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Se han encontrado 7 resultados con los descriptores Contratación
Derecho de oposición en publicidad contratación administrativa.
La persona reclamando interesaba la no publicación de sus datos en la plataforma de contratación, datos que se habían publicado en dicha plataforma en tanto que licitador -empresario individual- en un proceso de contratación administrativa. Al tratarse de una administración pública, la base jurídica que habilitaría la publicación de los datos de la persona reclamando, no es sólo el cumplimiento|cumplido de una obligación legal establecida en la LCSP, sino también la establecida en el artículo 6.1.e) RGPD (tratamiento necesario para el cumplimiento|cumplido de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos). El derecho de oposición no se puede ejercer cuando el tratamiento obedece al cumplimiento|cumplido de una obligación legal, pero sí en el caso previsto al citado artículo 6.1.e) RGPD. En este supuesto se desestima la reclamación ya que la persona reclamando no ha invocado ninguna circunstancia que justifique la prevalencia de su derecho.
29/07/2019
Publicidad del procedimiento de contratación pública
CNS 1/2019
La difusión de datos identificativos, a raíz del cumplimiento de las obligaciones de publicidad establecidas en el LCSP, tendría que abarcar sólo el nombre y apellidos de los licitadores y adjudicatarios, así como el nombre, apellidos y cargo del trabajador público que interviene en razón del cargo o funciones. Por este motivo, se recomienda tener en cuenta las observaciones hechas en el apartado V del dictamen.
29/01/2019
Publicación de contratos y convenios a efectos de transparencia
CNS 58/2018
En la publicación de contratos administrativos, a efectos de transparencia, la difusión de datos personales tendría que abarcar sólo el nombre y apellidos de los adjudicatarios, así como el nombre, apellidos y cargo del trabajador público que interviene en razón del cargo, al ser esta la información mínima necesaria para alcanzar la finalidad pretendida. En caso de tratarse de convenios de colaboración, esta tendría que limitarse al nombre, apellidos y cargo de las personas que actúan en representación de las partes firmantes.
11/12/2018
Auditoría de cumplimiento y financiera respecto de la gestión de una sociedad municipal
CNS 1/2018
En la informe resultante de una auditoría financiera y de cumplimiento efectuada a una sociedad municipal se puede hacer constar la identidad de las personas adjudicatarias de los contratos auditados, en la medida en que se trate de información relevante a los efectos de explicar los resultados obtenidos en el examen de los procedimientos de contratación llevados a cabo por dicha sociedad. Esta misma información puede ser difundida durante la presentación del informe de auditoría en audiencia pública.
29/01/2018
Publicación de determinada información personal en el Portal de transparencia y en la web municipal
CNS 6/2017
Cuando la legislación de transparencia prevé la obligación de publicar información en el portal de transparencia o en la web corporativo (subvenciones y ayudas públicas, autorización de compatibilidades, formación de trabajadores, información retributiva, concesiones administrativas, entre otros), la normativa de protección de datos no impide la publicación de información personal, si bien hay que evitar la publicación de información innecesaria. Cuando la publicación derive de otras normas con rango de ley, se tendrá que estar a los términos que establece dicha legislación, sin perjuicio que hay que respetar lo que se deriva del LOPD. La publicidad de información relativa a "cualquier materia de interés público (...)" (art. 8.1.m) LTC), no habilita para publicar datos personales relacionados con esta, sin consentimiento o sin habilitación legal específica, y por lo tanto en principio hará falta anonimizar o disociar los datos personales.
27/02/2017
Difusión de determinados datos personales inscritos en el Registro Público de Contratos
CNS 57/2016
La difusión de los datos personales contenidos en el objeto de los contratos no se considera, con carácter general, estrictamente necesaria por el cumplimiento de las obligaciones de transparencia en materia de contratación pública. La difusión de estos datos podría ser contraria a lo que disponen los artículos 23 y 24.2 en relación con el artículo 7.1 de la Ley 19/2014.
09/11/2016
Informe en relación con el Proyecto de Orden por el cual se modifica la Orden ECO/47/2013, de 15 de marzo, por la cual se regula el funcionamiento y se aprueba la aplicación del registro público de contratas de la Generalitat de Catalunya
PD 13/2015
22/07/2015