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Se han encontrado 68 resultados con los descriptores REGISTRO PROTECCIÓN DATOS CATALUÑA
Creación y modificación de ficheros de una Universidad privada vinculados al ejercicio de funciones públicas
CNS 7/2009
Creación y modificación de los ficheros de una Universidad privada vinculados al ejercicio de funciones públicas. Todos los ficheros creados por la Fundación titular de una Universidad privada que forma parte del sistema universitario de Cataluña se consideran ficheros privados, ex artículo 5.1 l) del RLOPD, por lo que el régimen jurídico aplicable es el previsto en el capítulo II de la LOPD (artículos 25 a 32), así como, en cuanto a la notificación e inscripción de los ficheros, en el capítulo II del título V del RLOPD. La creación, modificación o supresión de ficheros se deberá hacer de acuerdo con las normas de organización y funcionamiento de la propia Universidad (no siendo aplicables los artículos 20.1 de la LOPD y 52 del RLOPD), y los ficheros se tendrán que inscribir en el Registro de Protección de Datos de Cataluña.
01/01/2009
Creación y modificación de ficheros de una Universidad privada vinculados al ejercicio de funciones públicas
CNS 8/2009
Creación y modificación de los ficheros de una Universidad privada vinculados al ejercicio de funciones públicas. Todos los ficheros creados por la Fundación titular de una Universidad privada que forma parte del sistema universitario de Cataluña se consideran ficheros privados, ex artículo 5.1 l) del RLOPD, por lo que el régimen jurídico aplicable es el previsto en el capítulo II de la LOPD (artículos 25 a 32), así como, en cuanto a la notificación e inscripción de los ficheros, en el capítulo II del título V del RLOPD. La creación, modificación o supresión de ficheros se deberá hacer de acuerdo con las normas de organización y funcionamiento de la propia Universidad (no siendo aplicables los artículos 20.1 de la LOPD y 52 del RLOPD), y los ficheros se tendrán que inscribir en el Registro de protección de Datos de Cataluña.
01/01/2009
Implantación de un sistema de control horario mediante la huella dactilar en una Administración pública
CNS 9/2009
Implantación de un sistema de control horario mediante la huella dactilar por parte de una Administración pública. La huella dactilar tiene la consideración de dato personal (artículos 3 a) de la LOPD y 5.1 f) del RLOPD). Su tratamiento se considera conforme a los principios de proporcionalidad y calidad de los datos (artículo 4 de la LOPD), por ser un tratamiento adecuado, pertinente y no excesivo en relación con la finalidad de controlar el cumplimiento del horario de los trabajadores, sin ser necesario contar con su consentimiento (artículo 6.2 de la LOPD). Sin embargo, se tendrán que cumplir los demás principios y obligaciones de la LOPD, especialmente, el deber de informar (artículo 5 de la LOPD), la creación y la inscripción del fichero (artículo 20 de la LOPD) y la adopción de medidas de seguridad exigibles, así como, en su caso, la aplicación de medidas adicionales en atención a la naturaleza de la información tratada y los riesgos previsibles.
01/01/2009
Adecuación a la protección de datos de un proyecto sobre violencia doméstica y de género
CNS 35/2009
En el Proyecto de Registro de víctimas de violencia doméstica y de género examinado, se deben tener en cuenta diversos principios y obligaciones de la LOPD. La ley exige que se definan las finalidades y los usos a los que se quiera dar cumplimiento, ya que condicionan el tratamiento que se puede hacer de la información personal. Hay que concretar y especificar los datos personales que se tratarán, especialmente los calificados como sensibles, y establecer, en relación con la normativa sectorial aplicable, en qué casos hay que obtener el consentimiento de los interesados. Hay que concretar los flujos informativos que se producirán, así como crear e inscribir los correspondientes ficheros y aplicar las medidas de seguridad de nivel alto.
01/01/2009
- ÁMBITO SECTORIAL
- ÁMBITO SECTORIAL
- Servicios sociales
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración autonómica
- Administración local
- Ayuntamiento
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos sensibles
- Datos salud
- Infracciones penales administrativas
- Violencia género
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración autonómica
- Administración local
- Ayuntamiento
- MEDIDAS SEGURIDAD
- PRINCIPIOS
- REGISTRO PROTECCIÓN DATOS CATALUÑA
Petición de información sobre la naturaleza del fichero de «Precolegiados» de un colegio profesional
PET 3/2009
Corresponde a la Agencia Catalana de Protección de Datos la inscripción de los ficheros de titularidad de los colegios profesionales que tengan su ámbito de actuación en Cataluña, con independencia de la naturaleza pública o privada de los mismos. El fichero de «Precolegiados» del colegio profesional que formula la consulta no reúne los requisitos necesarios para poder ser calificado de naturaleza pública, dado que no está vinculado al ejercicio de potestades públicas.
01/01/2009
Petición de información sobre la naturaleza del fichero de «Particulares» de un colegio de abogados
PET 4/2009
Corresponde a la Agencia Catalana de Protección de Datos la inscripción de los ficheros de titularidad de los colegios profesionales que tengan su ámbito de actuación en Cataluña, con independencia de la naturaleza pública o privada de los mismos. El fichero de «Particulares» del colegio que plantea la consulta, con la finalidad de recoger currículos y gestionar actividades de formación para personas que pueden ser o no miembros del colegio, no reúne los requisitos necesarios para poder ser calificado de naturaleza pública, dado que no está vinculado al ejercicio de potestades públicas.
01/01/2009
Petición de información sobre la naturaleza de un fichero de la AMPA de un colegio público situado en Cataluña
PET 5/2009
La autoridad competente para la inscripción y el control del fichero «Datos asociados», creado por la Asociación de Madres y Padres de Alumnos del Colegio Público [...], es la Agencia Catalana de Protección de Datos, según el artículo 156.b) del EAC, ya que es un fichero que se crea para el ejercicio de las funciones públicas educativas que la AMPA tiene asignadas; estas funciones están relacionadas con la Educación, que es una materia sobre la que la Generalitat tiene competencias (artículo 131 del EAC), y el tratamiento se efectúa en Cataluña. El fichero analizado es un fichero privado, dado que el ente que lo ha creado, la Asociación de Madres y Padres de Alumnos del Colegio Público [...], tiene naturaleza jurídico-privada. Por consiguiente, hay que inscribirlo en el Registro de Protección de Datos de Cataluña como fichero privado.
01/01/2009
Petición de información sobre la creación de varios ficheros de datos de carácter personal de un colegio profesional
PET 6/2009
Corresponde a la Agencia Catalana de Protección de Datos la inscripción de los ficheros de titularidad de los colegios profesionales que tengan su ámbito de actuación en Cataluña, con independencia de la naturaleza pública o privada de los mismos. Sólo pueden ser calificados como ficheros de naturaleza pública los ficheros incluidos en la propuesta que están estrictamente vinculados al ejercicio de funciones públicas.
01/01/2009
Petición de información sobre la naturaleza de determinados ficheros de las Cámaras de Comercio
PET 8/2009
Corresponde a la Agencia Catalana de Protección de Datos la Inscripción de los ficheros de titularidad de las Cámaras de Comercio, industria y navegación que tengan su ámbito de actuación a Cataluña, con independencia de la naturaleza pública o privada de los mismos. Sólo pueden ser calificados como ficheros de naturaleza pública los ficheros incluidos a la propuesta de que están estrictamente vinculados en el ejercicio de funciones públicas.
01/01/2009
- AUTORIDADES PROTECCIÓN DATOS
- Autoridad Catalana Protección Datos
- Ámbito actuación
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración corporativa
- Administración corporativa
- Cámaras de Comercio, Industria y Navegación
- REGISTRO PROTECCIÓN DATOS CATALUÑA
- Ficheros datos
- Ficheros titularidad privada
- Ficheros titularidad pública
- Inscripción ficheros
Petición de información sobre la competencia de la Agencia para la inscripción de ficheros de una federación deportiva catalana
PET 11/2009
Corresponde a la Agencia Catalana de Protección de Datos la inscripción en el Registro de Protección de Datos de Cataluña de los ficheros de titularidad de una federación deportiva catalana.
01/01/2009
Total de páginas: 7