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Se han encontrado 148 resultados con los descriptores Laboral
Denegación de acceso a información sobre retribuciones del personal del Ayuntamiento
IAI 81/2021
Con respecto a los cargos de confianza y el personal eventual del Ayuntamiento, vista la tipología y características de estas plazas, resulta justificado desde la perspectiva de la protección de datos, facilitar información individualizada por los conceptos retributivos a los que se refiere el reclamante, junto con su identificación, nivel y cargo que ocupan. Con respecto al resto de personas trabajadoras del Ayuntamiento (personal laboral y funcionario), la normativa de protección de datos no impide facilitar la información sobre las retribuciones básicas y complementarias de cada puesto de trabajo, sin identificar a las personas que lo ocupan.
12/01/2022
- ÁMBITO SECTORIAL
- Laboral
- Representantes trabajadores
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Representantes trabajadores
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos trabajadores
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- TRANSPARENCIA
- Derecho acceso información
- Materias
- Retribuciones
- Representantes trabajadores
- Publicidad activa
- Retribuciones
Control del absentismo del personal laboral y funcionario por una empresa externa
CNS 53/2021
Desde el punto de vista de la normativa de protección de datos la realización de revisiones médicas para el control del absentismo laboral de los trabajadores sometidos al ámbito de aplicación del ET, por el personal médico de una empresa contratada por el ayuntamiento tendría como base jurídica el artículo 20.4 del ET en relación con los artículos 6.1.b) y 9.2.b) del RGPD. Esta base jurídica no sería aplicable para el personal funcionario. Para la realización de estadísticas y para el seguimiento y la gestión del absentismo no resulta justificado que la empresa acceda a información de todos los empleados municipales sino únicamente de aquellos que hayan tenido alguna ausencia. El ayuntamiento tiene que conservar mientras dure la relación laboral los datos de los trabajadores necesarios para la ejecución del contrato y el cumplimiento de la normativa laboral que resulte aplicable. Entre estos datos necesariamente tienen que constar los datos identificativos y de contacto que le permitirían contactar con el trabajador en situaciones de absentismo. Con respecto a los datos de control horario, y sus justificaciones, habrá que tener en cuenta el plazo de 4 años establecido por la normativa vigente, sin perjuicio del deber de bloqueo de los datos que se supriman, para atender eventuales responsabilidades.
23/12/2021
Prevalece la presunción de inocencia. No se ha podido acreditar la vulneración del principio de confidencialidad.
IP 47/2021
La dirección de la CABEZA|CABO|JEFE convocó a los trabajadores a una reunión de trabajo para tratar la queja que un trabajador del centro (la persona denunciante) había formulado en relación con los protocolos de seguridad de los trabajadores delante de la Covid-19. De las actuaciones practicadas en esta fase de investigación previa no se ha podido acreditar que la dirección de la CABEZA|CABO|JEFE revelara los datos de la persona. Y del contenido del correo tampoco parece que se pudiera identificar la persona que se quejó.
18/10/2021
Acceso a escritos de queja de compañeras de trabajo de la persona que solicita el acceso.
Cuando se ejerce el derecho de acceso, la persona afectada tiene derecho a obtener información sobre el origen de sus datos -cosa que aquí comporta el acceso a la identidad de las personas que formularon las quejas-, a menos que se acredite que la oposición al acceso se fundamenta en una situación particular, lo cual aquí no se ha acreditado. Dado que el derecho de acceso no puede afectar negativamente los derechos y libertades de los otros, se desestima la reclamación con respecto al acceso a las las afirmaciones, opiniones o explicaciones realizadas por estas personas, vinculadas o referidas a su propia situación laboral, o a su estado de ánimo, psicológico o físico.
13/09/2021
Denegación de acceso a información sobre las horas extraordinarias del personal del Ayuntamiento
IAI 57/2021
La normativa de protección de datos no impide al delegado sindical acceder a la información relativa a las horas extraordinarias de directivos, altos cargos y personal que ocupe lugares de confianza, de libre designación, de especial responsabilidad dentro de la organización o que impliquen altos niveles retributivos, así como el listado de horas extraordinarias de los trabajadores con contrato laboral que conste a los registros diarios de jornada elaborados a partir de la fecha 12 de mayo de 2019. Con respecto a la lista de las horas extraordinarias del personal funcionario desde el 2018 hasta la fecha de la resolución, así como las hechas antes del 12 de mayo de 2019 por los trabajadores con contrato laboral, hay que ofrecer la información seudonimizada. En relación con los motivos que justificaron la ejecución de horas extraordinarias, se puede entregar información general sobre los criterios utilizados por el Ayuntamiento para su atribución, sin hacer una individualización.
02/09/2021
Denegación de acceso a información relativa a las actuaciones realizadas en un jardín de infancia en materia de riesgos psicosociales y conflictos laborales
IAI 50/2021
La normativa de protección de datos no impide dar acceso al reclamante a información que no incluye datos personales (número de personas entrevistadas, indicadores utilizados, etc). La normativa de protección de datos permite al reclamante acceder a la información relativa a una tercera persona de la cual acredite tener el consentimiento. El reclamante tiene derecho a acceder a toda la información que sobre su persona figure en la documentación de que dispone el Departamento, incluyendo el origen o la identidad de las personas que habrían facilitado la información, a menos que del trámite de audiencia resulte alguna circunstancia que justifique la limitación del acceso. En cambio, no parece que esté justificado el acceso al resto de información sobre terceras personas que pueda constar en la información solicitada, más allá de los datos meramente identificativos de las personas responsables de la tramitación de la documentación.
29/07/2021
Posibilidad de acceder al equipo local de un funcionario para poder disponer de documentación municipal
CNS 39/2021
El acceso al equipo local del funcionario que se encuentra de baja, con la finalidad de garantizar la continuidad de la actividad en ausencia del trabajador y con la finalidad de comprobar un posible mal uso del equipo por parte del trabajador y proteger la integridad de la información, se puede considerar lícito si resulta justificado por las circunstancias concurrentes. Hay que articular la intervención en el equipo del trabajador, de manera que se evite el acceso a contenido de tipo privado o ajeno a la documentación de la Concejalía. Entre otras cuestiones, se recuerda que el acceso con la finalidad de garantizar la continuidad de la actividad en ausencia del trabajador, se le tiene que comunicar previamente a la intervención, a menos que no sea posible.
29/07/2021
Denegación de acceso del representante de los trabajadores a información del personal afectado por un acuerdo retributivo
IAI 44/2021
La normativa de protección de datos no impide comunicar al representante de los trabajadores la información individualizada que solicita, con indicación de la identidad (nombre y apellidos) de los trabajadores afectados por el acuerdo de absorción del complemento de productividad y la cuantía que ha supuesto este acuerdo para cada uno de los trabajadores.
12/07/2021
Denegación de acceso al listado del personal de la Guardia Urbana
IAI 38/2021
La normativa de protección de datos no impediría el acceso del representante sindical al listado del personal de la Guardia Urbana identificando este con su número de identificación profesional (TIP) y el lugar donde presta servicio.
22/06/2021
Denegación de información relativa a unas trabajadoras de una entidad pública empresarial
IAI 34/2021
La normativa de protección de datos no impide conocer, en los términos expuestos, la información contenida en la relación de puestos de trabajo, así como la información relativa al procedimiento de acceso con respecto a la identidad y puntuaciones obtenidas y fecha de su nombramiento o, si procede, la parte de los acuerdos de traspasos que acredite la adscripción de una trabajadora a la entidad. Por el contrario, no resultaría justificado el acceso a la identidad y las puntuaciones del resto de personas que hubieran participado en los procesos selectivos, ni vistas las circunstancias que concurren en el caso particular, los datos de los miembros de la comisión mixta, los datos del resto de personal transferido, u otros datos de la trabajadora afectada por la solicitud sobre su situación contractual, antigüedad o situación administrativa que pudieran constar en los referidos acuerdos de traspasos.
21/05/2021
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