Sentido de la resolución: Archivo / sobreseimiento
La persona denunciando se quejaba por el hecho que, en el marco de la tramitación de una solicitud de acceso a información pública, la GAIP habría revelado a las terceras personas afectadas por el acceso, su identidad sin que estas lo hubieran solicitado. Aun así, en la fase de información previa iniciada por esta Autoridad, la entidad denunciada ha expuesto que, una de las personas afectadas por el acceso pidió saber quién solicitaba la información controvertida. En este sentido, de acuerdo con el artículo 62 RLTC la GAIP consideró, previa consulta a la persona solicitante, que la remisión de la solicitud con su identidad podía ser esencial para la defensa de derechos e intereses titularidad de terceras personas afectadas. Así las cosas, hay que señalar que, consultado por la GAIP, la persona aquí denunciando consintió la revelación de su identidad. Y, por lo tanto, de acuerdo con el expuesto el tratamiento denunciado restaba habilitado por el artículo 6.1 apartados a) y c), en conexión con la RLT y la LTC, motivo por el cual, se archivan las presentes actuaciones.