- ÁMBITO SECTORIAL
- Archivos y documentos
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos anonimizados
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Principio licitud
- Consentimiento
- Principio calidad
- TRANSPARENCIA
- Derecho acceso información
Examinada la normativa de archivos y documentos, una asociación puede acceder en las actas de los plenos municipales compresas entre los años 1975 a 1981 que contengan datos personales que no afecten a la intimidad de personas, ni la seguridad, el honor o la imagen de las personas, sin consentimiento, en la medida en que se supera el plazo legal de 30 años de la producción del documento. También podrá acceder, sin consentimiento, a las actas comprendidas entre los años 1982 a 2004, en la medida en que en estas no consten datos personales cuya divulgación pueda resultar contraria al derecho al honor, a la intimidad o a los principios y las garantías que establece la normativa de protección de datos, vista la habilitación legal de la Ley 29/2010, del 3 de agosto, del uso de medios electrónicos del sector público.