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Se han encontrado 361 resultados con los descriptores Salud
Posibilidad de poner en funcionamiento un sistema de alarma de personas asociadas a determinados comportamientos
CNS 51/2016
Desde el punto de vista del derecho a la protección de datos de carácter personal, la configuración del sistema de alarma descrito en la Memoria no se adecua a los principios de proporcionalidad y de minimización, por lo cual sería recomendable implantar sistemas alternativos que pueden dar respuesta adecuada a la finalidad pretendida, sin poner en riesgo el correcto cumplimiento de los principios y garantías de la normativa de protección de datos personales.
26/10/2016
Denegación de acceso a información sobre retribuciones de determinados cargos de un consorcio sanitario
IAI 32/2016
La normativa de protección de datos no impide entregar información sobre la retribución sucia anual percibida, devengada o prevista, por todos los conceptos retributivos, incluidas dietas e indemnizaciones desde la entrada en vigor de la Ley 19/2014 hasta la actualidad, por aquellas personas que ostentan cargos directivos o lugares de confianza, o con nivel de responsabilidad para la toma de decisiones en la organización, dentro del organigrama de un consorcio sanitario público integrado en el SISCAT.
19/10/2016
Denegació d'accés a les actes d'uns Comitès de Salut i Seguretat de l'Administració de la Generalitat.
IAI 25/2016
El derecho a la protección de datos personales supone una limitación de acceso a la información personal contenida en las actas de los Comités de Seguridad y Salud de la Administración de la Generalitat relacionada con la salud y otros datos especialmente protegidas de los trabajadores afectados, en los términos expuestos en el presente informe, sin perjuicio a los cuales se pueda facilitar el acceso parcial al resto de información de los documentos mencionados.
20/09/2016
Solicitud de un certificado en el Registro Central de Delincuentes Sexuales presumiendo el consentimiento de los afectados
CNS 44/2016
Es necesario el consentimiento expreso de los afectados (como se desprende del artículo 9.2 RD 1110/2015, en conexión con el artículo 7.3 LOPD) a fin de que una Administración pública, en este caso, la Institución sanitaria que formula la consulta, pueda solicitar al RCDS el certificado por delitos de naturaleza sexual, de manera que no se puede considerar que el artículo 28.2 de la LPACAP habilite la solicitud de un certificado en el RCDS presumiendo el consentimiento de los afectados.
22/07/2016
Informe en relación con el acceso e incorporación del Código de Identificación Personal de la tarjeta sanitaria al sistema de información social y segundo informe
PD 5/2016
12/05/2016
Revelación de la identidad del paciente índice en los estudios de contactos de enfermedades de declaración obligatoria
CNS 27/2016
Desde la perspectiva del régimen de comunicación de datos (artículo 11 LOPD), en aquellos casos en que el paciente índice no da su consentimiento, el marco legal estudiado (LO 3/1986, Ley 18/2009 y Ley 41/2002, entre otros), puede habilitar a la administración sanitaria a comunicar al centro de trabajo, el centro escolar o terceras personas la identidad del paciente índice y la enfermedad en cuestión, con la finalidad de llevar a término los estudios de contactos necesarios, a los efectos de prevenir y minimizar el riesgo de contagio, en los términos previstos legalmente. Las autoridades sanitarias tendrán que ponderar, en cada caso, si para la realización de estudios de contacto -o de otras medidas-, hay que identificar el paciente índice, delante de terceras personas, y sólo tienen que comunicar la información al mínimo número de personas que, dentro de los centros laborales y escolares, tengan que disponer necesariamente de la información.
11/05/2016
Cesión de datos de accidentes de tráfico a la Administración prestamista de los servicios sanitarios
CNS 24/2016
Desde la perspectiva del régimen de comunicación de datos personales (artículo 11.2.a) LOPD), hay suficiente habilitación legal (artículo 83 LGS y artículo 7 RDL 8/2004) para la comunicación de datos personales adecuados, pertinentes y no excesivos, recogidas para la policía local en los atestados e informes de los accidentes de tráfico, a la Administración pública prestamista de los servicios sanitarios, sin el consentimiento de los afectados.
27/04/2016
Posibilidad de conocer la identidad de las personas que han accedido a la historia clínica
CNS 15/2016
Vista la configuración del derecho de acceso en la normativa de protección de datos (art. 15 LOPD y art. 27 RLOPD), el responsable tiene la obligación de informar al afectado, entre otros, de las "comunicaciones efectuadas o que se prevean hacer". Por lo tanto, el derecho de acceso no incluye la información sobre los accesos que se hayan podido producir por parte del personal propio de la entidad. Facilitar la información referida en los accesos del personal propio del centro en la HC, cuando así lo reclama el afectado, puede suponer un ejercicio de transparencia, que estaría amparado por la legislación de autonomía del paciente, y que puede comportar el efecto positivo de transmitir al afectado un mayor grado de confianza en la buena praxis del centro, respecto del tratamiento que este ha realizado de los datos de la HC.
05/04/2016
Cesión de datos y acceso a los sistemas de información para la realización de los reconocimientos médicos de embarque marítimo
CNS 60/2015
Examinada la propuesta de convenio presentada, se considera que el acceso a datos de la historia clínica de las personas que lo hayan autorizado se considera adecuado, aunque habría que modificar determinadas previsiones establecidas en el modelo de obtención del consentimiento que figura como anexo a la propuesta, como también convendría establecer previsiones para limitar la información a la cual se accede a la mínima necesaria para alcanzar la finalidad pretendida. Por otra parte, se considera necesario incorporar información sobre el registro de accesos y la protección de las redes de comunicaciones, así como la previsión de que ambas entidades actualizarán sus documentos de seguridad.
17/12/2015
- ÁMBITO SECTORIAL
- Salud
- Historia clínica
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos sensibles
- Datos salud
- DERECHOS HABEAS DATA
- Derecho información
- ENTIDADES
- Administración pública
- MEDIDAS SEGURIDAD
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Principio licitud
- Consentimiento
- Principio calidad
Acceso del ICAM a la historia clínica de pacientes que están de baja por IT
CNS 61/2015
El personal del ICAM que tenga la consideración de inspector médico puede tener acceso, para el ejercicio de sus competencias, a la documentación clínica de atención primaria y especializada de los trabajadores en situación de IT que resulte relevante por la resolución del procedimiento, a menos que conste la oposición expresa y por escrito de las personas afectadas.
03/12/2015
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