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Se han encontrado 10 resultados con los descriptores Estadística
Desatención derecho de acceso.
PT 57/2022
La persona reclamante formuló una petición de acceso en el Ayuntamiento de Barcelona en lo referente a una encuesta telefónica para valorar la seguridad ciudadana de su población, y manifestó que el Ayuntamiento no le había dado respuesta. El Ayuntamiento sí dio respuesta a su petición, indicándole que el organismo responsable del tratamiento de datos para la realización de la encuesta era la Autoridad Metropolitana de Barcelona, y que se tenía que dirigir a esta entidad para pedir el ejercicio de su derecho.
19/10/2022
Informe en relación con el Anteproyecto de ley del Plan estadístico de Cataluña 2023-2028 y de modificación de la Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de estadística de Cataluña
PD 17/2021
30/12/2021
Informe en relación con el Anteproyecto de Ley del Plan estadístico de Cataluña 2016-2019 y de modificación de la Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de Estadística de Cataluña
PD 2/2015
06/03/2015
Informe en relación con la propuesta de modificación de la Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de estadística de Cataluña
PD 20/2014
13/11/2014
Informe en relación con el Proyecto de Decreto de organización y funcionamiento del Instituto de Estadística de Cataluña
PD 27/2013
02/10/2013
Medidas de seguridad aplicables a los ficheros en materia estadística
CNS 27/2013
Los criterios a tener en cuenta en materia de seguridad con respecto a los ficheros estadísticos vendrá determinada por el ENTE cuando se trate de ficheros electrónicos. Cuándo se trate de información que se encuentre en apoyo papel, sin perjuicio que, de entrada se pueda aplicar los niveles de seguridad y las medidas de seguridad previstas para apoyos no automatizados en el RLOPD, puede ser necesario, llevar a cabo una evaluación de riesgos en función de la naturaleza de la información, el volumen de información, y las consecuencias que un incidente de seguridad podría tener para la persona jurídica o para terceras personas.
07/05/2013
Notificación e inscripción de ficheros estadísticos
CNS 3/2013
Los ficheros que sirven para finalidades exclusivamente estadísticas y amparados por la legislación autonómica sobre la función estadística pública se tienen que inscribir en el Registro de Ficheros Estadísticos. En cambio, aquellos otros ficheros creados para finalidades no exclusivamente estadísticas tendrán que ser notificados ante el Registro de Protección de Datos de Cataluña con el fin de proceder a su inscripción.
31/01/2013
Comunicación de datos del Registro de Población de Cataluña a otras administraciones
CNS 38/2012
La Ley 23/1998, de 30 de diciembre, d’Estadística de Cataluña habilita la cesión, sin consentimiento, del dato domicilio del Registro de Población de Cataluña a otra administración pública para l’exercici de las competencias legalmente atribuidas y por asuntos en que el domicilio resulte relevante, así como a la policía local d’un municipio cuando su conocimiento es necesario para l’exercici de las funciones de policía administrativa atribuidas por ley. Su cesión, sin consentimiento, a la policía local con finalidades policiales queda habilitada por l’article 22.2 de la LOPD, siempre que s’efectuï de manera individualizada y s’acrediti que es necesaria para la prevención d’un peligro real para la seguridad pública o para la represión d’infraccions penales.
27/07/2012
Comunicación de información personal entre administraciones públicas con finalidades estadísticas
CNS 18/2012
Dado que la comunicación de datos se tiene que producir entre administraciones públicas, siempre y cuando la encuesta se enmarque en una actividad estadística incluida en la Ley 13/2010, se puede considerar que hay legitimación suficiente para la comunicación de los datos identificativos (números de teléfono) sin necesidad de disponer del consentimiento previo de los titulares, por aplicación de los artículos 11.2.e) y 21 de la LOPD. Eso, sin perjuicio de la necesaria aplicación del resto de principios y obligaciones en materia de protección de datos. En el contexto del deber de información, en aplicación del artículo 5.4 de la LOPD, sería bueno que el Ayuntamiento informe a los titulares de que sus datos de contacto (números de teléfono) se cederán a otra administración, antes de comunicarlas, para la finalidad de contactar, con el fin de participar en la encuesta a la que se hace referencia en la consulta.
09/05/2012
Comunicación de datos para hacer tratamientos estadísticos desglosados por sexo
CNS 24/2009
De la normativa aplicable se desprende la obligación de incluir el dato «sexo» en algunos ficheros de datos personales de la empresa pública en determinados supuestos, pero no en todos los ficheros. La empresa pública puede prever la comunicación de datos para finalidades estadísticas a otra Administración pública, sin el consentimiento de las personas interesadas, en aplicación del artículo 21 de la LOPD, siempre que el estudio tenga la consideración de actividad estadística de interés de la Generalitat. En cualquier caso, como regla general, será necesario anonimizar previamente los estudios.
01/01/2009