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Se han encontrado 500 resultados con los descriptores Administración pública
Posibilidad de facilitar la base de datos personales de un centro cultural
CNS 5/2008
Se plantea una cesión de una base de datos, en conjunto, que contiene datos de carácter personal, a una Consejería de Educación de otra Comunidad Autónoma, a fin de dar información sobre una oferta educativa en catalán. La Administración autonómica catalana relacionada con la consulta no ejerce competencias en el ámbito educativo, sino de representación del Gobierno y de difusión cultural. Por consiguiente, no se dan los requisitos de identidad de competencias o materias que el artículo 21 de la LOPD exige para poder realizar la cesión sin el consentimiento de los titulares de los datos. Sería necesario pedir los correspondientes consentimientos de los titulares de los datos personales, o bien usar otros mecanismos informativos.
01/01/2008
Petición de acceso a datos realizada por parte de una universidad en relación con un estudio
CNS 6/2008
Análisis de la cesión de datos personales entre una Administración pública y una universidad para la realización de un estudio científico (artículos 11.2 e) y 21 de la LOPD y 9 del RLOPD). Aplicación necesaria de los principios de calidad de los datos y de incompatibilidad de la finalidad pretendida (artículo 4 de la LOPD). Análisis del concepto de estudio científico y de los requisitos necesarios para determinar que nos encontramos ante una finalidad científica. Imposibilidad de ceder los datos anonimizados para la realización del estudio, y necesidad de respetar el deber de secreto durante su realización y en la publicación de los resultados.
01/01/2008
Acceso de un concejal a determinados datos de los trabajadores del consistorio
CNS 7/2008
Confrontación del derecho a la protección de datos de carácter personal y el derecho de acceso a información municipal reconocido a los concejales de un Ayuntamiento para el cumplimiento de determinadas funciones. Conjunto de datos personales analizados: nombre, apellidos, antigüedad, categoría profesional y fecha de finalización del contrato. Reconocimiento del derecho de acceso a determinados datos del conjunto descrito; respecto a la antigüedad y la duración del contrato, se concluye que su comunicación se efectúe mediante disociación previa.
01/01/2008
Acceso a determinada información sobre llamadas realizadas por el equipo de gobierno municipal
CNS 9/2008
Los números de teléfono de servicios de tarificación adicional pueden constituir datos de carácter personal. Los concejales del consistorio tienen un derecho de acceso a la información y, por tanto, la facultad de consultar determinada documentación de la que dispone el Ayuntamiento. El acceso de los concejales a los números de tarificación adicional podría entenderse ajustado al principio de calidad si la finalidad en la que se fundamenta la petición se refiere a su función legítima de control y fiscalización. Dada la posibilidad de generar un perfil de determinadas personas, se recomienda valorar opciones para dar suficiente información sin identificar a la persona titular del teléfono.
01/01/2008
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- Regidores
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos empresariales individuales
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- PRINCIPIOS
- Principio calidad
- TRANSPARENCIA
- Derecho acceso información
- Regidores
Obtención y cesión de datos en el Proyecto de Decreto de ordenación de las enseñanzas de bachillerato
CNS 11/2008
Obtención y cesión de datos personales de alumnos entre centros educativos bajo los principios de seguridad y confidencialidad. La Ley Orgánica de Educación habilita la cesión de datos de alumnos entre centros educativos, siempre y cuando la cesión proceda del centro en el que haya estado escolarizado el alumno con anterioridad, y sólo en ejercicio de la función docente y orientadora. Se aconseja la introducción de los conceptos de la normativa de protección de datos durante los años de escolarización. De este modo se facilitaría la asunción de normas de comportamiento de carácter preventivo hacia la autodeterminación informativa y la utilización responsable de los medios tecnológicos y de comunicación.
01/01/2008
Cesión de datos de empleados de la Administración a un ente competente en materia de seguridad social
CNS 12/2008
Cesión de los datos telefónicos de empleados de una Administración pública al ente competente en materia de seguridad social para un reconocimiento médico. La gestión de personal comporta la necesaria cesión, al ente competente en materia de seguridad social, de datos personales de los empleados, pero la cesión objeto de consulta, sin consentimiento del empleado, puede exceder de la finalidad para la que se recogieron los datos y podría verse en peligro el derecho a la autodeterminación informativa. Y ello sin perjuicio de que, cuando el propio empleado lo haya aceptado, o en los casos en que la comunicación transmitida al domicilio no sea un medio apto para ponerse en contacto con la persona interesada, pueda resultar justificada la comunicación.
01/01/2008
Posibilidades de difusión de información municipal a través de Internet
CNS 13/2008
Conflictos entre el derecho de acceder a la información municipal y el derecho a la protección de datos de carácter personal. La publicación de las actas del Pleno y de la Junta de Gobierno, en la sede electrónica de una Administración pública, que contengan datos de carácter personal, puede constituir un tratamiento de datos, por lo que debe someterse a los principios y obligaciones de la LOPD. Con carácter general, no resulta justificada esta difusión, dado que falta una disposición legal que establezca expresamente que tal difusión es pertinente.
01/01/2008
Uso de determinados datos de carácter personal y posibilidades de cesión
CNS 14/2008
Procedimiento de actuación de un Pacto territorial y cesión al organismo autónomo competente en materia de ocupación. El procedimiento de actuación del Pacto debe fundamentarse no sólo en la observancia de los principios de calidad, información, consentimiento, seguridad y confidencialidad de los datos, sino también en el cumplimiento de obligaciones como la creación de los correspondientes ficheros y la inscripción en el Registro de Protección de Datos de Cataluña. El Pacto debe poner a disposición de los interesados un medio sencillo y gratuito que permita a éstos el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (derechos ARCO).
01/01/2008
Difusión de información que contenga datos de carácter personal a través de Internet
CNS 15/2008
Conflictos entre el derecho de acceder a la información municipal y el derecho a la protección de datos de carácter personal. La publicación de las actas del Pleno y de la Junta de Gobierno, en la sede electrónica de una Administración pública, que contengan datos de carácter personal, puede constituir un tratamiento de datos, por lo que debe someterse a los principios y obligaciones de la LOPD. Con carácter general, no resulta justificada esta difusión, dado que falta una disposición legal que establezca expresamente que tal difusión es pertinente. La publicación de la lista de admitidos en un procedimiento selectivo de una Administración local en el BOP y el DOGC será posible siempre y cuando la convocatoria lo contemple y se limite a los datos estrictamente necesarios.
01/01/2008
Cuestiones relativas al procedimiento de inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales de Cataluña
CNS 2/2008
Se estudia el procedimiento de inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales de Cataluña (REIC). Se analiza el tratamiento de datos personales referidos a empresarios individuales (artículo 2.3 del RLOPD) y los denominados «directorios de empresa» (artículo 2.2 del RLOPD). Determinados datos que se incluyen en el REIC tienen la condición de datos de carácter personal, y su tratamiento queda sometido a los principios y obligaciones de la LOPD y la demás normativa aplicable. El acceso a datos del Registro Mercantil por parte del órgano tramitador del REIC, dada la compatibilidad de las finalidades de cedente y cesionario, no requiere consentimiento específico y diferenciado por parte del titular en el momento de hacer la declaración. El acceso a los datos por parte de terceras personas requiere la acreditación de un interés legítimo.
01/01/2008
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