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Se han encontrado 598 resultados con los descriptores Derecho acceso información
Acceso a datos de subvenciones por parte de los concejales
CNS 16/2007
Posibilidad de acceso de los concejales de un Ayuntamiento a datos personales tratados en la concesión de ayudas. Los concejales, en base a la normativa específica aplicable, tienen un derecho de acceso a determinada información para el ejercicio de sus funciones. Dado que los concejales son parte integrante del Ayuntamiento, el acceso a la información objeto de la consulta resulta ajustado a la normativa, aunque el principio de calidad exige hacer una ponderación respecto a los datos personales que efectivamente se pueden comunicar, en función de la finalidad concreta. Hay que respetar específicamente el deber de secreto.
01/01/2007
Acceso a datos del censo electoral por parte de los candidatos a las elecciones colegiales
CNS 9/2006
La normativa sectorial reguladora del proceso electoral aplicable a las elecciones en un colegio profesional, establece determinadas previsiones en relación con los medios a disposición de las candidaturas, pero no contiene previsiones específicas en relación con l’elaboració del censo d’electors, su actualización o régimen d’accés a sus datos, y se remite a la normativa estatal aplicable. El carácter de supletorietat que se le podría atribuir a la Ley orgánica reguladora del régimen electoral general, legitimaría a los candidatos para acceder en el censo d’electors.
01/01/2006
Cesión de datos de presuntos infractores en materia de medio ambiente
CNS 13/2006
L’accés a datos de carácter personal sin el consentimiento de l’afectat está expresamente reconocido por la ley reguladora de residuos, para atender otro derecho de relevancia constitucional como es la protección del medio ambiente. La autoridad que ejerce funciones de inspección y sanción puede acceder a los datos personales pertinentes, adecuados y no excesivos, pero el acceso a través del requerimiento a uno tercero es una medida restrictiva del derecho a la protección de datos, y se tendría que evitar, con carácter general.
01/01/2006
- ÁMBITO SECTORIAL
- Medio ambiente
- Procedimiento administrativo
- Procedimiento sancionador
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos sensibles
- Infracciones penales administrativas
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- PRINCIPIOS
- Principio licitud
- Consentimiento
- TRANSPARENCIA
- Derecho acceso información
Acceso del comité de empresa a datos de los candidatos a los procesos de selección internos
CNS 16/2005
Según el convenio colectivo, el comité d’empresa participa en diferentes fases de los procesos de provisión de plazas. Visto el régimen general de la comunicación de datos, l’accés a datos concretos tendría que ser consentido por los interesados o habilitado legalmente. El comité d’empresa únicamente puede acceder a aquellos datos que sean necesarios y adecuados para ejercer la función de ponderación de los méritos de los candidatos, en atención al principio de calidad. El acceso, por lo tanto, sólo se justifica para el cumplimiento de la finalidad legítima.
01/01/2005
Enviada del censo electoral de una administración corporativa a la administración tutelar
CNS 28/2005
El envío del censo electoral podría comportar una cesión de datos pero la normativa sectorial aplicable prevé dar publicidad al censo electoral y, por lo tanto, se prevé el acceso público a determinados datos del censo. S’habilita legalmente l’accés a esta información personal, atendida la finalidad legítima de las garantías propias d’un proceso electoral. Ahora bien, cuando l’administració corporativa realice actuaciones que no tengan la consideración d’exercici de potestades públicas, para cualquier comunicación de datos habrá que recoger el consentimiento de los titulares excepto los supuestos en que esté autorizada por una ley.
01/01/2005
Cesión de datos del personal de universidades a los representantes sindicales
CNS 5/2004
El comité de empresa y los delegados de personal tienen reconocidos determinados derechos de acceso a información de los trabajadores, extensivos a los representantes sindicales, en virtud de la Ley de Libertad Sindical. La normativa contempla la cesión de los datos que constan en las copias básicas de los contratos, y, en general, los datos de los trabajadores únicamente podrán destinarse al cumplimiento de las funciones para las que la normativa haya autorizado su cesión. El destino de los datos a cualquier otra finalidad deberá disponer de la habilitación correspondiente o del consentimiento del afectado.
01/01/2004
Cesión de datos salariales de los trabajadores a los representantes sindicales
CNS 6/2004
El comité de empresa y los delegados de personal tienen reconocidos determinados derechos de acceso a información de los trabajadores; derechos que se entienden extensivos a los representantes sindicales, en virtud de la Ley de Libertad Sindical. La normativa contiene una disposición legal respecto a la cesión de los datos que constan en las copias básicas de los contratos, y, en general, los datos de los trabajadores únicamente podrán destinarse al cumplimiento de las funciones para las que la normativa haya autorizado su cesión. El destino de los datos a cualquier otra finalidad deberá disponer de la habilitación correspondiente o del consentimiento del afectado.
01/01/2004
Comunicación de datos personales aportados en un procedimiento de licitación
CNS 13/2004
La comunicación de información relativa a datos personales aportados por los licitadores en un concurso público se considera cesión de acuerdo con la legislación de protección de datos. La normativa sectorial en contratación pública establece unos derechos de información a favor de los licitadores que podrían amparar dicha comunicación. Corresponde al órgano de contratación decidir qué datos concretos tienen que ser cedidos a los demás licitadores que lo soliciten, dado que la condición de interesado puede determinar la habilitación para conocer dicha información en determinados supuestos.
01/01/2004
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