Sentido de la resolución: Declaración de infracción
Vulneración del derecho de información, dado que el Ayuntamiento recoge datos de las personas afectadas sin dar la información que requiere el artículo 5 de la LOPD. Vulneración del principio de calidad de los datos, en su vertiente de exactitud, dado que el Ayuntamiento asocia a determinadas personas datos personales que no corresponderían a la realidad de los hechos. Vulneración del principio de seguridad, dado que el Ayuntamiento no dispone de documento de seguridad. Artículos aplicados: 44.2.c), 44.3.c), 44.3.h), 5, 4, 9 LOPD, 88 RLOPD