La entidad podría dar en el Archivo Nacional de Cataluña los documentos de que es titular y en los cuales constan datos relativos a personas físicas vivas que forman parte del patrimonio documental de Cataluña, bien por haber alcanzado la antigüedad de 40 años o, en caso de no alcanzarse esta antigüedad, si se cuenta con resolución favorable de la consejera|consellera de Cultura, sin necesidad de consentimiento de los afectados, dado que esta donación constituiría un tratamiento ulterior de datos que respondería a hasta de archivo en interés público y, por lo tanto, compatible con la finalidad inicial para la cual se trataron los datos.