El Colegio puede publicar a través de la ventanilla única o comunicar a terceros la información consistente en el nombre y apellidos, número de colegiación, titulación, datos de contacto profesional (domicilio profesional, teléfono, correo electrónico...) y situación de habilitación profesional, con independencia de si se trata de profesionales ejercientes o no ejercientes y, en el caso de éstos últimos, sea cuál sea la causa del no ejercicio. La normativa de protección de datos personales no se aplica a los datos de las personas difuntas. Ni la normativa que regula la ventanilla única, ni el artículo 19 LOPDGDD habilitan la publicación de datos de personas colegiadas dadas de baja, o de los herederos de personas colegiadas difuntas, fueran ejercientes o no.