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Se han encontrado 68 resultados con los descriptores REGISTRO PROTECCIÓN DATOS CATALUÑA
Petición de información sobre la naturaleza jurídica de un fichero de una Entidad Urbanística de Conservación
PET 1/2015
Los ficheros de las entidades urbanísticas de conservación vinculadas a un Ayuntamiento u otra administración actuando que forme parte del ámbito de actuación del APDCAT también están incluidos dentro del ámbito de actuación de esta Autoridad y, por lo tanto, se pueden inscribir en el Registro de Protección de Datos de Cataluña. Sus ficheros son ficheros de titularidad pública atendida la naturaleza administrativa de estas entidades.
02/02/2015
Gestión del personal voluntario en un proceso participativo
CNS 53/2014
Vista la finalidad prevista en el fichero examinado se entiende que esta puede abarcar la gestión por parte del responsable de los datos personales de las personas interesadas en participar como voluntarias en una actividad propia de otro departamento de la Administración de la Generalitat de Catalunya, en la medida en que se haya suscrito un convenio o acuerdo de colaboración entre ambos departamentos con el objeto que el responsable del fichero se encargue de la gestión del voluntariado apropiado a petición de este otro departamento.
20/10/2014
Informe en relación con el Proyecto de decreto sobre los productores y operadores de mediados de defensa fitosanitaria de Cataluña
PD 9/2014
02/09/2014
Adecuación de un sistema de videovigilancia a la normativa de protección de datos de carácter personal
CNS 29/2014
La finalidad de la instalación del sistema de videovigilancia en las dependencias de la empresa prestamista de servicios públicos municipales es legítima, para estar relacionada con la vigilancia y el control de las instalaciones, y no se requiere el consentimiento de los afectados (artículo 6.2 LOPD). Las imágenes se tienen que tratar en el contexto de la finalidad legítima y no para otras finalidades incompatibles, de manera que el sistema de videovigilancia se ajusta a los principios de calidad y de finalidad, sin perjuicio de las consideraciones hechas en relación con determinadas cámaras. El sistema de videovigilancia tiene que dar información en los términos del artículo 5 LOPD y 12 de la Instrucción, y cumplir con el resto de principios y obligaciones de la normativa de protección de datos.
12/06/2014
Informe en relación con el Proyecto de Orden por el cual se regulan ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados en el ámbito del Departamento de la Presidencia
PD 35/2013
16/01/2014
Informe en relación con el Proyecto de Orden por la cual se regulan los ficheros que contienen datos de carácter personal de la Oficina de Coordinación de la Red RESCATE, unidad perteneciente a la Dirección de Servicios del Departamento de Interior
PD 37/2013
16/12/2013
Competencia de la Autoridad Catalana de Protección de Datos sobre una Fundación y plazo de conservación de los expedientes escolares de los alumnos
CNS 42/2013
Los ficheros de la Fundación titular de centros educativos concertados que estén vinculados a la prestación del servicio público de educación, son objeto de control por parte de la Autoridad (art. 156.a) EAC y art. 3.f) Ley 32/2010). La percepción de una subvención por parte de una entidad, sólo comporta que esta se encuentre dentro del ámbito de actuación de la Autoridad si existe relación de dependencia respecto de una administración pública (art. 156.a) del EAC). La delimitación de la información de los expedientes escolares de los alumnos que hay que conservar o cancelar, así como el establecimiento de plazos de conservación, sólo se puede hacer con conocimiento de la concreta información tratada, y teniendo en cuenta lo que haya podido establecer la Administración educativa, y, si pega, las Mesas de Evaluación Documental, en aplicación de la Ley 10/2001, de Archivos.
04/10/2013
Cesión de datos del Ayuntamiento a la Comisión liquidatoria de la Junta de compensación de una urbanización
CNS 39/2013
En el caso examinado el Ayuntamiento es el responsable de la información contenida en la documentación de la Junta de Compensación, y tendría que crear o modificar los correspondientes ficheros, en caso de que lleve a cabo algún tipo de tratamiento con los datos. La comunicación de datos del Ayuntamiento a la Comisión Liquidatoria de la Junta de Compensación constituye una cesión de datos, y se tiene que someter al régimen de la LOPD. El Ayuntamiento puede comunicar determinada información a la Comisión Liquidatoria, sin requerir el consentimiento del titulares (artículo 11.2.c) de la LOPD). En cualquier caso, sólo es pertinente comunicar los datos adecuados, pertinentes y no excesivos a fin de que la Comisión pueda liquidar el patrimonio de la Junta de Compensación. En el caso examinado no se da el esquema previsto a la normativa de protección de datos para el encargo del tratamiento.
16/09/2013
Informe en relación con la propuesta de creación y modificación de ficheros de datos de carácter personal del Conselh Generau de Arán y de sus entidades dependientes
PD 20/2013
12/09/2013
Informe en relación con la propuesta de Reglamento regulador de los ficheros que contienen datos de carácter personal del Colegio Oficial de Ingeniería Técnica en Informática de Cataluña
PD 18/2013
25/07/2013
Total de páginas: 7