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Se han encontrado 38 resultados con los descriptores Administración corporativa
Resolución de archivo. Publicación del censo laboral.
IP 257/2022
Se denuncia la publicación del censo laboral del Colegio de Economistas de Cataluña, el cual incluía datos personales (nombre, apellidos, sexo, DNI, antigüedad y categoría profesional) de 21 personas, en relación con el proceso electoral para elegir la persona representando de los trabajadores del CIEGO. También se denuncia que la publicación se hizo en un espacio accesible por personas ajenas a la plantilla del CIEGO. Se archiva porque el tratamiento dispone de base jurídica y porque no se ha probado que se hubiera publicado el censo en un lugar accesible para terceras personas.
11/04/2023
Comunicación ilícita de datos personales.
PS 31/2022
Se resuelve amonestar el Colegio oficial de veterinarios de Barcelona, por la vulneración del principio de licitud, dado que esta entidad trasladó a un centro veterinario la consulta deontológica que una usuaria planteó al COVB, en relación con la atención recibida al referido centro veterinario, sin que hubiera una base jurídica que legitimara el tratamiento de los datos del ahora denunciante.
15/11/2022
Comunicación de datos por parte de un Colegio profesional al Consejo General del Colegio
CNS 6/2022
El Colegio profesional dispone de base jurídica suficiente para comunicar periodicamente los datos básicos (nombre, apellidos, número de colegiado, fecha de alta en el colegio, titulación) de sus colegiados al Consejo General del Colegio sin el consentimiento explícito de éstos.
17/03/2022
Denegación de acceso a información relativa a la colegiación de unos abogados
IAI 85/2021
Desde el punto de vista de la normativa de protección de datos, se puede facilitar la información relativa a las fechas de alta y baja de colegiación, pero haría falta denegar el acceso a la información sobre los motivos de la baja de colegiación de los abogados a qué hace referencia la reclamación.
12/01/2022
Entrega a un colegio profesional de ámbito estatal de documentación del colegio profesional segregado y posteriormente extinguido
CNS 32/2021
Corresponde a las personas encargadas de la liquidación del colegio profesional tomar la decisión sobre el destino que se le tendría que dar a la documentación de que dispone. Aun así, desde la vertiente de la protección de datos, la base jurídica del artículo 6.1.e) RGPD habilitaría la entrega a la demarcación territorial catalana del colegio profesional de ámbito estatal de aquella documentación en que consten datos personales vinculados al ejercicio de las funciones públicas de los colegios profesionales. Con respecto a los datos vinculados al ejercicio de las funciones privadas, su comunicación en dicha demarcación podría articularse sobre la base del consentimiento. Respecto de aquellos datos que no le sean entregados, tendrán que examinar la necesidad de su tratamiento y, consecuentemente, determinar la conservación o la supresión.
17/06/2021
Comunicación al cliente por parte de su abogado de datos contenidos en el procedimiento judicial
CNS 31/2021
Las partes en el procedimiento judicial tienen derecho a acceder a toda la información que consta en lo mismo, excepto aquella información que haya sido declarada secreta o reservada, y a los datos personales que los jueces y magistrados, el ministerio fiscal o los letrados de la Administración de Justicia, hayan acordado suprimir por ser excesivas o no adecuadas. En consecuencia, los abogados que representan a un cliente en el procedimiento judicial pueden comunicarle toda la información que dispongan del procedimiento incluidos los datos de las otras partes o de terceras personas que puedan constar que le haya facilitado la oficina judicial como representante suyo. El abogado no puede utilizar los datos que conozca en un procedimiento judicial en representación de un cliente, para la representación y defensa de otro cliente, a menos que cuente con una base jurídica específica de las previstas en el artículo 6 RGPD.
17/06/2021
Denegación de acceso a los expedientes disciplinarios abiertos a un colegiado difunto
IAI 17/2021
En el acceso a los datos de una persona difunta, no resulta de aplicación el límite derivado de la normativa de protección de datos personales.
08/04/2021
Tratamiento de datos de las personas colegiadas no ejercientes
CNS 10/2021
El Colegio puede publicar a través de la ventanilla única o comunicar a terceros la información consistente en el nombre y apellidos, número de colegiación, titulación, datos de contacto profesional (domicilio profesional, teléfono, correo electrónico...) y situación de habilitación profesional, con independencia de si se trata de profesionales ejercientes o no ejercientes y, en el caso de estos últimos, sea cuál sea la causa del no ejercicio. La normativa de protección de datos personales no se aplica a los datos de las personas difuntas. Ni la normativa que regula la ventanilla única, ni el artículo 19 LOPDGDD habilitan la publicación de datos de personas colegiadas dadas de baja, o de los herederos de personas colegiadas difuntas, fueran ejercientes o no.
15/03/2021
Informe en relación con el Proyecto de decreto sobre el procedimiento de envío telemático en la Agencia Tributaria de Cataluña de documentos autorizados en las notarías de Cataluña
28/01/2021
Publicidad de los datos de los colegiados por parte de un Colegio profesional
Al amparo de la legislación analizada, el Colegio puede publicar la información que consta en el Registro de colegiados, exercents y no exercents, consistente en nombre y apellidos, número de colegiación, titulación, datos de contacto profesional (domicilio profesional, teléfono, correo electrónico...) y situación de habitación profesional. Con respecto a los socios, profesionales y no profesionales, de sociedades profesionales, hay que dar acceso a su identificación, y, si procede, el número de colegiación y Colegio profesional de adscripción. Respecto de las personas encargadas de la administración y representación de estas sociedades, se puede dar acceso a sus datos identificativos. En ambos casos se pueden publicar también los datos de contacto profesional. La normativa de protección de datos no impide la publicación del domicilio personal del colegiado cuando coincida con el domicilio profesional, sin perjuicio del deber de informar con carácter previo a los profesionales afectados y de la posibilidad de que estos se opongan a la divulgación de este dato cuando su situación personal lo justifique. La normativa de protección de datos personales no impide que los datos personales de los profesionales a los cuales se puede acceder a través de la Ventanilla única se puedan comunicar en terceros que las soliciten por vía telefónica o por correo electrónico.
07/10/2020
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