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Se han encontrado 65 resultados con los descriptores Policial
Desatención del derecho de supresión de datos de antecedentes policiales.
PT 92/2022
Se declara extemporánea la resolución de la Dirección General de la Policía que estima la solicitud de supresión de los datos personales contenidos al fichero SIP PF de la persona reclamante, sin entrar en otras consideraciones respeto el fondo, puesto que la DGP ha resuelto suprimir sus datos.
09/11/2022
Desatención del derecho de supresión de datos de antecedentes policiales.
PT 95/2022
Se declara extemporánea la resolución de la Dirección General de la Policía que estima la solicitud de supresión de los datos personales contenidos al fichero SIP PF de la persona reclamante, sin entrar en otras consideraciones respeto el fondo, puesto que la DGP ha resuelto suprimir sus datos.
03/11/2022
Desatención del derecho de supresión de los datos de antecedentes policiales.
PT 81/2022
La persona reclamante solicitó a la DGP la supresión de sus datos de antecedentes policiales referentes a un presunto delito de usurpación de bienes inmuebles. Se declara extemporánea la respuesta dada por la DGP a la persona reclamante , dado que se agotó con creces el plazo previsto a la normativa, porque la DGP dictara y notificara la resolución a la persona reclamante. No se entra en el fondo, dado que la resolución de la DGP ha estimado la petición de supresión de los datos de la persona reclamante.
19/10/2022
Derecho supresión datos de antecedentes policiales.
PT 78/2022
La persona reclamante centra su reclamación en la cancelación de los datos personales relativos a hechos sucedidos mientras era menor de edad y manifiesta que cada vez que lo para la policía aparecen estos datos. La DGP ha aseverado que los datos de la persona reclamante se cancelaron cuando la persona logró la mayoría de edad. Se declara extemporánea la respuesta de la DGP, donde se informa que se ha hecho efectiva la cancelación de los datos solicitada por la persona reclamante, y desestima respeto el fondo, al haberse hecho efectivo el derecho de la persona reclamante.
07/10/2022
Desatención supresión de datos de antecedentes policiales.
PT 66/2022
Se declara extemporánea la resolución de la DGP que estima la solicitud de supresión de los datos personales contenidos al fichero SIP de la persona reclamante, sin entrar en otras consideraciones respeto el fondo puesto que la DGP ha resuelto suprimir sus datos personales y se requiere la DGP para que acredite haber hecho la notificación de la resolución estimatoria a la dicha persona.
28/07/2022
Desatención del derecho de supresión.
PT 61/2022
Se declara extemporánea la respuesta de la DGP, donde se informa que se ha hecho efectiva la supresión de los datos solicitada por la persona reclamante. Se desestima la reclamación de tutela formulada por la persona reclamante contra la DGP.
28/07/2022
Supresión de datos de actividades formativas realizadas a la ISPC.
PT 49/2022
La persona reclamante solicitó la supresión de sus datos vinculados a unas actividades formativas, y también pedía que se comunicara a eventuales terceros destinatarios la supresión de los referidos datos. Se desestima la reclamación de tutela formulada por la persona reclamante contra el Instituto de Seguridad Pública de Cataluña, quitado por lo que respecta a la comunicación de la supresión de los datos a los eventuales destinatarios a los que las hubiera comunicado previamente. Se requiere al ISPC para que comunique los datos que han sido suprimidas a cada uno de los terceros destinatarios a los que se hubieran facilitado previamente, o bien, informe a la persona reclamante que los datos supresos no habían sido comunicadas a terceros, y en el mismo plazo de 10 días acredite a la Autoridad que ha dado cumplimiento a este requerimiento.
28/07/2022
Utilización de dispositivos GPS por control laboral.
PS 7/2022
Se amonesta el Ayuntamiento como responsable de una infracción muy grave por haber tratado datos personales de los agentes de su Policía Local obtenidas a través de la instalación de receptores de geolocalización (GPS) en varios vehículos policiales, sin haberlos informado previamente de los extremos previstos en el artículo 13 del RGPD, entre ellos, la finalidad del tratamiento (arte. 13.1.c RGPD). Y en particular, en cuanto a esta última información (arte. 13.1.c RGPD), sobre la posibilidad de tratar los datos obtenidos para el ejercicio de las funciones de control de los trabajadores (procedimiento disciplinario). En el acuerdo de iniciación se archivó la parte de la denuncia en lo referente al uso de grabaciones a través de cámaras de videovigilancia por control laboral, sin haber informado previamente, dado que no consta que a través de este sistema el Ayuntamiento haya tratado datos personales del agente denunciando por esta finalidad.
06/07/2022
Inclusión en un atestado policial del número de teléfono móvil personal de una abogada.
IP 235/2021
Se archiva la presente denuncia dado que no se dispone de elementos suficientes que permitan corroborar que el agente policial incluyó el dato personal, relativa en el teléfono móvil de la denunciante, al atestado policial, de manera contraria a la normativa de protección de datos.
31/05/2022
Se denunciaba que un policía local había fotografiado datos de un ciudadano con su móvil particular.
IP 370/2020
La persona denunciando, quien circulaba con su ciclomotor por encima de la acera de una calle de la ciudad de Barcelona, denunció que un guardia urbano había fotografiado, con su teléfono móvil particular, su DNI, su carné de conducir y la matrícula de su vehículo, si bien no aportó ninguna prueba de estos hechos. El Ayuntamiento lo negó, y señaló que el guardia urbano había recogido los datos identificativos a través del dispositivo facilitado por el Ayuntamiento (PDA), a efectos de rellenar el boletín de denuncia por infracción de tráfico, y que la tramitación de la denuncia no requería incorporar imágenes fotográficas. La Autoridad archivó la denuncia por carencia de prueba de los hechos denunciados, al considerar que las manifestaciones del Ayuntamiento resultaban verosímiles, teniendo en cuenta que el expediente administrativo tramitado, que el Ayuntamiento aportó ante la Autoridad, no contendía ninguna imagen, y por el contrario contendía el boletín de denuncia mencionada, que el guardia urbano rellenó con los datos del denunciante, en ejercicio de las funciones públicas encomendadas.
31/05/2022
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