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Se han encontrado 70 resultados con los descriptores Misión en interés público o ejercicio de poderes públicos
Tratamiento de datos de contacto corporativos de una entidad por parte de sus oficinas exteriores
CNS 41/2021
Las Oficinas exteriores de la entidad pueden recoger y tratar datos de contacto corporativo y, por lo tanto, enviar comunicaciones electrónicas sobre los servicios y actividades que ofrece la entidad, sobre la base del artículo 6.1.e) RGPD y del artículo 19.3 LOPDGDD, si bien, en caso de no adoptar la forma de alguna de las entidades a que se refiere el artículo 77.1 LOPDGDD, sería de aplicación el artículo 19.2 LOPDGDD. Eso sin perjuicio que tengan que adecuar su actividad también, si procede, a la normativa vigente en los diferentes estados en que operen.
03/09/2021
La Dirección de la escuela como responsable del tratamiento de datos decide los fines y los medios del tratamiento y no requiere del consentimiento de los padres para utilizar un medio de tratamiento determinado.
IP 330/2020
La base jurídica que ampara el tratamiento de datos consistente en la comunicación de información de la Escuela con los padres no es el consentimiento, sino que el tratamiento es necesario para el cumplimiento|cumplido de una misión en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
El responsable del tratamiento, la Dirección de la escuela, es quien decide los fines y los medios del tratamiento y, en base a eso, puede contratar con una persona o entidad el servicio de comunicación con las familias. Se tendrá que asegurar de que contrata con un encargado que ofrezca las garantías suficientes para aplicar medidas técnicas y organizativas apropiadas, de manera que se garantice la protección de los derechos de las personas afectadas.
21/06/2021
La expedición del volante padronal sin el consentimiento de la persona afectada se justifica en el hecho que el tratamiento era necesario para ejercer las competencias atribuidas en el Ayuntamiento y que este había delegado en el ORGT.
IP 71/2021
El Ayuntamiento había delegado en el ORGT las competencias de gestión y recaudación de un impuesto municipal.
La persona denunciando interpuso un recurso de reposición contra la liquidación del impuesto.
El ORGT pidió en el Ayuntamiento la expedición del volante padronal de la persona denunciando, el cual tenía por finalidad comprobar si se cumplían los requisitos que daban derecho a la exención del impuesto por transmisión de la vivienda en el marco de un recurso de reposición presentado por la persona denunciando. La base jurídica que legitima esta actividad de tratamiento no es el consentimiento de la persona afectada, sino que el tratamiento es necesario para ejercer las competencias atribuidas en el Ayuntamiento y que ha delegado en el ORGT.
Posteriormente, la persona denunciando interpuso un recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la ORGT y en el marco del procedimiento judicial se aportó el expediente administrativo que contendía el volante padronal. La base jurídica que ampara este tratamiento es que el tratamiento es necesario para cumplir una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
21/06/2021
Entrega a un colegio profesional de ámbito estatal de documentación del colegio profesional segregado y posteriormente extinguido
CNS 32/2021
Corresponde a las personas encargadas de la liquidación del colegio profesional tomar la decisión sobre el destino que se le tendría que dar a la documentación de que dispone. Aun así, desde la vertiente de la protección de datos, la base jurídica del artículo 6.1.e) RGPD habilitaría la entrega a la demarcación territorial catalana del colegio profesional de ámbito estatal de aquella documentación en que consten datos personales vinculados al ejercicio de las funciones públicas de los colegios profesionales. Con respecto a los datos vinculados al ejercicio de las funciones privadas, su comunicación en dicha demarcación podría articularse sobre la base del consentimiento. Respecto de aquellos datos que no le sean entregados, tendrán que examinar la necesidad de su tratamiento y, consecuentemente, determinar la conservación o la supresión.
17/06/2021
Comunicación de datos por parte del Consejo Comarcal en los ayuntamientos de las personas beneficiarias de servicios sociales de los respectivos municipios
La comunicación por parte del consejo comarcal de datos personales de las personas beneficiarias de servicios sociales de los respectivos municipios, en los ayuntamientos de la comarca, puede tener suficiente base jurídica de acuerdo con el artículo 6.1.e) y 6.4 del RGPD, sin que sea necesario el consentimiento de los afectados, sin perjuicio de la necesaria aplicación de los principios de limitación de la finalidad y de minimización.
07/06/2021
- ÁMBITO SECTORIAL
- Servicios sociales
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- Consejo comarcal
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- Consejo comarcal
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Principio licitud
- Misión en interés público o ejercicio de poderes públicos
Obligación de los alumnos de tener activada la cámara durante las clases en línea
CNS 11/2021
La activación de la cámara durante las clases en línea se puede considerar con carácter general un tratamiento lícito, vista la obligación de los centros educativos de asegurar y garantizar la función educativa en relación con los alumnos afectados y el cumplimento de una misión en interés público (ex. art. 6.1.e) RGPD), y las previsiones establecidas por las autoridades sanitarias y educativas en el contexto de pandemia, sin que sea necesario el consentimiento de los afectados. En cualquier caso habrá que tener en cuenta el principio de proporcionalidad. La Fundación puede instar a los alumnos a tener la cámara activada durante la clase en línea si resulta necesario para su desarrollo, sin perjuicio de la posibilidad de que las personas afectadas puedan ejercer el derecho de oposición en atención a su situación particular.
23/03/2021
Creación de una base de datos de terceros a partir de las instancias presentadas en el Ayuntamiento por los vecinos del municipio
CNS 6/2021
El ayuntamiento podría crear la base de datos de contacto o base de datos de terceros para recoger los datos identificativos y de contacto de las personas físicas con quienes se relaciona. La incorporación en esta base de datos de terceros de los datos del Registro de entrada y salida de documentos no resultaría compatible a efectos de utilizar los datos que constan para notificaciones ulteriores, pero en cambio sí que lo podría ser para utilizar los datos identificativos y de contacto en otros procedimientos de naturaleza análoga. En aplicación del principio de exactitud el ayuntamiento tiene que tomar las medidas oportunas para recoger las diferentes direcciones o medios electrónicos que el ciudadano haya escogido para cada trámite para recibir notificaciones administrativas o lo que sea pertinente de acuerdo con la normativa aplicable. Los datos que integren la base de datos de terceros no se pueden conservar más allá del plazo de conservación aplicable a la finalidad para el cual se recogieron, se tienen que mantener actualizadas y se tiene que informar a las personas afectadas.
12/03/2021
Comunicación de expediente urbanístico a entidad aseguradora.
IP 179/2020
Se archiva la denuncia por aplicación de los principios de presunción de inocencia y de responsabilidad. No han indicios que permitan inferir que el Ayuntamiento facilitó una copia del expediente administrativo a una entidad aseguradora. Y el acceso al expediente que permitió a una persona física, tiene su cobertura en la acción pública que refegeix en materia de urbanismo.
11/03/2021
Solicitud de documentación acreditativa de la exención de la obligación de llevar mascarilla a las personas usuarias del ferrocarril
CNS 9/2021
Los agentes de estación y los vigilantes de seguridad de los ferrocarriles pueden solicitar, en ejercicio de su función de vigilancia del cumplimiento de la medida adoptada por las autoridades sanitarias consistente en el uso obligatorio de la mascarilla en el transporte público, la documentación que acredita la concurrencia de alguna de las causas de exención de la obligación de llevar mascarilla a aquellas personas usuarias de los ferrocarriles que no la llevan.
02/03/2021
Protocolo de prevención, detección y gestión de casos Covid-19 en las universidades
CNS 8/2021
A partir de la información de la cual se dispone, el tratamiento de datos relativo a la comunicación de un censo universitario al Departamento de Salud, mediante el Consejo Interuniversitario de Cataluña, no dispone de habilitación desde el punto de vista de la normativa de protección de datos, al no estar amparado por la normativa de salud pública.
19/02/2021
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