El ayuntamiento podría crear la base de datos de contacto o base de datos de terceros para recoger los datos identificativos y de contacto de las personas físicas con quienes se relaciona. La incorporación en esta base de datos de terceros de los datos del Registro de entrada y salida de documentos no resultaría compatible a efectos de utilizar los datos que constan para notificaciones ulteriores, pero en cambio sí que lo podría ser para utilizar los datos identificativos y de contacto en otros procedimientos de naturaleza análoga. En aplicación del principio de exactitud el ayuntamiento tiene que tomar las medidas oportunas para recoger las diferentes direcciones o medios electrónicos que el ciudadano haya escogido para cada trámite para recibir notificaciones administrativas o lo que sea pertinente de acuerdo con la normativa aplicable. Los datos que integren la base de datos de terceros no se pueden conservar más allá del plazo de conservación aplicable a la finalidad para el cual se recogieron, se tienen que mantener actualizadas y se tiene que informar a las personas afectadas.