El contenido sobre el que se realiza la búsqueda ha sido traducido con un sistema informático sin intervención humana. Puede contener errores de vocabulario, sintaxis o gramática. Esta traducción también puede causar errores en las búsquedas realizadas.
Se han encontrado 103 resultados con los descriptores Seguridad pública
Comunicación a la administración tributaria de información relacionada con los establecimientos turísticos y las personas que se alojan
CNS 6/2015
La cesión generalizada de información sobre los establecimientos de hospedaje y las personas que se alojan a la administración tributaria catalana al amparo del artículo 94 de la LGT, a los efectos de llevar a término actuaciones de comprobación trìbutària del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, requeriría de una disposición de carácter general que previera expresamente esta comunicación.
25/02/2015
Informe en relación con la propuesta de modificación de la Ley 4/2003, de 7 de abril, de ordenación del sistema de seguridad pública de Cataluña
PD 18/2014
21/10/2014
- ÁMBITO SECTORIAL
- Seguridad pública
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración autonómica
- Administración local
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos identificativos
- Datos trabajadores
- DERECHOS HABEAS DATA
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración pública
- Administración autonómica
- Administración local
Informe en relación con el Proyecto de Decreto de regulación de las entidades colaboradoras de la Administración en materia de prevención y seguridad correspondientes al departamento competente en materia de seguridad pública
PD 12/2014
04/09/2014
Informe en relación con el Proyecto de Orden por el cual se regulan los ficheros que contienen datos de carácter personal del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña
PD 12/2013
07/11/2013
Cesión de datos entre administraciones públicas en el proceso de modernización de los sistemas de información de los cuerpos policiales
CNS 34/2013
El tratamiento de datos que se pueda producir en base al Convenio suscrito tiene que quedar recogido en el fichero del Ayuntamiento (artículo 20.2 de la LOPD). Se recomienda hacer un análisis de conjunto de los ficheros ya existentes del Ayuntamiento, relacionados con la actuación de la policía local, y del fichero objeto de consulta, a los efectos de evitar, si pega, duplicidades de tratamientos. Con respecto al apartado relativo a la finalidad y usos del fichero, hay que tener en cuenta el régimen que el artículo 22 de la LOPD prevé para los ficheros policiales, en función de sus finalidades administrativas o policiales. En caso de que se prevean determinados flujos informativos, entre otros, con la red RESCATE o el Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112, este apartado del fichero lo tendría que recoger adecuadamente.
08/07/2013
- ÁMBITO SECTORIAL
- Seguridad pública
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración autonómica
- Administración local
- Ayuntamiento
- Fuerzas y Cuerpos Seguridad
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración autonómica
- Administración local
- Ayuntamiento
- REGISTRO PROTECCIÓN DATOS CATALUÑA
- Ficheros datos
- Ficheros titularidad pública
- Ficheros titularidad pública
- Ficheros policiales
Informe en relación con el Proyecto de Orden por la cual se regulan los ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por la Dirección General de Administración de Seguridad del Departamento de Interior
PD 2/2013
28/02/2013
Informe en relación con el Proyecto de Orden por la cual se regulan los ficheros que contienen datos de carácter personal del Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencias 112 Cataluña e informe complementario
PD 30/2012
14/11/2012
Informe en relación con el Proyecto de Orden por el cual se crea un nuevo fichero de datos de carácter personal gestionado por el Departamento de Interior
PD 24/2012
27/07/2012
Obligación de los miembros del cuerpo de Mossos D'Esquadra de comunicar los datos de localización a la Administración a la cual prestan servicios
CNS 39/2012
No es necesario disponer del consentimiento previo de los miembros del cuerpo policial con el fin de tratar datos de localización, de acuerdo con la Instrucción 9/2012. En cambio, dado que no existe vinculación laboral con terceras personas de contacto ajenas al cuerpo policial, es necesario disponer de su consentimiento. El tratamiento de datos de localización, tiene que respetar los principios de calidad y de finalidad y tiene que estar previsto en el correspondiente fichero de titularidad pública.
27/07/2012
- ÁMBITO SECTORIAL
- Seguridad pública
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos identificativos
- Datos trabajadores
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración autonómica
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Principio licitud
- Consentimiento
- Principio calidad
- REGISTRO PROTECCIÓN DATOS CATALUÑA
- Ficheros datos
- Ficheros titularidad pública
Informe en relación con el Proyecto de Orden del Departamento de Interior, de creación y modificación de los ficheros que contienen datos de carácter personal de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos del Departamento de Interior
PD 23/2011
10/11/2011
Total de páginas: 11