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Se han encontrado 26 resultados con los descriptores Datos personas difuntas
Publicación a Internet de las actas del Pleno del Ayuntamiento y del padrón municipal de habitantes
CNS 34/2022
La normativa de protección de datos personales no impide la difusión de información relativa a las personas difuntas. Las actas de las sesiones del pleno, en cuanto a los actos debatidos, se tienen que publicar en la sede electrónica del Ayuntamiento sin incluir categorías de datos especialmente protegidos, o que afecten el honor o la intimidad o que requieran una especial protección. En este caso habría que disponer del consentimiento de los afectados para poder difundir las actas, o bien difundir la información anonimizada. Una vez transcurridos 30 años pueden entrar en juego las previsiones del artículo 36 de la Ley 10/2001. No hay una base jurídica que habilite la difusión, con un alcance general, de la información contenida a los padrones municipales de habitantes en el web del Ayuntamiento, sin perjuicio de la difusión de información anonimizada del padrón.
02/12/2022
Informe en relación con el Anteproyecto de Ley de Memoria Democrática de Catalunya
PD 3/2022
23/05/2022
- ÁMBITO SECTORIAL
- Archivos y documentos
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos personas difuntas
- Datos sensibles
- Datos afiliación sindical
- Datos religión o creencias
- Datos salud
- Infracciones penales administrativas
- Vida sexual
- DERECHOS HABEAS DATA
- Derecho acceso
- Derecho oposición
- Derecho rectificación
- Derecho supresión
- ENTIDADES
- Administración pública
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Finalidad histórica, científica o estadística
Denegación de acceso a información sobre su madre difunta
IAI 12/2022
La persona reclamante puede obtener información sobre las cantidades percibidas por su madre muerta con motivo del reconocimiento de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a las personas cuidadoras no profesionales, salvo que conste la oposición expresa de la difunta al acceso de su hijo a su información personal.
07/04/2022
Acceso a la historia clínica de pacientes difuntos
CNS 27/2021
Vista la especial naturaleza de la información de salud y las disposiciones de la legislación de autonomía del paciente y de protección de datos, en principio habría que reconocer un derecho de acceso preferente a la HC del difunto a las personas con un vínculo, por razones familiares o de hecho, más próximo al difunto, como podrían ser el cónyuge, los hijos o los padres. Este acceso no excluye la posibilidad de otros accesos vistas las circunstancias concretas. Vistas las previsiones normativas (art. 3 LOPDGDD), y que en principio los herederos tienen una vinculación por razones de hecho con el causante, parece claro que estos tienen que tener acceso a la HC del difunto, aunque no haya vinculación por razones familiares.
18/05/2021
Denegación de acceso a los expedientes disciplinarios abiertos a un colegiado difunto
IAI 17/2021
En el acceso a los datos de una persona difunta, no resulta de aplicación el límite derivado de la normativa de protección de datos personales.
08/04/2021
Tratamiento de datos de las personas colegiadas no ejercientes
CNS 10/2021
El Colegio puede publicar a través de la ventanilla única o comunicar a terceros la información consistente en el nombre y apellidos, número de colegiación, titulación, datos de contacto profesional (domicilio profesional, teléfono, correo electrónico...) y situación de habilitación profesional, con independencia de si se trata de profesionales ejercientes o no ejercientes y, en el caso de estos últimos, sea cuál sea la causa del no ejercicio. La normativa de protección de datos personales no se aplica a los datos de las personas difuntas. Ni la normativa que regula la ventanilla única, ni el artículo 19 LOPDGDD habilitan la publicación de datos de personas colegiadas dadas de baja, o de los herederos de personas colegiadas difuntas, fueran ejercientes o no.
15/03/2021
Acceso de un concejal a diversa documentación del archivo municipal
CNS 2/2021
La normativa de protección de datos no impide el acceso del concejal al registro de defunciones correspondiente a los años 1885-1890, 1918-1921, 1957-1959 y 1968-1969, salvo los datos de salud que puedan constar (en concreto datos de enfermedades hereditarias de inscripciones anteriores al 1 de enero de 1959). Con respecto a los libros de actas, hay que dar acceso al libro de actas, a menos que consten categorías especiales de datos de las personas a las cuales afectan los acuerdos adoptados. En relación con la correspondencia relativa a los mismos periodos, no sería ajustado a la normativa de protección de datos facilitar indiscriminadamente el acceso a la correspondencia de personas vivas, sino que hay que hacer un análisis caso por caso, a la vista del interés del concejal en el acceso y el tipo de información a la cual se refiera la correspondencia.
03/02/2021
Difusión de imágenes de acontecimientos deportivos en la web del Ayuntamiento y en las redes sociales
CNS 16/2020
La difusión de imágenes de personas físicas identificadas o identificables que ocupaban un cargo público o una profesión de proyección pública, o de personas que aparezcan como meramente accesorias (especialmente en caso de imágenes de personas menores de edad), en actos o acontecimientos deportivos públicos organizados por el Ayuntamiento, podría tener suficiente base jurídica (art. 6.1.e) RGPD), siempre que el Ayuntamiento tenga en cuenta las consideraciones que se exponen en este dictamen.
15/05/2020
- ÁMBITO SECTORIAL
- Deportes
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos menor
- Datos personas difuntas
- Imagen
- DERECHOS FUNDAMENTALES
- Derechos honor, intimidad y propia imagen
- DERECHOS HABEAS DATA
- Derecho oposición
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
Publicación de un libro de conmemoración con imágenes de la escuela y la comunidad educativa
CNS 9/2020
El consentimiento de las personas físicas que actualmente forman parte de la comunidad educativa o que han formado parte, supone una base jurídica adecuada y suficiente para la publicación de fotografías de estas personas en el libro conmemorativo (art. 6.1.a) RGPD). Con respecto a fotografías de personas físicas identificadas o identificables que ya no forman parte de la comunidad educativa, su publicación en el libro conmemorativo puede encontrar base jurídica suficiente en el artículo 6.1.f) RGPD, en conexión con la LO 1/1982, sin tener que disponer del consentimiento de los afectados, siempre que la Fundación aplique garantías específicas.
01/04/2020
- ÁMBITO SECTORIAL
- Educación
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Centro educativo
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos menor
- Datos personas difuntas
- Imagen
- DERECHOS FUNDAMENTALES
- Derechos honor, intimidad y propia imagen
- DERECHOS HABEAS DATA
- Derecho oposición
- ENTIDADES
- Centro educativo
- PRINCIPIOS
- Principio licitud
- Interés legítimo
Acceso al correo electrónico de un colegiado difunto
CNS 56/2019
El cónyuge de uno colegiado difunto puede solicitar al colegio profesional que presta un servicio de correo electrónico que le facilite una copia de los correos de aquel colegiado que estén en los servidores del colegio siempre que acredite la existencia de un documento de voluntades digitales en los términos del artículo 411-10 del CCC, en el cual se designe en aquel como persona encargada de la ejecución de las voluntades digitales y expresamente lo autorice en este sentido. Un socio del despacho profesional de la persona difunta únicamente podrá acceder a los datos de aquel si hubiera sido expresamente habilitado a tal efecto en un documento de voluntades digitales.
11/12/2019
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