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Se han encontrado 111 resultados con los descriptores Administración autonómica
Posibilidad de comunicar los datos identificativos de los trabajadores afectados por la reclamación presentada por las personas usuarias del servicio ferroviario
CNS 19/2022
La entidad que formula la consulta puede comunicar el nombre y apellidos y el cargo o categoría de los trabajadores a los que hace referencia la consulta (de agentes de estaciones, interventores, maquinistas y personal de oficinas propios que prestan sus servicios en las estaciones, trenes e instalaciones, en régimen laboral) a petición de las personas usuarias del servicio que han presentado una reclamación en su contra. Esta comunicación encontraría habilitación en el artículo 6.1.c) RGPD en relación con la LTC. En el caso de colectivos que por motivos de seguridad requieran de protección, la comunicación debería abarcar sólo el número identificativo profesional. La entidad debería comunicar a la persona afectada que se han solicitado sus datos por parte de una persona usuaria antes de facilitarle la información para que, en su caso, pueda alegar las circunstancias personales en que fundamenta su oposición al acceso. Esto, salvo que previamente se le hubiera informado sobre la posibilidad de estas cesiones, de acuerdo con lo que establece el artículo 70.4 RLTC.
23/08/2022
Posibilidad de proporcionar los datos identificativos de los vigilantes de seguridad de trenes, estaciones y otras instalaciones a las personas usuarias
CNS 14/2022
La entidad que consulta puede comunicar el consejo, sin incluir el nombre y los apellidos, de los vigilantes de seguridad que han participado en algún incidente durante la provisión del servicio, a solicitud de un usuario que ha participado en los hechos. Esta comunicación encontraría una calificación en el artículo 6.1.c) RGPD en relación con el LTC. La entidad debe informar al guardia de seguridad afectado que un usuario ha solicitado sus datos antes de proporcionar la información para que, si corresponde, pueda alegar las circunstancias personales en las que se basa en su oposición al acceso. Una vez que se ha emitido la resolución de la solicitud de acceso, también se debe notificar al vigilante o vigilantes de seguridad que han aparecido en el archivo.
03/06/2022
Informe sobre el Proyecto de decreto por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de los títulos I, III y IV de la Ley 9/2014 de 31 de julio de la seguridad industrial de los establecimientos, las instalaciones y los productos
PD 2/2022
25/03/2022
- ÁMBITO SECTORIAL
- Salud
- Salud pública
- Seguridad pública
- Servicios públicos
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración autonómica
- Empresa pública
- Encargado tratamiento
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos empresariales individuales
- Datos identificativos
- Documento Nacional Identidad
- Firma electrónica
- Datos representante persona jurídica
- ENCARGADO TRATAMIENTO
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración autonómica
- Otros
- Empresa pública
- Entidades colaboradoras
- Sociedades mercantiles
- PRINCIPIOS
- Principio exactitud
- Principio finalidad
- Principio minimización
- RÉGIMEN SANCIONADOR
- RESPONSABLE TRATAMIENTO
Acceso a los datos del Registro de accesos del Palau de la Generalitat
IAI 6/2022
Desde la perspectiva de la normativa de protección de datos, resulta viable mantener la información del registro de accesos del Departamento debidamente bloqueada, en base a la obligación general de bloqueo del articulo 32 de la LOPDGDD una vez la fase activa o semiactiva haya concluido (en el plazo máximo de un año fijado por el RAT). El Departamento tendria que mantener la información bloqueada, hasta completar el plazo máximo de cuatro años que prevé la TAAD. El acceso a la información pública bloqueada ha de tener diferente respuesta en función de quienes sean los colectivos o personas físicas afectadas (grupos de interés, personas físicas representantes de personas jurídicas, personas físicas que actúen en nombre propio, etc), en aplicación de la legislación de transparencia y de la normativa de protección de datos. Nos remitimos al Informe IAI 83/2021 de esta Autoridad.
24/03/2022
Comunicación de información entre Administraciones para minimizar el impacto negativo en personas en riesgo de exclusión social por el lanzamiento de la vivienda
CNS 56/2021
Los tratamientos de datos a que se refiere la propuesta de protocolo examinada se adecuan a la normativa de protección de datos, sin perjuicio de las consideraciones efectuadas en este dictamen y las que pueda efectuar, como autoridad de control competente para los tratamientos con finalidades jurisdiccionales, el CGPJ. Sin embargo, es necesario revisar y modificar el formulario de obtención del consentimiento del anexo 1 del protocolo en el sentido apuntado en el apartado IV del dictamen.
21/01/2022
- AUTORIDADES PROTECCIÓN DATOS
- Autoridad Catalana Protección Datos
- Ámbito actuación
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración autonómica
- Fuerzas y Cuerpos Seguridad
- Jueces y tribunales
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Principio licitud
- Consentimiento
- Misión en interés público o ejercicio de poderes públicos
- Obligación legal
Denegación de acceso a información sobre el Registro de personas que visitan el Palau de la Generalitat
IAI 83/2021
La normativa de protección de datos no impide el acceso a la información relativa a visitas de personas pertenecientes a grupos de interés, ni a la información sobre visitas directamente relacionadas con la actividad pública de la Administración. La información sobre visitas de personas que actúan en nombre y representación de personas jurídicas, con finalidades diferentes de las actuaciones propias de los grupos de interés, se puede facilitar omitiendo la identidad de la persona concreta que las representa, a menos que se cuente con el consentimiento expreso de las personas afectadas o se trate de datos hechos manifiestamente públicos por estas personas. La normativa de protección de datos no habilitaría comunicar de manera generalizada la identidad de terceras personas físicas que actúan en nombre propio y que visitan las dependencias del Departamento. Sin perjuicio de la obligación de transparencia respecto de las agendas públicas de altos cargos o personal directivo y personal asimilado a subdirección general, tampoco parece justificado facilitar un acceso generalizado a la identidad de todos y cada uno de los trabajadores públicos que reciben visitas.
12/01/2022
Denegación de acceso a información sobre ayudas públicas
IAI 82/2021
Desde el punto de vista de la normativa de protección de datos, se puede facilitar a la persona reclamante las solicitudes de los expedientes de la PAC reclamados relativos a las fincas de su propiedad a las cuales se refiere la reclamación, excluyendo la información relativa a las parcelas declaradas que sean titularidad de terceras personas. También se puede facilitar información sobre el importe global de la ayuda otorgada respecto de estas declaraciones y, en caso que se disponga, del importe correspondiente a las fincas declaradas que sean propiedad del reclamante.
12/01/2022
Denegación de acceso a información relativa a los autónomos y empresas contratistas del Ayuntamiento
IAI 80/2021
La normativa de protección de datos no impide el acceso a la información reclamada sobre los autónomos y empresas contratistas que desde el 1 de enero de 2021 al 31 de agosto de 2021 hayan realizado trabajos o servicios para el Ayuntamiento reclamado, así como sus retribuciones con cargo en el Capítulo II de los Presupuestos. Ahora bien, los datos identificativos de los autónomos y empresarios individuales se tienen que limitar a sus nombre y apellidos. La normativa de protección de datos no impediría tampoco el acceso al nombre y apellidos y el importe de la licitación de los autónomos contratados por el Ayuntamiento que presten servicios en sus dependencias, ni a la relación anonimizada de los trabajadores que las empresas contratistas hayan adscrito a la prestación de servicios en las dependencias municipales así como el régimen retributivo de este personal.
23/12/2021
Denegación de acceso a las actas de inspección de carácter urbanístico de la Policía Local y de los Servicios Técnicos Municipales
IAI 73/2021
Desde el punto de vista de la normativa de protección de datos, y teniendo en cuenta que se trata de materia urbanística no habría inconveniente al facilitar a la persona reclamando la relación de las actas o los boletines de inspección de carácter urbanístico efectuadas por la policía local y por los servicios técnicos municipales, indicando, el tipo de actuación que el inspector comprobó que se había realizado realmente, la localización de la obra por medio de las coordenadas Geográficas del Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña y, la fecha o referencia de la licencia o bien de presentación de la comunicación por el interesado.
10/11/2021
Denegación de acceso a la información sobre contaminación del agua por parte de industrias químicas
IAI 68/2021
Desde la perspectiva de la normativa de protección de datos personales, se puede facilitar al reclamante la información de la cual disponga el organismo relativa a las autorizaciones de vertidos con un efecto significativo sobre el medio ambiente, así como información sobre los datos derivados del seguimiento de las actividades que pueden afectar al medio ambiente, etc. Se tiene que excluir el acceso del reclamante a los expedientes sancionadores que disponga el organismo sobre la contaminación de las aguas en los cuales el responsable de la contaminación sea una persona física, todo y que si que se puede dar acceso a la infracción cometida, la sanción impuesta y el sujeto infractor, cuando se haya impuesto una sanción de publicación por infracción mucho grave. La normativa de protección de datos no impide el acceso a la información sobre sanciones a personas jurídicas o información agregada sobre las impuestas a personas físicas que no permita identificarlas.
04/11/2021
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