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Se han encontrado 27 resultados con los descriptores Documento Nacional Identidad
Acceso electrónico a datos de salud sin certificado electrónico
CNS 29/2012
L’ús del certificado digital o del DNI electrónico para acceder a información sensible, como los datos de salud, no s’estableixen ni en la LAECSP ni en el RLOPD como las únicas tecnologías que garantizan el cumplimiento de las medidas de seguridad de nivel alto para la identificación y l’autenticació d’usuaris. Si bien desde el punto de vista de la normativa de protección de datos siempre será preferible el sistema que ofrezca mayores garantías de seguridad, como la utilización de mecanismos basados en certificados electrónicos, se pueden utilizar otros sistemas d’accés a los datos contenidos en la carpeta personal de salud, sistemas robustos d’identificació y autenticación, como usuario y contraseña, siempre que la política de seguridad implantada garantice la confidencialidad.
14/06/2012
Identificación y autenticación para acceder en un campus virtual
CNS 4/2012
El uso de un sistema de identificación y de autenticación para acceder en el campus virtual de una universidad basado en un login y una contraseña se considera un mecanismo adecuado, si bien siempre que la seguridad en el acceso pueda verse comprometida habrá que facilitar un nuevo login y/o contraseña a los participantes de este espacio. La publicación del numero del DNI, junto con el nombre y apellidos de un alumno, dentro del campus virtual sólo será posible si se cuenta con su consentimiento o si se da el caso excepcional de que dos participantes matriculados en la misma asignatura comparten los mismos nombres y apellidos. En este último caso, la publicación no se podrá llevar a cabo de manera íntegra, oye recomendable utilizar las últimas cuatro cifras, o bien optar por la utilización de otros tipos de identificadores.
13/02/2012
Utilización del número de DNI como login y publicación del número de DNI en una web de acceso restringido
CNS 28/2011
Un sistema de identificación para acceder a la parte restringida de una web, basado exclusivamente en un usuario coincidente con el número de DNI no es un sistema adecuado de identificación y autenticación. La publicación del número de DNI en un espacio de formación que no tiene por objeto dar a conocer los resultados de las evaluaciones no encuentra habilitación legal a la disposición adicional 21ª, punto 3, de la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
13/07/2011
Inclusión del número de DNI a los comunicados de baja laboral
CNS 24/2011
Los Centros de Atención Primaria pueden recoger y tratar el dato personal correspondiente al número de DNI de un paciente para la grabación correcta del comunicado de baja laboral, en la medida que, de acuerdo con el principio de calidad de los datos, se trata de un dato adecuada, pertinente y no excesiva para el cumplimiento de esta finalidad, y tienen que conservarla durante el tiempo que sea estrictamente necesario para gestionar la correspondiente baja laboral.
20/06/2011
Publicación de notificaciones en materia de tráfico
CNS 20/2011
La publicación en un diario oficial de datos de personas presuntamente infractoras en materia de tráfico, constituye una comunicación de datos personales a efectos de la LOPD, que encuentra habilitación en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992. Examinada la normativa vigente en materia de tráfico y procedimiento administrativo, se considera que, en este caso, resulta adecuada a la LOPD la publicación de los datos relativos al nombre y apellidos de la persona infractora, con las cuatro últimas cifras del número de DNI, junto con una identificación del número de expediente y una referencia genérica al trámite que se notifica.
08/06/2011
- ÁMBITO SECTORIAL
- Procedimiento administrativo
- Procedimiento sancionador
- Tránsito
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos identificativos
- Documento Nacional Identidad
- Datos sensibles
- Datos sensibles
- Infracciones penales administrativas
- Número matrícula vehículo
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- PRINCIPIOS
- Principio calidad
- Proporcionalidad
Cesión de datos personales a una empresa prestadora del servicio de abastecimiento de agua potable
CNS 37/2010
El Ayuntamiento está legitimado para comunicar el dato NIF de las personas abonadas al servicio de abastecimiento de agua, contenido en el Padrón de Habitantes, a la empresa suministradora, para que esta gestione el cobro de la tasa por el servicio municipal de abastecimiento de agua, solamente si se cuenta con el consentimiento de las personas afectadas (art. 11 LOPD). Asimismo, el Ayuntamiento está legitimado para comunicar el dato NIF de las personas abonadas al servicio de abastecimiento de agua, contenido en el fichero del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, a la empresa suministradora, para que esta gestione el cobro de ingresos de naturaleza tributaria, de acuerdo con lo que establece el artículo 95 de la LGT, siempre que el Ayuntamiento haya establecido un contrato de encargado del tratamiento con la empresa concesionaria (art. 12 LOPD).
01/01/2010
- ÁMBITO SECTORIAL
- Abastecimiento agua
- Padrón municipal habitantes
- Servicios públicos
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- Encargado tratamiento
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos identificativos
- Documento Nacional Identidad
- ENCARGADO TRATAMIENTO
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- Concesionarios
Instalación de cajeros electrónicos para realizar algunos trámites administrativos, entre otros la obtención de volantes de empadronamiento
CNS 21/2008
La utilización de terminales electrónicos que permitan obtener volantes de empadronamiento directamente por los ciudadanos constituye un servicio de Administración electrónica cuya admisibilidad, en principio, no plantearía problemas desde el punto de vista de la normativa de protección de datos, siempre que se adopten las medidas adecuadas para garantizar la identificación y autenticación de las personas que utilicen este servicio. En este sentido, se recomienda la utilización de sistemas basados en el DNI electrónico u otros sistemas de firma electrónica avanzada. Dada la naturaleza de los datos tratados, también podría ser admisible un sistema de identificación del usuario basado en una contraseña o un PIN previamente otorgado por el Ayuntamiento.
01/01/2008
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