La entrega del número de identificación fiscal de uno colegiado por parte del Ilustre Colegio de Abogados a un Juzgado constituye una comunicación de datos que tiene que sujetarse en lo que establece el arte. 11 de la LOPD. Esta comunicación a requerimiento de un Juez para la el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas, se adecua a la normativa de protección de datos, ya que tiene la habilitación legal en el artículo 11.2.d) del LOPD y al artículo 17.1 del LOPJ.