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Se han encontrado 51 resultados con los descriptores Derecho oposición
No procede la oposición al tratamiento porque procede mantener los datos personales en los informes jurídicos controvertidos.
PT 48/2017
Procede amar la reclamación del derecho de oposición por razones formales (falta de respuesta a la solicitud termine), y desestimarla en cuanto al fondo, dado que en la solicitud de oposición no se acredita un motivo fundado y legítimo referido a una situación personal concreta, y el motivo aducido, referido a una presunta ilicitud del tratamiento, no es tal, ya que ha sido objeto de unas actuaciones de investigación a la Autoridad que han finalizado con resolución de archivo, en base a la consideración que la información en lo referente al aquí reclamante que figura en los referidos informes jurídicos –y que fundamentalmente se trata de la relación de los sucesivos escritos que el aquí reclamante habría ido presentando ante el Ayuntamiento durante varios meses del año 2017- formaría parte de la expresión del criterio jurídico del letrado municipal consistente al contextualizar las acciones de impugnación del aquí reclamando. Además, la oposición se refiere a unos tratamientos de datos ya efectuados (constituyen la fundamentación jurídica de las resoluciones de los recursos de alzada), lo que por sí mismo ya impediría la viabilidad del derecho aquí ejercido.
08/02/2018
Derecho de cancelación respecto de datos difundidos a internet, que se a derecho de oposición.
Se estima|ama la reclamación de tutela del derecho oposición porque|para que la publicación de datos excesivos a efectos identificativos (nombre y apellidos más el número de DNI), confirman la existencia de un motivo legítimo para la efectividad del derecho ejercido por la persona afectada y se requiere a la entidad reclamada a fin de que lo haga efectivo.
21/12/2017
Acceso de los padres o tutores a información de salud de los menores mayores de 16 años
CNS 33/2017
Los deberes que el ordenamiento jurídico atribuye a los titulares de la potestad parental habilitan el acceso de estos a la documentación clínica que afecta a los menores sometidos a su potestad (incluyendo, los menores mayores de 16 años), sin requerir la autorización del menor. La posibilidad de habilitar con carácter general a los menores mayores de 16 años, para excluir el acceso de sus padres o tutores a sus datos y actuaciones sobre su salud, no se ajustaría a la normativa de protección de datos personales, en conexión con la normativa de salud (Ley 21/2000 y Ley 41/2002) y el resto de normativa (CCC). Eso sin perjuicio que en determinados casos, como consecuencia del derecho de oposición del menor, el acceso de los padres o tutores a la información de salud del menor, a través de “Cat@Salut Mi Salud”, como también a través de otras vías de acceso a la información, pueda verse limitado.
27/07/2017
Uso del directorio de personal desde la intranet de la empresa
CNS 29/2017
Garantizar la seguridad de las personas y bienes puede justificar el tratamiento de los datos identificativos de los trabajadores de la entidad relativos a la fotografía y al número de trabajador, dado que se trataría de información personal necesaria para comprobar su identidad en el desarrollo de sus funciones, siempre que el acceso a esta información se limite a aquellas personas que requieran disponer de estos datos para el ejercicio de sus funciones relacionadas con el control de acceso o seguridad.
07/07/2017
Reclamación por el derecho de cancelación respecto de datos que constan en un documento publicado a internet, que se acompaña a derecho de oposición
PT 18/2017
Se estima la reclamación de tutela del derecho oposición porque aunque el órgano responsable amó el derecho de oposición, este no se habría hecho efectivo, ya que se mantenía la divulgación del nombre y apellidos y DNI. Después de presentada la reclamación se ha suprimido el DNI y el nombre y apellidos se ha sustituido por las iniciales, medida que en este caso concreto se considera adecuada.
23/06/2017
Identificación de los funcionarios en los certificados que firman por delegación de firma
CNS 23/2017
A los efectos del régimen de comunicación de datos (art. 11 LOPD), la legislación estudiada habilita el Ayuntamiento para incluir el nombre y apellidos de los funcionarios que firman por delegación de firma los certificados objeto de consulta, ya sea en apoyo papel o en formato electrónico, sin su consentimiento. No resulta exigible ni justificada, con carácter general, la supresión del nombre y apellidos de los funcionarios que firman los certificados municipales objeto de consulta, ni su sustitución para el “código de funcionario”. Los trabajadores afectados pueden ejercer el derecho de oposición, motivadamente y en relación con su situación concreta, en los términos de la normativa aplicable.
09/06/2017
- ÁMBITO SECTORIAL
- Firma electrónica
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos identificativos
- Firma electrónica
- DERECHOS HABEAS DATA
- Derecho oposición
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- PRINCIPIOS
- Principio calidad
Uso del directorio de personal desde la intranet de la empresa
CNS 21/2017
El LOPD habilita la empresa pública para tratar, sin consentimiento, los datos personales de los trabajadores que sean necesarias para el mantenimiento o cumplimiento de la relación laboral, incluida la creación de un directorio de personal en su Intranet, si bien este tratamiento tiene que respetar el principio de minimización. Los trabajadores afectados pueden ejercer su derecho de oposición a la difusión de estos datos, en los términos expuestos en el dictamen.
08/05/2017
Captación y difusión de la imagen de las personas intervinientes en actos públicos
CNS 64/2015
La captación y la posterior difusión de la imagen de las personas que aparezcan como meramente accesorias o de forma secundaria en actos de la Asociación (público asistente o participantes en actos de inauguración, una conferencia, un curso, un acto divulgativo abierto al público organizado por el Asssociació, etc), para una finalidad informativa o divulgativa, tiene suficiente habilitación legal, a los efectos de los artículos 6.1 y 11 del LOPD, de manera que no es necesario recoger previamente el consentimiento de estas personas (LO 1/1982).
22/12/2015
Adecuación a la normativa de protección de datos personales del Protocolo de actuación ante el ejercicio de los derechos ARQUEO a la Historia Clínica Compartida de Cataluña
CNS 25/2015
El Dictamen examina el protocolo de actuación ante el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a la Historia Clínica Compartida de Cataluña (HC3), que se considera adecuadas, a las previsiones establecidas a la normativa sobre protección de datos de carácter personal, siempre que se tengan en cuenta diversas consideraciones, en relación con las previsiones contenidas en la LOPD y el RLOPD con respecto al ejercicio de los derechos ARQUEO.
22/06/2015
Ejercicio del derecho de cancelación de datos contenidos a la historia clínica
CNS 21/2015
Los plazos legales (Ley 21/2000) pueden condicionar la efectiva cancelación de datos de la HC de la solicitante. El derecho a conocer los propios orígenes biológicos, (LDOIA), comporta la conservación de la información sobre la donación de embriones de la HC de la afectada, información que tiene que quedar a disposición de sus hijos. Nada impide que el centro limite otros accesos a la información, o que la afectada ejerza, si lo considera conveniente, su derecho de oposición al tratamiento de los datos, incluyendo cualquier cesión o acceso (sin perjuicio del derecho de acceso de los hijos), en los términos del artículo 6.4 LOPD y artículos 34 y 35 RLOPD.
15/05/2015
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