L’accés por parte de los concejales a los datos relativas a la fecha en que el personal de l’empresa municipal se inscribió al Servicio d’Ocupació y a la fecha de su contratación, no resulta contrario a la normativa de protección de datos, siempre que sean informaciones necesarias para el desarrollo de las concretas funciones de control asignadas al concejal o concejales que soliciten l’accés. Ahora bien, teniendo en cuenta que para la información de que se dispone la finalidad perseguida se podría alcanzar igualmente sin necesidad d’identificar a los trabajadores afectados, se propone considerar la posibilidad de dar a los concejales la información solicitada de forma anonimizada, de manera que los trabajadores no resulten identificables.