- ÁMBITO SECTORIAL
- Seguridad pública
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos identificativos
- Datos trabajadores
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración autonómica
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Principio licitud
- Consentimiento
- Principio calidad
- REGISTRO PROTECCIÓN DATOS CATALUÑA
- Ficheros datos
- Ficheros titularidad pública
No es necesario disponer del consentimiento previo de los miembros del cuerpo policial con el fin de tratar datos de localización, de acuerdo con la Instrucción 9/2012. En cambio, dado que no existe vinculación laboral con terceras personas de contacto ajenas al cuerpo policial, es necesario disponer de su consentimiento. El tratamiento de datos de localización, tiene que respetar los principios de calidad y de finalidad y tiene que estar previsto en el correspondiente fichero de titularidad pública.