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Se han encontrado 48 resultados con los descriptores OBLIGACIONES
Comunicación de información anonimizada del Padrón municipal para la elaboración de una herramienta predictiva en materia de servicios sociales
CNS 15/2022
La comunicación de información anonimizada del Padrón municipal a una empresa pública para la elaboración de una herramienta predictiva en materia de servicios sociales no requeriría de una base jurídica que la legitimara, al no resultar de aplicación en estos casos la legislación de protección de datos. Ahora bien, es necesario velar para que el proceso de anonimización aplicado garantice que las personas físicas afectadas no podrán ser identificadas por terceros sin esfuerzos desproporcionados, así como evaluar los riesgos de una eventual reidentificación posterior de estas personas y, en su caso, adoptar las medidas adecuadas para mitigarlo.
16/06/2022
No se informó que la autoridad designara al delegado de protección de datos
PS 40/2021
El acuerdo de inicio fue acusado del Departamento de Agricultura (ahora, Departamento de Acción Climática, Alimentos y Agenda Rural) dos violaciones: a) La violación del principio de legalidad por haber accedido a lo personal tiene una base legal que lo legitimó;
22/02/2022
Implantación de un sistema de control horario mediante reconocimiento facial
CNS 2/2022
El consentimiento del personal afectado no puede considerarse una base jurídica adecuada para la implantación de un sistema de control horario mediante reconocimiento facial como lo que se describe en la consulta. Sería necesaria la previsión de este sistema de control en una disposición legal o en un convenio colectivo aplicable, o si procede, en un pacto o acuerdo resultado de la negociación colectiva, circunstancias que no parece que concurran en el caso analizado. En cualquier caso, antes de la implantación de un sistema de este tipo, hace falta hacer una evaluación del impacto sobre la protección de datos a la vista de las circunstancias concretas en que se lleve a cabo el tratamiento para determinar la licitud y la proporcionalidad, incluida el análisis de la existencia de alternativas menos intrusivas, y establecer las garantías adecuadas.
02/02/2022
Grabaciones con cámaras al exterior de una microdeixaieria.
PS 50/2021
Se amonesta un Ayuntamiento como responsable de 4 infracciones: 1) para captar imágenes de la vía pública mediante las cámaras instaladas al exterior de la microdesechería, de manera desproporcionada (se captaba la vía pública más allá del que resulta imprescindible); 2) para utilizar las imágenes captadas con fines de seguridad para identificar la persona que no había depositado correctamente unos residuos; 3) Porque lo RAT no incluye toda la información preceptiva y contiene información inexacta; y 4) Por no informar de forma completa a las personas afectadas.
01/02/2022
Implementación de un sistema de recogida de residuos puerta a puerta
CNS 60/2021
La elección del modelo de recogida selectiva más adecuado al municipio requiere de una evaluación de impacto relativa a la protección de datos. El Ayuntamiento, en atención a las competencias que tiene atribuidas en materia de gestión de residuos, estaría legitimado para llevar a cabo los tratamientos de datos que se derivan de la implantación del sistema de recogida selectiva. Sin embargo, a falta de previsión legal específica, la elaboración de perfiles que produzcan efectos jurídicos en la persona usuaria del servicio o que le afecten significativamente de manera similar, requiere contar con el consentimiento explícito de las personas afectadas. La participación de terceros en la implementación de este sistema requiere la formalización de un contrato de encargado y, si procede, subencargado, así como, si procede, el cumplimiento de las obligaciones establecidas al respecto en la LCSP.
01/02/2022
- ÁMBITO SECTORIAL
- Servicios públicos
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos seudonimizados
- ENCARGADO TRATAMIENTO
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- OBLIGACIONES
- Evaluación impacto
- PRINCIPIOS
- Principio licitud
- Consentimiento
- Misión en interés público o ejercicio de poderes públicos
- Principio minimización
Comunicación institucional a través de un grupo de .
28/2021
En la recogida de los datos hay que facilitar toda la información prevista al artículo 13 del RGPD. En cumplimiento de las obligaciones de protección de datos en el diseño, el responsable del tratamiento tiene que adoptar las medidas técnicas y organizativas adecuadas para aplicar de manera efectiva los principios de protección de datos, entre los cuales el principio de confidencialidad. En el presente caso, no se garantizaba que las personas que se unieron al grupo de WhatsApp creado por el Ayuntamiento, no pudieran acceder al número de móvil, foto de perfil y nombre de usuario del resto de miembros.
13/09/2021
Adecuación de un sistema de videovigilancia a la normativa de protección de datos
CNS 42/2021
La normativa de protección de datos no da habilitación suficiente al Ayuntamiento para instalar un sistema de videovigilancia en la vía pública con finalidad de controlar y, si procede, ejercer la potestad sancionadora respecto de conductas incívicas relativas al vertido de residuos en las áreas de recogida. En caso de que el Ayuntamiento instale un sistema de videovigilancia en espacios de recogida de residuos cerrados y delimitados, y no en la vía pública, habría que dar cumplimiento a los principios y garantías de la normativa de protección de datos personales en los términos previstos en el RGPD, la LOPDGDD y la Instrucción 1/2009.
03/09/2021
Desarrollo de una aplicación para teléfonos móviles para recoger información en el marco de proyectos de investigación
CNS 26/2021
El proceso de anonimización propuesto no permitiría garantizar un tratamiento de datos anónimos en el seno del Proyecto a desarrollar por la Universidad. Sin embargo, podría plantearse la opción de articular el tratamiento sobre la base del consentimiento explícito de las personas afectadas, sin perjuicio de la adopción de las medidas apropiadas para garantizar que este tratamiento se adecua al RGPD, como por ejemplo, facilitar una información detallada y clara al respecto, y aplicar las medidas señaladas al dictamen para dificultar la reidentificación.
02/06/2021
Estudio universitario a alumnos de institutos.
74/2020
La recogida de datos tiene que respetar el principio de lealtad. Para el tratamiento de categorías especiales de datos, es necesario que contribuya alguna de las circunstancias previstas al artículo 9.2 RGPD. En la recogida de datos se tiene que hacer efectivo el derecho de información. Para determinar las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar la seguridad de los datos, hay que efectuar uno análisis de riesgos. Con carácter previo al tratamiento, hay que realizar una evaluación de impacto relativa a la protección de datos cuando el tratamiento comporte un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas afectadas. El delegado de protección de datos tiene que participar de manera adecuada y en el momento oportuno en todas las cuestiones relativas a la protección de datos personales.
21/05/2021
Instalación de cámaras en el municipio con finalidad de videovigilancia
CNS 21/2021
En el caso particular, el Ayuntamiento podría contar con una base jurídica suficiente para la captación de imágenes a través de cámaras de videovigilancia en los espacios relativos a la zona deportiva interior y exterior por motivos de seguridad, vista la previsión del artículo 6.1.e) del RGPD, en conexión con el artículo 22 de la LOPDGDD. Esta habilitación no se puede descartar que exista en el caso de la sala polivalente, aunque en este caso a priori no parece clara la justificación de su finalidad en base a motivos de seguridad. A tal efecto, habrá que atender a los principios y obligaciones establecidas en la normativa de protección de datos (RGPD y LOPDGDD) y, si procede, en la Instrucción 1/2009. El sistema de videovigilancia de la zona delante del Ayuntamiento, zona de aparcamiento y la zona de los contenedores de residuos domésticos de los vecinos, por motivos de seguridad se rige por la normativa reguladora de la videovigilancia policial, en los términos expuestos.
28/04/2021
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