La Ley 23/1998, de 30 de diciembre, d’Estadística de Cataluña habilita la cesión, sin consentimiento, del dato domicilio del Registro de Población de Cataluña a otra administración pública para l’exercici de las competencias legalmente atribuidas y por asuntos en que el domicilio resulte relevante, así como a la policía local d’un municipio cuando su conocimiento es necesario para l’exercici de las funciones de policía administrativa atribuidas por ley. Su cesión, sin consentimiento, a la policía local con finalidades policiales queda habilitada por l’article 22.2 de la LOPD, siempre que s’efectuï de manera individualizada y s’acrediti que es necesaria para la prevención d’un peligro real para la seguridad pública o para la represión d’infraccions penales.