sin que estas lo hubieran solicitado. Aun así, en la fase de información previa iniciada por esta Autoridad, la entidad denunciada ha expuesto que, una de las personas afectadas por el acceso pidió saber quién solicitaba la información controvertida. En este sentido, de acuerdo con el artículo 62 RLTC la GAIP consideró, previa consulta a la persona solicitante, que la remisión de la solicitud con su identidad podía ser esencial para la defensa de derechos e intereses titularidad de terceras personas afectadas. Así las cosas, hay que señalar que, consultado por la GAIP, la persona aquí denunciando consintió la revelación de su identidad. Y, por lo tanto, de acuerdo con el expuesto el tratamiento denunciado restaba habilitado por el artículo 6.1 apartados a) y c), en conexión con la RLT y la LTC, motivo por el cual, se archivan las presentes actuaciones.
11/04/2023
Resolución de archivo de una denuncia sobre revelación de datos
IP 67/2022
Se denuncia la revelación de datos de una persona usuaria del Servicio de Orientación Jurídica de la ICAB en un despacho de abogados privado. No se ha acreditado la responsabilidad de la ICAB.
02/03/2023
Comunicación de información entre Administraciones para minimizar el impacto negativo en personas en riesgo de exclusión social por el lanzamiento de la vivienda
CNS 56/2021
Los tratamientos de datos a que se refiere la propuesta de protocolo examinada se adecuan a la normativa de protección de datos, sin perjuicio de las consideraciones efectuadas en este dictamen y las que pueda efectuar, como autoridad de control competente para los tratamientos con finalidades jurisdiccionales, el CGPJ. Sin embargo, es necesario revisar y modificar el formulario de obtención del consentimiento del anexo 1 del protocolo en el sentido apuntado en el apartado IV del dictamen.
21/01/2022
- AUTORIDADES PROTECCIÓN DATOS
- Autoridad Catalana Protección Datos
- Ámbito actuación
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración autonómica
- Fuerzas y Cuerpos Seguridad
- Jueces y tribunales
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Principio licitud
- Consentimiento
- Misión en interés público o ejercicio de poderes públicos
- Obligación legal
Donación de un fondo documental al Archivo Nacional de Cataluña
La entidad podría dar en el Archivo Nacional de Cataluña los documentos de que es titular y en los cuales constan datos relativos a personas físicas vivas que forman parte del patrimonio documental de Cataluña, bien por haber alcanzado la antigüedad de 40 años o, en caso de no alcanzarse esta antigüedad, si se cuenta con resolución favorable de la consejera|consellera de Cultura, sin necesidad de consentimiento de los afectados, dado que esta donación constituiría un tratamiento ulterior de datos que respondería a hasta de archivo en interés público y, por lo tanto, compatible con la finalidad inicial para la cual se trataron los datos.
10/08/2020
Informe en relación con la consulta pública previa a la elaboración del Anteproyecto de ley del procedimiento de elaboración de normas del Gobierno de la Generalitat
PD 18/2019
20/12/2019
Comunicación de la baja médica de un letrado en los juzgados y tribunales
El envío en los Juzgados y Tribunales del comunicado de baja médico de un letrado por parte de la empresa o entidad en la que presta servicios, se considera lícito, de acuerdo con la normativa de protección de datos. Los datos personales contenidos en aquel tendrán que ser los mínimos necesarios para alcanzar la finalidad perseguida, en los términos apuntados en el Fundamento Jurídico V de este dictamen, a menos que sea requerido por el órgano judicial, en el cual caso tendría que estar en lo que establezca aquel órgano.
14/05/2019
reclamación por denegación del acceso a informe de un colegio profesional.
PT 18/2018
Se inadmite la reclamación por denegación del acceso a un informe de investigación elaborado por un colegio profesional, dado que el informe se refiere a personas diferentes del reclamante, y por lo tanto hace falta vehicularla como reclamación por denegación del derecho de acceso a información pública, y trasladarla a la GAIP, de acuerdo con la LTC.
18/07/2018
Competencia de la Autoridad Catalana de Protección de Datos en relación con una Fundación
CNS 32/2018
La Fundación se encuentra incluida en el supuesto del artículo 156 b) del Estatuto de Autonomía de Cataluña, concretado en el artículo 3.h) de la Ley 32/2010, del 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, por lo cual los tratamientos de datos de la Fundación están vinculados a la prestación del servicio público de servicios sociales, son objeto de control por parte de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, a los efectos de lo que dispone la normativa de protección de datos. En relación a la comunicación de la designación del delegado de protección de datos, la Fundación al estar incluida dentro del ámbito de actuación del APDCAT, tiene que comunicarla al APDCAT.
11/06/2018
Comunicación de información relativa a la participación de abogados y procuradores en procedimientos judiciales en los años 2014, 2015 y 2016
CNS 3/2018
Corresponde al CGPJ la competencia sobre la adecuación de la comunicación de información contenida en ficheros jurisdiccionales, como la relativa a las intervenciones de abogados y procuradores en procedimientos judiciales durante los años 2014 a 2016, a la Administración Tributaria.
08/02/2018
Instalación para particulares de cámaras de videovigilancia en la fachada de sus viviendas
CNS 41/2017
Con carácter general, los particulares no tendrían habilitación legal suficiente para instalar cámaras de videovigilancia en fachadas de viviendas que capten y/o registren la imagen de personas físicas en la vía pública de manera que dicha captación no sea meramente incidental respecto de la captación del propio inmueble. En cualquier caso, la Autoridad competente para conocer de este supuesto, y por lo tanto a quien correspondería la inspección y, si pega, la sanción sería el AEPD.
18/09/2017
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