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Se han encontrado 111 resultados con los descriptores Administración autonómica
Denegación de acceso a los expedientes sancionadores de industrias del sector petroquímico
IAI 71/2021
Se tiene que excluir el acceso del reclamante en los expedientes sancionadores que disponga la administración ambiental en los cuales el responsable de la contaminación esté una persona física, a pesar de que si que se puede dar acceso a la infracción cometida, la sanción impuesta y el sujeto infractor, cuando se haya impuesto una sanción de publicación por infracción muy grave. La normativa de protección de datos no impide el acceso a la información sobre sanciones a personas jurídicas o información agregada sobre las impuestas a personas físicas que no permita identificarlas. Con respecto a los datos de terceras personas que puedan constar en los expedientes sancionadores a los cuales se pueda acceder, hay que anonimizar los datos personales de terceras personas (representantes legales, denunciantes o testigos) que puedan aparecer, salvo las personas que han intervenido en razón de su cargo.
04/11/2021
Informe en relación con la propuesta de derogación de la disposición que habilita el suministro de información tributaria a la Dirección General de Tributos y Juego
PD 14/2021
22/10/2021
Posibilidad de publicar en la web del Departamento los teléfonos y las direcciones de correo electrónico
CNS 36/2021
El teléfono y la dirección de correo electrónico, siempre que se pueda asociar directa o indirectamente a una persona física, son un dato personal cuyo tratamiento se tiene que adecuar a los principios y garantías de la normativa de protección de datos. La publicación de los datos relativos al nombre del establecimiento, el domicilio industrial del establecimiento, teléfono, dirige de correo electrónico, web, enlace directo a la ubicación en mapa y coordenadas de localización geográfica de las empresas inscritas en el RIAAC, puede basarse en el consentimiento de las personas a afectadas. La difusión de estos datos también puede basarse en las previsiones de los artículos 19.3 LOPDGDD y 6.4 RGPD, siempre que se ofrezca a las personas afectadas la posibilidad de pedir la exclusión de su empresa de la difusión.
06/09/2021
- ÁMBITO SECTORIAL
- Agricultura
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración autonómica
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos anonimizados
- Datos identificativos
- Datos seudonimizados
- Datos representante persona jurídica
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración autonómica
- PRINCIPIOS
- Principio exactitud
- Principio licitud
- Consentimiento
- Interés legítimo
- Misión en interés público o ejercicio de poderes públicos
- Obligación legal
- Principio minimización
Denegación de acceso a información relativa a las convocatorias de los claustros y consejos escolares de un Instituto
IAI 59/2021
La normativa de protección de datos personales no impide el acceso del reclamante a la información solicitada del periodo en el cual formó parte del Claustro de Profesores y del Consejo Escolar, con independencia que asistiera o no a las sesiones, si bien hay que excluir los datos de contacto y localización del resto de miembros que consten a las convocatorias, así como las incidencias asociadas a estas comunicaciones. Con respecto al periodo en que no formaba parte de estos órganos, la normativa de protección de datos no impide acceder a la documentación, incluidos los datos meramente identificativos del secretario y del presidente del Consejo Escolar y del Claustro de Profesores y de los otros miembros de estos órganos colegiados. Ahora bien, aparte de eliminar los datos de contacto y localización del resto de miembros que consten a las convocatorias, así como las incidencias asociadas, hará falta anonimizar los datos relativos a menores y limitar el acceso a la información que contenga categorías especiales de datos en los términos del artículo 23 LTC, así como los proyectos de las personas candidatas a la dirección.
02/09/2021
Denegación de acceso a un expediente de la Inspección de Trabajo
IAI 49/2021
La normativa de protección de datos no impide que la persona reclamante (denunciante en el expediente que ha tramitado el organismo) pueda conocer el estado de tramitación de la denuncia, la información relativa a los hechos que se hayan constatado, los posibles incumplimientos detectados y las medidas adoptadas, así como la información personal suya que conste en el expediente, incluyendo también los datos meramente identificativos de los funcionarios y personal de la administración que sean los documentos en los cuales constan. Con respecto al informe de riesgos psicosociales también se podría acceder, visto el contenido que se ha descrito, salvo la información personal de los empleados de la empresa contratada por el ayuntamiento para la prevención de riesgos laborales.
23/07/2021
Anuncio antiguo publicado en un diario oficial accesible a través de internet
IP 250/2018
Se archiva la denuncia referida en la publicación en un BOPV de acceso libre a través de internet, de un anuncio de notificación que contendía datos del denunciante y de sus familiares, por los motivos siguientes:
- Sobre la publicación del anuncio con datos personales en el BOPV por mandamiento del Ayuntamiento: la comunicación de datos personales derivada de la publicación del decreto de alcaldía en el BOPV, tiene su cobertura en el artículo 59.5 Ley 30/92 (publicación ante intentos fallados de notificación), pero dado que ya se ha cumplido la finalidad perseguida, en virtud del principio de minimización procede requerir el Ayuntamiento para que a su vez requiera el órgano gestor del BOPV para que adopte las medidas técnicas necesarias para evitar que el anuncio controvertido sea indexado por los buscadores internos del BOPV.
- Sobre la publicación del BOPV que contiene el anuncio mencionado en el web del Registro de Planeamiento Urbanístico, dependiente del Departamento TIESO: si bien el punto de información del Departamento tendría que haber remitido la solicitud de cancelación al órgano competente, de la respuesta que dio no se infiere que hubiera impedido u obstaculizado el ejercicio de tal derecho (arte. 44.3.e LOPD). Dicho esto, dado que la publicación en el dicho Registro de todo el diario que contiene el anuncio con los datos del denunciante no está amparada por la obligación de publicidad de los instrumentos de planeamiento urbanístico, se requiere el Departamento porque en el web del Registro no se publique el anuncio con los datos del denunciante y de familiares suyos.
14/10/2020
Acceso a datos de profesionales sanitarios de un hospital en el marco de un estudio científico
CNS 14/2020
El Departamento de Salud está legitimado para tratar los datos de las personas que han dado resultados positivos por infección por Covid19 para la realización de un ensayo clínico para hacer frente a la situación excepcional en materia de salud pública generada por la Covid19. Su comunicación en un hospital para desarrollar este ensayo clínico por cuenta del Departamento se tendría que haber formalizado previamente a través de un encargo del tratamiento.
27/04/2020
- ÁMBITO SECTORIAL
- Salud
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración autonómica
- Centro sanitario
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos sensibles
- Datos salud
- ENCARGADO TRATAMIENTO
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración autonómica
- Centro sanitario
- PRINCIPIOS
- Principio licitud
- Misión en interés público o ejercicio de poderes públicos
Comunicación de datos de alumnos en la Oficina de Acceso a la Universidad
CNS 50/2019
La normativa legal estudiada no contiene una habilitación suficiente para comunicar datos del conjunto de los alumnos que cursan bachillerato o CFGS. Se recomienda la identificación de las personas interesadas en hacer la preinscripción o la matricula a las PAZ mediante alguno de los sistemas de identificación electrónica establecidos en el ámbito de la Administración de la Generalitat o, si procede, mediante la entrega previa de credenciales a los alumnos que lo hayan autorizado.
11/12/2019
Divulgación a medios de comunicación de un escrito presentado en un órgano administrativo.
IP 114/2018
Pega|Ocurre el archivo cuando no es posible determinar cuál de las diferentes entidades que tuvieron acceso a la información relativa a las personas denunciantes, la proporcionó al medio de comunicación que posteriormente lo divulgó.
22/01/2019
Obligación de dar cuenta de los expedientes disciplinarios en los órganos de representación colectiva
CNS 62/2018
La obligación prevista en el artículo 118.1 del Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre por el cual se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública, constituye una base legítima del tratamiento de los datos de los empleados públicos sometidos en su ámbito de aplicación, consistente en la comunicación de los datos estrictamente necesarios para poner en conocimiento de los órganos de representación colectiva la incoación y el resultado de los expedientes disciplinarios para la comisión de las infracciones previstas en aquella norma.
11/01/2019
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