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Se han encontrado 67 resultados con los descriptores Hacienda pública
Requerimiento de información tributaria a una institución arbitral
CNS 48/2015
De acuerdo con la Ley general tributaria, la administración tributaria puede requerir información con trascendencia tributaria a instituciones o particulares siempre que el requerimiento esté motivado y que resulte proporcionado.
02/10/2015
Conservación para la administración tributaria de datos que figuran en escrituras públicas y no son relevantes por la liquidación o la comprobación del tributo
CNS 7/2015
La normativa de protección de datos no es de aplicación a la información sobre personas difuntas que aparezca en las escrituras de aceptación de herencia. Con respecto a la información relativa a otras personas que aparezca en estos documentos, el Ayuntamiento la puede conservar en la medida en que tenga que disponer a efectos de la comprobación de la liquidación tributaria.
27/02/2015
Comunicación a la administración tributaria de información relacionada con los establecimientos turísticos y las personas que se alojan
CNS 6/2015
La cesión generalizada de información sobre los establecimientos de hospedaje y las personas que se alojan a la administración tributaria catalana al amparo del artículo 94 de la LGT, a los efectos de llevar a término actuaciones de comprobación trìbutària del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, requeriría de una disposición de carácter general que previera expresamente esta comunicación.
25/02/2015
Informe en relación con la Propuesta relativa al acceso a información tributaria por parte de la Oficina del Contribuyente
PD 16/2014
06/10/2014
Comunicación de datos entre administraciones públicas en relación con determinados colectivos VIP
CNS 35/2014
La cesión de un listado de personas que pertenecen a un determinado colectivo VIP, con el fin de establecer medidas de seguridad adicionales para reforzar el control de accesos a las bases de datos con información tributaria, puede realizarse sin consentimiento de los afectados si únicamente se incluyen los datos relativos a su nombre, apellidos y cargo que ocupan. La inclusión en este listado del dato relativo al NIF o DNI requerirá pero el consentimiento previo de los afectados.
30/06/2014
Cesión de datos de los títulos de familia numerosa y de familia monoparental a los entes locales con la finalidad de bonificar la cuota del IBI
CNS 21/2014
La cesión, sin consentimiento, de los datos relativos al título de familia numerosa a los entes locales, con el fin de aplicar una bonificación sobre el IBI, podría estar habilitada tanto por el artículo 94 de la LGT, si se ha previsto en una disposición de carácter general, como por el artículo 21 de la LOPD, si tiene lugar entre las administraciones para el ejercicio de sus competencias de fomento y protección de las familias. Asimismo, la cesión, sin consentimiento, de los datos relativos al título de familia monoparental a un ente local, para informar de la fecha de publicación de una convocatoria de subvenciones por cubrir parte de la cuota del IBI podría estar amparada por el artículo 21 de la LOPD, si se hace hacia el órgano municipal competente en materia de servicios sociales.
12/05/2014
- ÁMBITO SECTORIAL
- Hacienda pública
- Servicios sociales
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración autonómica
- Administración local
- Ayuntamiento
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos tributarios
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración autonómica
- Administración local
- Ayuntamiento
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Principio licitud
- Consentimiento
- Principio calidad
- TRANSPARENCIA
- Derecho acceso información
Recogida de información tributaria a través de una aplicación informática
CNS 19/2014
La información recibida por el organismo que formula la consulta y que no sea necesaria para el ejercicio de sus funciones se tiene que cancelar, de acuerdo con lo que establece el artículo 4.5 de la LOPD. La identificación y autenticación para relacionarse electrónicamente con un organismo tributario basado en el NIF y el código de identificación personal de la tarjeta de identificación sanitaria (CIP-TIS) expedida por el CatSalut, no ofrece garantías suficientes para la seguridad de la información.
11/04/2014
Revelación en el Pleno de las deudas de un concejal municipal
CNS 55/2013
El alcalde de un Ayuntamiento, en ejercicio de las funciones que legalmente tiene atribuidas en materia tributaria, puede acceder, sin consentimiento de los afectados, en un certificado relativo a la situación recaudatoria de los concejales con el consistorio, así como, una vez comprobada la existencia de un expediente de recaudación ejecutiva, poner estos hechos en conocimiento del Pleno, órgano al qué le corresponde el control de la concurrencia de las causas de inegibilitat o bien de incompatibilidad sobrevenida para ser concejal municipal, que se basan en la existencia de una deuda con la propia corporación de parte de unos o más concejales, de acuerdo con la LOREG. Ahora bien, la comunicación de este certificado, con los datos personales que constan, en el momento de plantear la cuestión objeto de debate en el Pleno podría no resultar ajustada a las exigencias del principio de calidad.
27/11/2013
- ÁMBITO SECTORIAL
- Hacienda pública
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- Regidores
- Encargado tratamiento
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos tributarios
- DERECHOS FUNDAMENTALES
- Derechos honor, intimidad y propia imagen
- ENCARGADO TRATAMIENTO
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- Regidores
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Principio licitud
- Consentimiento
- Principio calidad
- RESPONSABLE TRATAMIENTO
- TRANSPARENCIA
- Derecho acceso información
- Regidores
Habilitación en el Ayuntamiento para facilitar a un organismo de recaudación tributaria información sobre los inmuebles de los obligados tributarios
CNS 51/2013
El artículo 162 de la LGT puede habilitar la comunicación en el organismo de gestión tributaria de la información de que dispone el Ayuntamiento sobre un determinado contrato de arrendamiento de un inmueble, aunque haría falta tener en cuenta también el motivo o la finalidad por la cual el Ayuntamiento dispone de aquella información, con el fin de comprobar que la comunicación a la administración tributaria no resulta incompatible con aquella finalidad.
29/10/2013
Solicitud de información realizada por la administración tributaria sobre los informes de los colegios de abogados referentes a minutas de los suyos colegiados
CNS 47/2013
La elaboración de un listado con información sobre estos informes para su comunicación en el AEAT se puede considerar un tratamiento de datos a los efectos de las previsiones de la LOPD, si permite identificar a los abogados a los cuales se refieren. No resulta justificada la comunicación generalizada de información sobre estos tipos de informes a la administración tributaria al amparo del artículo 94.1 de la LGT, vista la falta de trascendència tributaria de estos informes, para tratarse sólo de estimaciones provisionales sobre los honorarios, y la inexistencia de una disposición general que prevea este requerimiento generalizado de información.
11/10/2013
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