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Se han encontrado 64 resultados con los descriptores Empresa pública
Responsable del tratamiento en el servicio de suministro de agua potable y alcantarillado de un municipio
CNS 63/2015
Desde el punto de vista de la protección de datos, el ayuntamiento, titular del servicio de suministro de agua potable y alcantarillado, tendría que ser también responsable del fichero en que se contengan los datos personales vinculados a la prestación de este servicio (artículo 3.d) LOPD) y la empresa concesionaria tendría que ser la encargada del tratamiento de estos datos (artículo 3.g) LOPD).
22/12/2015
Adecuación de los Protocolos de pago de facturas a la normativa de protección de datos de carácter personal
CNS 49/2015
En el Protocolo de pago telefónico mediante tarjeta de crédito, el operador no tendría que facilitar ningún dato personal del cliente al interlocutor, y se tendría que prever la conservación de unos mínimos datos necesarios a efectos de comprobación posterior de la transacción. En el Protocolo de procedimiento telefónic para el cambio de cuenta de pago por domiciliación bancaria, el operador tendría que confirmar, también, el número de póliza -o de pólizas- en las cuales el titular quiere asignar el nuevo número de cuenta; una vez realizado el cambio de cuenta corriente se tendría que comunicar al titular de la cuenta el cambio realizado, y se tendría que identificar el operador que hace la transacción de cambio de cuenta bancaria. Si la empresa registra las llamadas a que se refieren los Protocolos, tendrá que informar a los clientes del hecho de que se está registrando la llamada (artículo 5 LOPD).
21/10/2015
Adecuación de un contrato de encargado del tratamiento a la normativa de protección de datos
CNS 57/2014
El contrato examinado reúne los requisitos establecidos por el artículo 12 LOPD a fin de que el ayuntamiento, responsable de la información, encargue a uno tercero la prestación del servicio de desarrollo de la aplicación ISAD por cuenta suya. No obstante, la existencia de contradicciones manifiestas sobre la posición que ocuparía este tercero, hace necesario revisar el rol de cada uno de los agentes implicados en el tratamiento pretendido. Asimismo, hace falta concretar el contenido del servicio encargado y establecer expresamente la destrucción de las copias de la información que se hayan hecho.
22/12/2014
Informe en relación con la propuesta de creación y modificación de ficheros de datos de carácter personal del Conselh Generau de Arán y de sus entidades dependientes
PD 20/2013
12/09/2013
Informe en relación con el Proyecto de Orden por la cual se actualiza la regulación de los ficheros que contienen datos de carácter personal del Departamento de Salud y de sus entidades vinculadas o que dependen
PD 11/2013
18/06/2013
- ÁMBITO SECTORIAL
- Salud
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración autonómica
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos biométricos
- Huella dactilar
- Datos representante persona jurídica
- ENCARGADO TRATAMIENTO
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración autonómica
- Empresa pública
- Fundaciones
- Organismos autónomos
- Sociedades mercantiles
Notificación e inscripción de ficheros estadísticos
CNS 3/2013
Los ficheros que sirven para finalidades exclusivamente estadísticas y amparados por la legislación autonómica sobre la función estadística pública se tienen que inscribir en el Registro de Ficheros Estadísticos. En cambio, aquellos otros ficheros creados para finalidades no exclusivamente estadísticas tendrán que ser notificados ante el Registro de Protección de Datos de Cataluña con el fin de proceder a su inscripción.
31/01/2013
Acceso de los concejales a datos personales de los trabajadores de una empresa municipal
CNS 28/2012
L’accés por parte de los concejales a los datos relativas a la fecha en que el personal de l’empresa municipal se inscribió al Servicio d’Ocupació y a la fecha de su contratación, no resulta contrario a la normativa de protección de datos, siempre que sean informaciones necesarias para el desarrollo de las concretas funciones de control asignadas al concejal o concejales que soliciten l’accés. Ahora bien, teniendo en cuenta que para la información de que se dispone la finalidad perseguida se podría alcanzar igualmente sin necesidad d’identificar a los trabajadores afectados, se propone considerar la posibilidad de dar a los concejales la información solicitada de forma anonimizada, de manera que los trabajadores no resulten identificables.
20/06/2012
Comunicación de los datos de los trabajadores adscritos a una empresa municipal a otra administración pública
CNS 13/2012
D’acord con las competencias que la legislación vigente en materia d’aigües le atribuye, l’empresa pública puede requerir a un ayuntamiento la información de los trabajadores adscritos a su sistema de saneamiento que sea necesaria para la preparación y la entrega del fondo d’explotació para l’any 2011. L’accés con esta finalidad pero se podría ver satisfecho con un certificado del coste del personal adscrito a l’EDAR, identificado por categorías, o incluso con códigos identificativos no descifrables por terceros, sin incluir datos identificativos. En caso de que l’empresa pública solicite los datos para l’exercici de las funciones de control que le atribuye el Decreto legislativo 3/2002, por el cual s’aprova el Texto refundido de la ley de finanzas públicas, puede acceder a la información necesaria para llevar a cabo esta función, si bien de manera proporcionada a la finalidad perseguida con la inspección, sin que en ningún caso pueda llevarse a cabo un acceso indiscriminado a toda la información personal de los trabajadores.
27/04/2012
- ÁMBITO SECTORIAL
- Subvenciones
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- Empresa pública
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos anonimizados
- Datos sensibles
- Datos salud
- Datos trabajadores
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- Empresa pública
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Principio licitud
- Consentimiento
- Principio calidad
- Proporcionalidad
Medidas de seguridad por la conservación de archivos sonoros de un medio de comunicación municipal
CNS 6/2012
El tratamiento de datos personales especialmente protegidas, mediante el uso del software DALET, obliga en la empresa municipal, como responsable, a implementar, además de las medidas de seguridad de nivel básico y medio, las de nivel alto, con el fin de garantizar así no sólo la confidencialidad, sino también la integridad y la disponibilidad de la información con la finalidad de garantizar el derecho fundamental a la protección de datos personales.
17/02/2012
Obtención del consentimiento para la aplicación de descuentos en un servicio público y cesión a otros gestores del servicio.
CNS 33/2011
No se considera ajustado a la normativa de protección de datos solicitar en la misma cláusula un consentimiento para el tratamiento de datos por parte de la entidad y por parte de terceras empresas de forma generalizada o indistinta. Hace falta informar a los usuarios de que sus datos se recogen a fin de que la entidad efectúe determinado descuento y, de forma diferenciada, solicitar el consentimiento para ceder los datos a terceras empresas (art. 11 LOPD). Cuando se incorpore una nueva empresa al proyecto no hay que hacer una nueva comunicación a todos los usuarios registrados antes de ceder los datos (ni, lógicamente, será necesario recibir acuses de recibo), siempre que la información se dé en los términos apuntados en este dictamen (concreción suficiente de la finalidad del tratamiento, del tipo de actividad de las empresas, y actualización del listado de empresas en la página web de la entidad). En aplicación del artículo 5.4 de la LOPD, no es necesario que las empresas destinatarias de los datos informen a los usuarios, siempre que estos hayan sido informados previamente por la entidad.
11/10/2011
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