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Se han encontrado 13 resultados con los descriptores Poder judicial
Entrega de documentación judicial por parte de agentes de la policía local.
IP 455/2021
En virtud del deber de auxilio judicial previsto en los artículos transcritos en el apartado anterior, procede afirmar que la notificación practicada por el agente de la policía local no contravino la normativa de protección de datos, dado que se llevó a cabo en cumplimiento de una obligación legal. Al respeto, procede destacar que tampoco existen indicios que permitan sostener que, personal no autorizado, habría accedido en la referida documentación.
06/07/2022
Solicitud de la historia clínica de un paciente por parte del Ministerio Fiscal
CNS 25/2021
Desde el punto de vista de la normativa de protección de datos, el Ministerio Fiscal dispone de habilitación suficiente para solicitar a un centro asistencial la información de la historia clínica de un determinado paciente que pueda ser relevante a la hora de promover un procedimiento judicial sobre la capacidad de una persona.
07/05/2021
Aportación de datos médicos a procesos judiciales
CNS 7/2018
Desde la perspectiva del régimen de comunicación de datos personales previsto al LOPD, hay habilitación legal suficiente al artículo 11.2.a) del LOPD en relación con las normas contenidas en la legislación de Sanidad (art. 16.3 y art. 83 LGS), Seguridad Social (DA decena LGSS) y en el LICS (arte 15.1 LICS ), así como con el artículo 24 de la CE para la comunicación de datos personales de salud adecuados, pertinentes y no excesivos, que se tengan que incorporar a las demandas judiciales de reclamación de los importes de los servicios asistenciales prestados por los centros públicos de salud a las compañías aseguradoras, sin el consentimiento del interesado ni el requerimiento de la autoridad judicial. Una vez sea aplicable el RGPD, la base jurídica para estos tratamientos está prevista en el artículo 9.2.h) y 9.2.f) del RGPD con los límites establecidos por el artículo 5 del RGPD, en concreto el principio de minimización de los datos. Por lo tanto, esta habilitación tendrá que estar limitada a aquellos datos mínimos imprescindibles para el cumplimiento de las finalidades pretendidas para aquellos tratamientos.
07/03/2018
Comunicación de información relativa a la participación de abogados y procuradores en procedimientos judiciales en los años 2014, 2015 y 2016
CNS 3/2018
Corresponde al CGPJ la competencia sobre la adecuación de la comunicación de información contenida en ficheros jurisdiccionales, como la relativa a las intervenciones de abogados y procuradores en procedimientos judiciales durante los años 2014 a 2016, a la Administración Tributaria.
08/02/2018
Cesión de datos de un abogado colegiado en un juzgado
CNS 37/2017
La entrega del número de identificación fiscal de uno colegiado por parte del Ilustre Colegio de Abogados a un Juzgado constituye una comunicación de datos que tiene que sujetarse en lo que establece el arte. 11 de la LOPD. Esta comunicación a requerimiento de un Juez para la el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas, se adecua a la normativa de protección de datos, ya que tiene la habilitación legal en el artículo 11.2.d) del LOPD y al artículo 17.1 del LOPJ.
24/07/2017
Informe en relación con el Proyecto de orden por el cual se crea la Seu judicial electrónica de Cataluña
PD 4/2017
02/06/2017
- ÁMBITO SECTORIAL
- Administración electrónica
- AUTORIDADES PROTECCIÓN DATOS
- Autoridad Catalana Protección Datos
- Ámbito actuación
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración autonómica
- Poder judicial
- MEDIDAS SEGURIDAD
- REGISTRO PROTECCIÓN DATOS CATALUÑA
- Ficheros datos
- Ficheros titularidad pública
- Inscripción ficheros
- RESPONSABLE TRATAMIENTO
Comunicación de datos de personas en situaciones de riesgo de exclusión social por parte de los órganos judiciales a los servicios sociales municipales
CNS 55/2015
Los órganos judiciales pueden requerir la colaboración de los servicios sociales competentes cuando, durante la tramitación de los procedimientos de ejecución hipotecaria o de desahucio por impago de alquiler, tengan indicios razonables de que la persona demandada y su unidad familiar se encuentran en situación de especial vulnerabilidad o riesgo de exclusión social, a los efectos de llevar a término el desahucio. A tal efecto, pueden ceder a los servicios sociales la identidad, el domicilio y la situación derivada del proceso judicial en que puedan encontrarse los afectados, al ser un tratamiento de datos necesario para el cumplimiento de la misión de interés público que la Ley 12/2007 atribuye a los servicios sociales.
19/11/2015
Cesión de datos de un Consorcio hospitalario en un Ayuntamiento en materia de protección de menores
CNS 26/2013
Diversas habilitaciones legitiman la comunicación de datos del menor, incluyendo también datos de los padres o tutores, entre otros, de salud, del Consorcio Hospitalario en el Ayuntamiento, para el cumplimiento de las competencias municipales en materia de protección de menores, sin consentimiento de los afectados. Sólo se pueden comunicar los datos que puedan resultar pertinentes y relevantes en cada caso, para la concreta situación de riesgo en que se encuentre un menor, o para la concreta intervención del Ayuntamiento. La comunicación de datos a las autoridades judiciales puede estar habilitada por el artículo 11.2.d) de la LOPD, mientras que la comunicación de datos en la DGAIA puede estar habilitada por el artículo 21 de la LOPD y el artículo 24.2 de la Ley 14/2010.
03/05/2013
- ÁMBITO SECTORIAL
- Salud
- Historia clínica
- Servicios sociales
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración autonómica
- Administración local
- Ayuntamiento
- Centro sanitario
- Jueces y tribunales
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos menor
- Datos sensibles
- Datos salud
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración autonómica
- Administración local
- Ayuntamiento
- Centro sanitario
- Poder judicial
- PRINCIPIOS
- Principio calidad
- TRANSPARENCIA
- Derecho acceso información
Cesión por parte de un Colegio profesional en los Juzgados y Tribunales del listado de colegiados inhabilitados profesionalmente
CNS 43/2012
El Colegio dispone de suficiente habilitación legal para comunicar el listado de colegiados inhabilitados en el TSJC, sin tener que disponer del consentimiento de los afectados. Hace falta tener en cuenta las exigencias derivadas del principio de calidad y, si pega, regular los ficheros correspondientes. Se recomienda que s’estudiï la posibilidad de dar acceso a los juzgados de Cataluña a la información de los colegiados disponible a la ventanilla única, específicamente, la relativa a la “situació d’habilitació professional” (artículo 10 de la Ley 2/1974).
02/10/2012
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración corporativa
- Colegios profesionales
- Jueces y tribunales
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos sensibles
- Datos sensibles
- Infracciones penales administrativas
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración corporativa
- Colegios profesionales
- Poder judicial
- PRINCIPIOS
- Principio calidad
- REGISTRO PROTECCIÓN DATOS CATALUÑA
- Inscripción ficheros
Cesión de datos con la finalidad de prestar auxilio judicial internacional
CNS 21/2011
La entrega a un Consulado para dar cumplimiento a un exhorto internacional de los datos relativos a la situación laboral de un trabajador constituye una comunicación de datos, y se tiene que efectuar de acuerdo con el artículo 11 de la LOPD. La habilitación para la comunicación puede derivar de la existencia de tratados internacionales que prevean esta comunicación, siempre que se cumpla el procedimiento y los requisitos establecidos en estas normas. Cuándo la transferencia se lleve a cabo con el fin de prestar o solicitar auxilio judicial internacional, no resulta necesaria la autorización del Director del AEPD, de acuerdo con lo que establece el artículo 34.b) de la LOPD.
06/06/2011
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