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Se han encontrado 49 resultados con los descriptores Autoridad Catalana Protección Datos
Posibilidad de realizar prácticas de pilotaje de "drones" en espacios públicos y privados
CNS 54/2013
La realización de prácticas de pilotaje con "drones" por diferentes lugares de un municipio, en la medida en que no comporte la captación y la grabación de imágenes de personas físicas "identificadas o identificables", no se encontraría sometida al régimen establecido en la LOPD. Ahora bien, en caso de producirse esta captación de imágenes hará falta tener en cuenta que, si se trata de espacios públicos, sólo resultaría conforme con la LOPD si las imágenes aparecen como meramente accesorias, y que, si se trata del interior de la iglesia del municipio, requerirá contar con el consentimiento expreso y por escrito de los afectados. En cualquier caso, las imágenes sólo se podrán conservar por el periodo de tiempo estrictamente necesario para dar cumplimiento a la finalidad pretendida.
12/11/2013
- AUTORIDADES PROTECCIÓN DATOS
- Autoridad Catalana Protección Datos
- Ámbito actuación
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos anonimizados
- Datos sensibles
- Datos religión o creencias
- Imagen
- Voz
- DERECHOS FUNDAMENTALES
- Derechos honor, intimidad y propia imagen
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Principio licitud
- Consentimiento
- Principio calidad
Competencia de la Autoridad Catalana de Protección de Datos sobre una Fundación y plazo de conservación de los expedientes escolares de los alumnos
CNS 42/2013
Los ficheros de la Fundación titular de centros educativos concertados que estén vinculados a la prestación del servicio público de educación, son objeto de control por parte de la Autoridad (art. 156.a) EAC y art. 3.f) Ley 32/2010). La percepción de una subvención por parte de una entidad, sólo comporta que esta se encuentre dentro del ámbito de actuación de la Autoridad si existe relación de dependencia respecto de una administración pública (art. 156.a) del EAC). La delimitación de la información de los expedientes escolares de los alumnos que hay que conservar o cancelar, así como el establecimiento de plazos de conservación, sólo se puede hacer con conocimiento de la concreta información tratada, y teniendo en cuenta lo que haya podido establecer la Administración educativa, y, si pega, las Mesas de Evaluación Documental, en aplicación de la Ley 10/2001, de Archivos.
04/10/2013
Competencia para la inscripción de los ficheros de una Fundación dependiente de un Colegio profesional
CNS 36/2013
Dado que la fundación se puede considerar un ente dependiente de un colegio profesional incluido dentro del ámbito de actuación del APDCAT, los ficheros de la mencionada fundación se tienen que notificar al Registro de Protección de Datos de Cataluña, a fin de que, si pega, la Autoridad Catalana de Protección de Datos lleve a cabo su inscripción.
17/07/2013
Grabación y difusión de las sesiones de los plenos municipales
CNS 16/2013
La grabación y posterior difusión de las sesiones del Pleno a través del portal web municipal por parte del mismo consistorio, si así lo prevé el Reglamento orgánico municipal, resulta conforme con la LOPD, al tratarse de una cesión de datos que cuenta con habilitación en la legislación vigente en materia de régimen local, excepto aquellas sesiones o parte de las mismas que puedan afectar al derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen de los afectados.
04/03/2013
- AUTORIDADES PROTECCIÓN DATOS
- Autoridad Catalana Protección Datos
- Ámbito actuación
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- DERECHOS FUNDAMENTALES
- Derechos honor, intimidad y propia imagen
- DERECHOS HABEAS DATA
- Derecho información
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- MEDIDAS SEGURIDAD
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Principio licitud
- Consentimiento
- Principio calidad
- Proporcionalidad
- REGISTRO PROTECCIÓN DATOS CATALUÑA
- Ficheros datos
- Ficheros titularidad pública
- Inscripción ficheros
- TRANSPARENCIA
Competencia de la Autoridad Catalana de Protección de Datos sobre los ficheros de los consejos deportivos
PET 6/2012
Los ficheros de los consejos deportivos destinados exclusivamente al tratamiento de datos por alcanzar la finalidad de gestionar o ejecutar la política y actividades deportivas de la Administración de la Generalitat y de los entes locales, puede considerarse que responden al ejercicio de funciones públicas y, por lo tanto, en cumplirse el resto de requisitos del artículo 156 b) del EAC en conexión con el artículo 3 h) de la Ley 32/2010, del 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, serían de la competencia de este organismo. Por el contrario, los ficheros que incorporen datos más allá de este objetivo, no quedarían incluidos en el ámbito competencial de la Autoridad Catalana de Protección de Datos.
21/12/2012
Grabación y posterior difusión por internet del pleno de una corporación local, llevadas a cabo por el público asistente en lo mismo
CNS 32/2012
Corresponde a l’alcalde de la corporación, d’acord con lo que establezca el Reglamento orgánico municipal, decidir sobre la posibilidad de grabar las sesiones del pleno de la corporación que tengan carácter público, d’acord con el principio de proporcionalidad. La captación de las imágenes del pleno por parte de personas asistentes al público forma parte de l’àmbit competencial de l’Agencia Española de Protección de Datos.
29/06/2012
Informe en relación con el Proyecto de Decreto por el cual se regulan las hojas oficiales de queja, reclamación y denuncia en las relaciones de consumo entre personas consumidoras y empresarios o empresarias
PD 15/2012
20/06/2012
Competencia de la Autoridad Catalana de Protección de Datos sobre ficheros de escuelas concertadas
PET 10/2011
El ámbito de actuación de la Autoridad Catalana de Protección de Datos comprende, entre otros, los ficheros y tratamientos que llevan a cabo las entidades de derecho privado que prestan servicios públicos por medio de cualquier forma de gestión directa o indirecta, si se trata de ficheros y tratamientos vinculados a la prestación de estos servicios (artículo 3.f) de la Ley 32/2010, del 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos). Por lo tanto, se pueden inscribir en el Registro de Protección de Datos los ficheros vinculados a la prestación del servicio de educación con respecto a los niveles concertados.
28/11/2011
Competencia del APDCAT sobre los ficheros de un jardín de infancia privado que recibe subvenciones públicas
PET 8/2011
El ámbito de actuación de la Autoridad Catalana de Protección de Datos comprende, entre otros, los ficheros y tratamientos que llevan a cabo las entidades de derecho privado que prestan servicios públicos por medio de cualquier forma de gestión directa o indirecta, si se trata de ficheros y tratamientos vinculados a la prestación de estos servicios (artículo 3.f) de la Ley 32/2010, del 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos). Los ficheros creados para gestionar el jardín de infancia no se encontrarían incluidos en el mencionado ámbito de actuación en la medida en que este servicio educativo no se preste en régimen de concierto y, por lo tanto, se tendrán que inscribir en el Registro General de Protección de Datos de la Agencia Española de Protección de Datos.
21/11/2011
Conservación de la auditoría por parte de la entidad que la lleva a cabo por cuenta del responsable del fichero
CNS 34/2011
De acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de datos personales, en caso de que la auditoría de seguridad se lleve a cabo por una entidad externa a la entidad auditada, aquella no está obligada a conservar la documentación de la auditoría más allá de su entrega al responsable del fichero o tratamiento.
21/10/2011
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