Sentido de la resolución: Estimatoria parcial
La persona reclamante ejerció el derecho de supresión ante el Ayuntamiento de los datos que había facilitado para el servicio de recogida de residuos "lleva a puerta". El Ayuntamiento se negó a suprimir los datos alegando que el tratamiento era necesario para cumplir una misión en interés público basado en una competencia municipal. Pero también manifestó que el único dato necesario para prestar el servicio era la dirección de la vivienda.