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Se han encontrado 48 resultados con los descriptores OBLIGACIONES
Sistema de notificación sin aplicar las medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar que, por defecto, sólo se traten los datos personales necesarios para la finalidad del tratamiento.
61/2020
El Ayuntamiento practicaba las notificaciones a los ciudadanos del municipio sin aplicar ninguna medida de protección que impidiera el acceso al contenido del documento a notificar, de manera que el agente notificador podía acceder al contenido íntegro de la notificación. Asimismo, para acreditar la práctica de la notificación facilitaba al agente notificador una copia del documento a notificar que tenía que firmar al destinatario.
25/03/2021
Desarrollo de un modelo matemático para la prevención de epidemias y pandemias
CNS 12/2021
El cruce de datos anonimizados procedentes de diferentes fuentes con el fin de desarrollar un modelo matemático para la prevención de epidemias y pandemias podría acabar identificando personas concretas, por lo cual hace falta medir, evaluar y gestionar este riesgo de reidentificación adoptando las medidas adecuadas para reducirlo.
23/03/2021
Posibilidad de comunicarse los jardines de infancia con las familias a través de diversas aplicaciones informáticas
CNS 3/2021
El centro educativo o, si procede el ayuntamiento del cual dependa el jardin de infancia, es el responsable del tratamiento de los datos de los alumnos y de los padres, mientras que las empresas proveedoras de las aplicaciones objeto de la consulta serian encarregadas del tratamiento de estos datos. La utilización de las aplicaciones para la comunicación con los padres ligada al ejercicio de las funciones educativas y orientadoras, puede encontrar cobertura en el articulo 6.1.e) en relación con las previsiones de la LOE. En el caso que el tratamiento se quiera basar en el consentimiento, para que éste sea válido, los padres han de disponer de alternativas para poder seguir la agenda y las comunicaciones de la escuela, sin que ello les comporte un perjuicio.
25/02/2021
Notificación de una violación de seguridad.
IP 400/2020
El responsable del tratamiento tiene que notificar cualquier violación de la seguridad de los datos personales a la Autoridad en un plazo máximo de 72 horas después de que haya tenido constancia. En el presente caso, no se incumplió dicho plazo.
21/01/2021
Implantación de un sistema de firma biométrica.
38/2020
Para tratar datos biométricos hace falta que contribuya alguna de las circunstancias previstas al artículo 9.2 RGPD que permiten el tratamiento de categorías especiales de datos. Con carácter previo a iniciar el tratamiento, es necesario realizar una evaluación de impacto relativa a protección de datos, cuando el tratamiento comporte un riesgo alto. En la recogida de los datos se tiene que hacer efectivo el derecho de información.
02/12/2020
Instalación de cámaras de videovigilancia a la piscina municipal, al polideportivo municipal y en el Castell
CNS 38/2020
El Ayuntamiento podría contar con una base jurídica suficiente para llevar a cabo el tratamiento de imágenes a través de cámaras de videovigilancia en los espacios a que hace referencia la consulta, atendida la previsión del artículo 6.1.e) de la RGPD, en conexión con el artículo 22 del LOPDGDD, si se hace en los términos de los apartados 1 y 2 de este artículo. En cuanto al procedimiento a seguir para considerar el sistema de videovigilancia adecuado a la normativa de protección de datos, habrá que cumplir con los principios y obligaciones establecidas en la normativa de protección de datos (RGPD y LOPDGDD) y, si procede, en la Instrucción 1/2009.
30/11/2020
Incidente de seguridad notificado a la Autoridad
IP 198/2019
A pesar de haberse evidenciado que en el momento de producirse los hechos objeto de notificación de la violación de seguridad, el responsable del tratamiento no tenía implementadas las medidas de seguridad adecuadas, teniendo en cuenta que estas se implementaron cerca el incidente, los riesgos que se podían derivar y que la Autoridad tuvo conocimiento de los hechos cerca la notificación efectuada por el responsable, corresponde descartar la incoación de un procedimiento sancionador y acordar el archivo.
14/10/2020
Dictamen en relación con la "Guía sobre la protección de datos personales en el ámbito universitario en tiempos del COVID-19" elaborada por la CRUE
CNS 17/2020
Dictamen en relación con la “Guía sobre la protección de datos personales en el ámbito universitario en tiempos del COVID-19” elaborada por la CRUE
29/04/2020
Evaluación de impacto respecto de la gestión de los recursos humanos de un Ayuntamiento
CNS 7/2020
El Ayuntamiento formula una consulta sobre la necesidad o no de realizar la Evaluación de Impacto relativa a la protección de datos del tratamiento de gestión de recursos humanos que lleva a cabo este Ayuntamiento. El tratamiento de datos de salud y de antecedentes penales descrito a la consulta, con motivo del tratamiento de los datos de los recursos humanos del Ayuntamiento no requiere una evaluación de impacto relativa a la protección de datos. No obstante, si la utilización de datos biométricos se quiere iniciar o se ha iniciado con posterioridad al 25 de mayo de 2018, sería necesario hacer una evaluación de impacto relativa a la protección de datos respecto de esta parte del tratamiento.
15/04/2020
Acceso no justificado a datos policiales.
45/2019
El acceso de los agentes de policía en los ficheros policiales tiene que estar justificado en el ejercicio de sus funciones. La violación de seguridad se tiene que notificar a la Autoridad.
13/02/2020
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