El contenido sobre el que se realiza la búsqueda ha sido traducido con un sistema informático sin intervención humana. Puede contener errores de vocabulario, sintaxis o gramática. Esta traducción también puede causar errores en las búsquedas realizadas.
Se han encontrado 18 resultados con los descriptores Vivienda
Desatención del derecho de acceso
PT 85/2022
La persona reclamante se quejaba por la desatención de tres solicitudes de ejercicio del derecho de acceso que presentó en 2016 y 2017 ante el COAC. Se declara que el COAC ha desatendido el derecho de acceso ejercido por la persona reclamante dado que solo ha acreditado haber dado respuesta a la primera de las tres solicitudes, siendo esta respuesta extemporánea. El derecho de acceso objete de la presente resolución se ejerció cuando estaba en vigor la antigua Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, (LOPD) y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, (RLOPD), siendo estas las normas aplicables en el análisis de la eventual desatención del derecho de acceso ejercido por la persona reclamante.
29/11/2022
Tramitación y gestión de expedientes derivados de situaciones de emergencia en el ámbito de la vivienda
CNS 20/2022
Análisis de la Propuesta de acuerdo de Gobierno para la creación del Programa para la tramitación y gestión de los expedientes derivados de la aplicación de la Ley 1/2022 del 3 de marzo, de modificación de la Ley 18/2007, la Ley 24/2015 y la Ley 4/2016 para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda.
22/07/2022
Comunicación de datos al Ayuntamiento por parte de la empresa concesionaria del suministro de agua
CNS 47/2021
El ayuntamiento puede acceder a la información de la cual disponga la empresa concesionaria del suministro de agua relativa a viviendas respecto de las cuales no exista consumo de agua en los últimos 2 años o cuando este consumo sea anormalmente bajo, con la finalidad de aplicar el recargo al IBI previsto en el TRLRHL respecto de estas viviendas.
29/10/2021
Denegación de acceso a información sobre promociones municipales
La normativa de protección de datos no impide comunicar los motivos por|para los cuales la entidad ha otorgado el régimen de tenencia relativo al derecho de superficie en promociones preexistentes, y no ubicadas en suelo calificado como protegido, así como los motivos por los cuales se han ofrecido acuerdos para adquirir un derecho de superficie sobre la vivienda en unas promociones, y no en otros, al no verse afectadas datos personales. En relación con la solicitud de información relativa a la ubicación de las promociones en las cuales se ha adjudicado el derecho de superficie a trabajadores, en activo o no, de la entidad, la normativa de protección de datos no impide acceder a esta información de acuerdo con el que se ha expuesto.
20/05/2021
No actualización por parte de la Cámara de la propiedad del titular de los bienes inmuebles y de la cuenta corriente donde se efectúan las domiciliaciones de los recibos bancarios.
17/2019
Se sanciona una Cámara de la propiedad urbana con una amonestación, por|para haber vulnerado el principio de exactitud por|para no haber modificado con la diligencia debida el nombre y apellidos de la persona titular de dos bienes inmuebles, ni el número de cuenta corriente en donde|dónde se domiciliaban los recibos girados para|por la cámara por|para el arrendamiento de uno de estos bienes, así como los gastos de administración de la finca a la comunidad de propietarios, aunque esta persona había acreditado el cambio de titularidad, por muerte del antiguo titular -madre de la persona denunciante.
27/12/2019
Acceso de una concejala del ayuntamiento a la escritura de compraventa de un inmueble del municipio
CNS 31/2017
Teniendo en cuenta la normativa aplicable (LDH y DL 1/2015), el acceso por la concejala a la escritura de compraventa de un inmueble del municipio que, por la información disponible, se encontraría afectado por el ejercicio de los derechos de tanteo y retracto, no resulta contrario a la normativa de protección de datos personales, ya que el acceso puede resultar proporcionado y adecuado para el cumplimiento de sus funciones de control de la actuación municipal, a los efectos de constatar si corresponde ejercer los derechos mencionados.
07/07/2017
Uso de los datos del Padrón Municipal de habitantes, del Catastro inmobiliario, y de empresas de suministro para la detección de viviendas vacías
CNS 19/2017
Si el Ayuntamiento ya ha detectado previamente la existencia de determinadas viviendas desocupadas a través de los sistemas explicitados en el artículo 41.4 LDH, o a través de otros mecanismos que se hayan podido establecer, el artículo 41.5 LDH habilita la comunicación en el Ayuntamiento de un listado de consumos anormalmente bajos de agua, gas y electricidad, por debajo del umbral establecido, a los efectos de comprobar la situación de desocupación. Se puede considerar habilitado y proporcionado el acceso al catastro y al padrón municipal de habitantes, con el fin de identificar a los propietarios de viviendas donde no consta nadie empadronado. No resulta contrario a la normativa de protección de datos que el Ayuntamiento se dirija a las personas propietarias, con posterioridad a la detección de la situación anómala de las viviendas, para darles información de las medidas previstas.
03/05/2017
Informe en relación con el Anteproyecto de ley de medidas de protección del derecho a la vivienda de las personas que se encuentran en riesgo de exclusión residencial
PD 11/2016
26/09/2016
Localización de viviendas vacías e identificación de los propietarios a partir del consumo de agua
CNS 14/2016
El artículo 41 del LDH sólo habilita, a falta del consentimiento de los afectados, la comunicación en el Ayuntamiento de los datos de los consumos de agua a los efectos de constatar la situación de desocupación (artículo 41.5 LDH), si el Ayuntamiento ya ha detectado previamente la existencia de determinadas viviendas desocupadas en el municipio a través de los sistemas explicitados en el artículo 41.4 LDH, o a través de otros mecanismos que se hayan podido establecer.
30/03/2016
Acceso de la entidad que gestiona alquileres de viviendas a información de las personas inquilinas
CNS 37/2014
La comunicación, por parte del Ayuntamiento a una entidad pública que gestiona alquileres de viviendas, de información relativa a las personas inquilinas que incumplen reiteradamente el pago de las cuotas de alquiler, requiere, a falta de otra habilitación legal, el consentimiento de las personas titulares de los datos, que tendrá que ser expreso en caso de que se comuniquen datos especialmente protegidos (artículo 7 LOPD).
18/07/2014
Total de páginas: 2