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Se han encontrado 50 resultados con los descriptores Derecho oposición
Publicación de datos personales en las actas del Pleno de un Ayuntamiento
CNS 2/2023
El Ayuntamiento puede mantener publicadas en el portal las actas del pleno que resulten necesarias para cumplir las obligaciones establecidas a la ley de transparencia. En este caso, las actas del pleno, se pueden publicar en la sede electrónica del Ayuntamiento con los datos identificativos (nombre y apellidos) por razón del cargo, sin incluir, de acuerdo con el principio de minimización de los datos, la publicación de la firma manuscrita. En cuanto al tiempo que se recomienda mantener publicadas las actas integras del Pleno, este se tiene que limitar temporalmente en el periodo necesario para lograr la finalidad que justifica la publicación de los datos. En cuanto a la posible solicitud de acceso que se pueda plantear respeto estas actas, no habría que anonimizar los datos meramente identificativos (en concreto, nombre, apellidos) de la persona exregidora que intervino por motivo de su cargo. En cuanto a la firma manuscrita, no estaría justificado el acceso.
23/03/2023
Comunicación de información por parte de una escuela sobre las actividades organizadas por terceras entidades
CNS 38/2022
La comunicación por parte de la Fundación a las familias y al alumnado mayor de 14 años, de información sobre actividades de entidades externas puede tener suficiente base jurídica en el interés legítimo (arte. 6.1.f) RGPD), siempre que se refiera a actividades o entidades vinculadas o relacionadas con el carácter propio de las escuelas de la Fundación, y siempre que la Fundación aplique las garantías específicas que se exponen en el Cimiento Jurídico V de este dictamen.
15/12/2022
Ejercicio del derecho de oposición respecto al tratamiento de datos de salud, por parte de personal que no ostenta la condición de médico/ssa o enfermero/a.
PT 67/2022
Se resuelve desestimar la petición de la aquí reclamante dado que restringir el acceso a los datos de salud de la aquí reclamante, a todo el personal administrativo, informático y de gerencia ciudadana del Departamento de Salud, que puede necesitar acceder en el ejercicio de sus funciones, supondría una grave distorsión por el funcionamiento y organización del sistema sanitario. Así mismo, en la medida que la persona reclamante también pretendía que el Departamento hiciera efectivo su derecho de oposición "de manera global y no de manera individual", en relación a los datos referentes a su salud, que se traten en todos los Hospitales de Cataluña y Centros de Atención Primaria, se resuelve desestimar también esta pretensión, en la medida que, el Departamento de Salud no es el responsable de todos los tratamientos que señala el aquí reclamante.
05/12/2022
Ejercicio del derecho de oposición respeto presuntas comunicaciones ilícitas de datos personales.
PT 86/2022
La persona reclamante ejerció su derecho de oposición en los efectos que la FUOC no facilitara sus datos personales a (...). Al respeto, esta Autoridad no puede desconocer que (...) ostenta la condición de encargada del tratamiento de la FUOC y que, la base jurídica que legitima la remisión de datos a (...) es, precisamente, la ejecución de un contrato. Por el expuesto, dado que el tratamiento de datos personales controvertido, no se mete dentro de los supuestos que prevé el artículo 21 RGPD, para el ejercicio del derecho de oposición, procede desestimar la presente reclamación de tutela del derecho de oposición.
05/12/2022
Supresión de datos personales médicos.
PT 18/2022
Teniendo en cuenta que el Instituto Pere Mata ha informado que los datos personales de la persona aquí reclamante, objeto de sus solicitudes de oposición, han sido suprimidas y, por lo tanto, que no son objeto de tratamiento, no concurre, en este caso, el presupuesto necesario para poder fiero efectivo este derecho, que es que el responsable esté tratando datos de la persona que se opone a este tratamiento. En estos términos, procede desestimar la presente reclamación de tutela del derecho, dado que el Instituto Pere Mata atendió las peticiones de las cuales deriva este procedimiento, cuando informó al ahora reclamante de la supresión de sus datos personales con fecha 10/12/2021.
21/06/2022
Informe en relación con el Anteproyecto de Ley de Memoria Democrática de Catalunya
PD 3/2022
23/05/2022
- ÁMBITO SECTORIAL
- Archivos y documentos
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos personas difuntas
- Datos sensibles
- Datos afiliación sindical
- Datos religión o creencias
- Datos salud
- Infracciones penales administrativas
- Vida sexual
- DERECHOS HABEAS DATA
- Derecho acceso
- Derecho oposición
- Derecho rectificación
- Derecho supresión
- ENTIDADES
- Administración pública
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Finalidad histórica, científica o estadística
No atender derecho oposición.
PS 57/2021
El CIFO Hospitalet no llegó a contestar ninguno de las diferentes solicitudes que le envió la persona denunciando de dejar de recibir correos electrónicos publicitarios, y por tanto, no atendió las solicitudes de oposición que hizo la persona denunciando al tratamiento de sus datos.
26/04/2022
Desatención de los derechos de supresión y de oposición de sus datos personales relativos al servicio de recogida de residuos “lleva a puerta”.
PT 76/2021
La persona reclamante ejerció el derecho de supresión ante el Ayuntamiento de los datos que había facilitado para el servicio de recogida de residuos "lleva a puerta". El Ayuntamiento se negó a suprimir los datos alegando que el tratamiento era necesario para cumplir una misión en interés público basado en una competencia municipal. Pero también manifestó que el único dato necesario para prestar el servicio era la dirección de la vivienda.
04/01/2022
Inclusión de todas las personas empadronadas en un mismo domicilio en los volantes o certificados de empadronamiento
CNS 24/2021
La inclusión en los certificados o volantes de empadronamiento del nombre y apellidos de todas las personas empadronadas en un mismo domicilio, a solicitud de una de las personas empadronadas, puede ampararse en el consentimiento de todas las personas afectadas o, a falta de consentimiento, en el interés legítimo de la persona solicitante, a menos que existan circunstancias en el caso concreto que, después de hacer la ponderación apropiada, tengan que comportar la prevalencia del derecho a la protección de los datos personales del resto de personas afectadas. A estos efectos, resulta de especial importancia informar de la comunicación a las personas afectadas con carácter previo a los efectos que puedan ejercer, si procede, el derecho de oposición.
18/05/2021
Oposición de un paciente menor de edad, de 16 años, al acceso a su historia clínica por parte de su madre
CNS 17/2021
Teniendo en cuenta la configuración del derecho de oposición (art. 21 RGPD), no resulta imprescindible que el centro se dirija al menor para pedirle que concrete o que justifique su solicitud, a los efectos de tomar una decisión sobre el ejercicio de este derecho. Eso, sin perjuicio que, a pesar de no ser obligatorio, el centro pueda pedir información complementaria al menor. Con la información que se dispone, en un caso como el planteado la existencia de motivos legítimos imperiosos, concretados en los derechos y obligaciones de los titulares de la potestad parental y en las repercusiones que eso puede tener en la prestación de una asistencia adecuada, siempre en beneficio del menor, puede justificar el mantenimiento del acceso de la madre a los datos de la historia clínica.
26/03/2021
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