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Se han encontrado 19 resultados con los descriptores RÉGIMEN SANCIONADOR
Remisión de una información policial a un Juzgado por persona presuntamente incompetente.
IP 73bis/2021
Un jefe de una el Área Básica Policial dio respuesta a una petición formulada por un Juzgado (sobre si un Ayuntamiento había solicitado la baja de usuario del SIP de la persona denunciando), cuando según la persona denunciando quién tendría que haber dado respuesta es el jefe de la DSIP. La denuncia se archiva porque no se puede descartar que fuera el propio Juzgado quien dirigiera la petición de información en el jefe del ABP mencionado, ya fuera porque era su referente policial de la Policía de la Generalitat en el municipio al cual pertenecía el propio órgano judicial, o bien para que el Ayuntamiento -objete de la consulta formulada por el Juzgado- pertenecía a esta ABP. Por otro lado, si el jefe del ABP tenía acceso a la información que solicitaba el Juzgado, estaría legitimado para comunicarla a este el órgano judicial. Y tampoco se puede descartar que el jefe de la DSIP lo hubiera autorizado.
20/04/2022
Envío a la DSIP de correo sin cifrar y a persona incompetente, solicitud de auditorías sobre accesos indebidos al SIP.
IP 73/2021
Se denunciaba que un jefe de la Guardia Urbana de un Ayuntamiento, (1) había enviado un correo sin cifrar en el jefe de la unidad encargada de la gestión de los Sistemas de Información Policial (SIP) solicitante que se diera de baja como usuario del SIP a la persona denunciando, contraviniendo el Manual de Seguridad del SIP. También denunciaba (2) que el Ayuntamiento había solicitado auditorías sobre los accesos al SIP efectuados por la persona denunciando, sin causa legal y a una persona que no era la responsable. La denuncia se archiva en atención a los motivos siguientes: (1) no consta que el correo se enviara sin cifrar (y en cualquier caso, los hechos estarían prescritos), y el envío del correo en el jefe de seguridad se ampararía en el cumplimiento de las funciones encomendadas en el jefe de la PL; (2) En cuanto a las solicitudes de auditoría, no se concretan a qué solicitudes se refiere, no consta que se hayan enviado a persona incompetente, ni la norma que se habría contravenido. En todo caso, la persona denunciando ya formuló una denuncia ante la Autoridad, en lo referente a la licitud de una solicitud de auditoría por presuntos accesos indebidos al SIP, y la Autoridad archivó la denuncia para considerar que la petición de auditoría era legítima.
20/04/2022
Informe sobre el Proyecto de decreto por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de los títulos I, III y IV de la Ley 9/2014 de 31 de julio de la seguridad industrial de los establecimientos, las instalaciones y los productos
PD 2/2022
25/03/2022
- ÁMBITO SECTORIAL
- Salud
- Salud pública
- Seguridad pública
- Servicios públicos
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración autonómica
- Empresa pública
- Encargado tratamiento
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos empresariales individuales
- Datos identificativos
- Documento Nacional Identidad
- Firma electrónica
- Datos representante persona jurídica
- ENCARGADO TRATAMIENTO
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración autonómica
- Otros
- Empresa pública
- Entidades colaboradoras
- Sociedades mercantiles
- PRINCIPIOS
- Principio exactitud
- Principio finalidad
- Principio minimización
- RÉGIMEN SANCIONADOR
- RESPONSABLE TRATAMIENTO
Envío de un correo electrónico acusando de acoso laboral.
IP 92/2021
Un inspector en ninguno de una policía local envió un correo electrónico a diferentes personas, todas ellas trabajadoras del mismo Ayuntamiento, en que manifestaba que había presentado una denuncia por acoso laboral, identificando la persona presuntamente acosadora. La denuncia se archiva al considerar que se trata de un correo enviado a título particular, y no en ejercicio de las funciones públicas encomendadas, y que la información que contiene es fruto del convencimiento de quien envió el correo y se puede enmarcar en el ámbito de la opinión personal, por lo cual el Ayuntamiento no es responsable.
21/02/2022
Incumplimiento de una resolución de tutela ()
60/2020
El Ayuntamiento no dio cumplimiento|cumplido dentro de plazo al indicado por la Autoridad tanto en la resolución de la PT 26/2019, como en el posterior requerimiento (14/01/2020), en lo que se incluía una advertencia respecto de su eventual incumplimiento.
19/04/2021
Envío de correos electrónicos con hasta electorales
IP 188/2018
Pega|Ocurre dictar el archivo cuando no se puede concretar la persona que validó uno determinado domine de internet mediante una red wifi de cortesía; así como cuando|cuándo no se puede acreditar que la fuente de donde se obtuvieron las direcciones electrónicas donde se envió dichos correos ocurriera alguna de las bases de datos municipales que contienen el campo de la dirección electrónica.
20/12/2018
Envío de correos electrónicos con hasta electorales
IP 189/2018
Pega|Ocurre dictar el archivo cuando no se puede concretar la persona que validó uno determinado domine de internet mediante una red wifi de cortesía; así como cuando|cuándo no se puede acreditar que la fuente de donde se obtuvieron las direcciones electrónicas donde se envió dichos correos ocurriera alguna de las bases de datos municipales que contienen el campo de la dirección electrónica.
20/12/2018
Envío de correos electrónicos con hasta electorales
IP 308/2018
Pega|Ocurre dictar el archivo cuando no se puede concretar la persona que validó uno determinado domine de internet mediante una red wifi de cortesía; así como cuando|cuándo no se puede acreditar que la fuente de donde se obtuvieron las direcciones electrónicas donde se envió dichos correos ocurriera alguna de las bases de datos municipales que contienen el campo de la dirección electrónica.
20/12/2018
Envío de correos electrónicos con hasta electorales
IP 183/2018
Pega|Ocurre dictar el archivo cuando no se puede concretar la persona que validó uno determinado domine de internet mediante una red wifi de cortesía; así como cuando|cuándo no se puede acreditar que la fuente de donde se obtuvieron las direcciones electrónicas donde se envió dichos correos ocurriera alguna de las bases de datos municipales que contienen el campo de la dirección electrónica.
20/12/2018
Control de acceso en equipos informáticos con datos personales.
IP 90/2018
El acceso por parte de terceras personas a las dependencias del responsable donde hay un equipo informático, no implica por sí mismo que estas puedan acceder a la información que se almacene en aquel ordenador, siempre que se implementen las medidas de seguridad adecuadas con el fin de garantizar que terceras personas no autorizadas no puedan acceder a datos personales.
09/11/2018
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