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Cesión de datos de un Consorcio hospitalario en un Ayuntamiento en materia de protección de menores
CNS 26/2013
Diversas habilitaciones legitiman la comunicación de datos del menor, incluyendo también datos de los padres o tutores, entre otros, de salud, del Consorcio Hospitalario en el Ayuntamiento, para el cumplimiento de las competencias municipales en materia de protección de menores, sin consentimiento de los afectados. Sólo se pueden comunicar los datos que puedan resultar pertinentes y relevantes en cada caso, para la concreta situación de riesgo en que se encuentre un menor, o para la concreta intervención del Ayuntamiento. La comunicación de datos a las autoridades judiciales puede estar habilitada por el artículo 11.2.d) de la LOPD, mientras que la comunicación de datos en la DGAIA puede estar habilitada por el artículo 21 de la LOPD y el artículo 24.2 de la Ley 14/2010.
03/05/2013
- ÁMBITO SECTORIAL
- Salud
- Historia clínica
- Servicios sociales
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración autonómica
- Administración local
- Ayuntamiento
- Centro sanitario
- Jueces y tribunales
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos menor
- Datos sensibles
- Datos salud
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración autonómica
- Administración local
- Ayuntamiento
- Centro sanitario
- Poder judicial
- PRINCIPIOS
- Principio calidad
- TRANSPARENCIA
- Derecho acceso información
Petición de información sobre la naturaleza del fichero "Servicio de Orientación-Mediación" de un Colegio de Abogados
PET 6/2013
Atendido que la Ley 15/2009, de 22 de julio, de mediación en el ámbito del derecho privado, atribuye determinadas funciones a los colegios profesionales, como entes que colaboran con el Centro de Mediación de Derecho Privado de Cataluña, en la gestión del sistema de mediación, el fichero "Servicio de Orientación-Mediación" de un colegio de abogados tendría naturaleza pública para estar vinculado en el ejercicio de funciones públicas otorgadas para la organización y funcionamiento del servicio de mediación.
02/05/2013
Acceso del Consejo Comarcal a datos de los titulares de las parcelas afectadas en un procedimiento de declaración de bien de Interés Local.
CNS 25/2013
Con carácter general, una petición de información sobre datos del Catastro inmobiliario se tendría que dirigir a la Dirección General o gerencias o subgerencias del Catastro, si pega, en los términos y de la manera que se dispone en el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, y en el Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el cual se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Immobliari. En el presente caso, el Consejo Comarcal podría solicitar, por sí mismo, acceder a determinados datos catastrales protegidos de los titulares de las fincas del municipio requerido, con el fin de ejercer las competencias que tiene atribuidas en virtud de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local y de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, de acuerdo con las previsiones del artículo 53.2.a) de la Ley del Catastro Inmobiliario.
30/04/2013
Informe en relación con la propuesta de Ordenança reguladora de la creación del fichero de videovigilancia del Ayuntamiento de Abrera
PD 9/2013
29/04/2013
RESOLUCIÓN DE ARCHIVO de la Información Previa nº. 36/2013, en lo referente al Ayuntamiento de Pallejà.
IP 36/2013
No se aplica la LOPD y su normativa de despliegue cuando no hay tratamiento de datos. De las actuaciones de información previa efectuadas en relación al sistema de videovigilancia denunciado, no se ha podido que captaran imágenes de personas identificadas o identificables. Artículos aplicados: 1 y 3 LOPD; 1 Instrucción 1/2009; 137 LRJPA.
26/04/2013
RESOLUCIÓN DE ARCHIVO de la Información Previa nº. 45/2013, en lo referente al Servicio Catalán de Tráfico del Departamento de Interior de la Generalitat de Catalunya.
IP 45/2013
Se archiva la denuncia por prescripción de la infracción. Artículos aplicados: 7.5, 11, 44.4 b), 47 LOPD.
26/04/2013
RESOLUCIÓN del procedimiento de tutela de derechos nº 8/2013, instado por la Sra. XXX contra l?Ajuntament de
Procede rectificar el nombre de la reclamante que figura en los ficheros del Ayuntamiento, incluido el padrón municipal, dado que se ha acreditado fehacientemente que la reclamante cambió de nombre. Artículos aplicados: Art. 4.3 y 4.4 y 16 LOPD, 17.2 LBRL
26/04/2013
Publicidad de los datos incluidos en un Registro
CNS 22/2013
La redacción del artículo 21 del Reglamento del Registro de Entidades Deportivas de la Generalitat de Catalunya permite la emisión de certificados, siempre que, en los casos que estos certificados contengan datos personales de los documentos presentados por las entidades registradas, se tenga en consideración las previsiones de la normativa en materia de protección de datos, que exige el consentimiento y, en caso de no disponer de lo mismo, contar con habilitación legal, habilitación que nos da la Ley 30/1992, concretamente el artículo 37.3.
24/04/2013
Acceso de un concejal a expedientes de concesiones de ayudas escolares
CNS 23/2013
Las solicitudes de ayuda de escolarización y de comedor, así como la valoración correspondiente, pueden incluir información sensible y/o que puede generar perfiles de las personas afectadas. Eso, junto con el elevado número de personas afectadas, incluyendo menores de edad, lleva a considerar que el acceso general del concejal a todas las solicitudes y valoraciones no parece lo bastante justificado, desde la perspectiva de los principios de calidad y de finalidad (artículo 4 LOPD), sin perjuicio de un acceso parclal a determinados datos, o de un acceso de forma agregada.
19/04/2013
RESOLUCIÓN del procedimiento sancionador nº. PS 69/2012, en lo referente al Ayuntamiento de Abrera.
PS 69/2012
Vulneración del derecho de información, dado que el Ayuntamiento recoge datos de las personas afectadas sin dar la información que requiere el artículo 5 de la LOPD. Vulneración del principio de calidad de los datos, en su vertiente de exactitud, dado que el Ayuntamiento asocia a determinadas personas datos personales que no corresponderían a la realidad de los hechos. Vulneración del principio de seguridad, dado que el Ayuntamiento no dispone de documento de seguridad. Artículos aplicados: 44.2.c), 44.3.c), 44.3.h), 5, 4, 9 LOPD, 88 RLOPD
19/04/2013
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