Sentido de la resolución: Estimatoria
Cuando se ejerce el derecho de acceso, la persona afectada tiene derecho a obtener información sobre el origen de sus datos -cosa que aquí comporta el acceso a la identidad de las personas que formularon las quejas-, a menos que se acredite que la oposición al acceso se fundamenta en una situación particular, lo cual aquí no se ha acreditado. Dado que el derecho de acceso no puede afectar negativamente los derechos y libertades de los otros, se desestima la reclamación con respecto al acceso a las las afirmaciones, opiniones o explicaciones realizadas por estas personas, vinculadas o referidas a su propia situación laboral, o a su estado de ánimo, psicológico o físico.