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Se han encontrado 174 resultados con los descriptores Derecho información
Acceso a los datos del padrón municipal por parte de una Concejalía de un Ayuntamiento para difundir un programa de formación
CNS 19/2008
El padrón municipal de habitantes es un registro que se configura como una base de datos de carácter personal, por lo que le es de aplicación la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y, por tanto, se deberán tener en cuenta los principios y disposiciones contenidos en dicha norma, además de lo que establezca la normativa sectorial aplicable. La Concejalía del Ayuntamiento, en ejercicio de sus funciones, está legitimada para acceder a datos del padrón municipal. En los escritos mediante los que se difunda el programa formativo, hay que dar cumplimiento al deber de información del artículo 5 de la LOPD.
01/01/2008
Obtención de los servicios de Google Analytics y legislación de protección de datos personales
CNS 1/2008
Contratación de los servicios de Google Analytics por parte de una entidad de derecho público a fin de mejorar el rendimiento de la página corporativa, la información y los servicios prestados al ciudadano. La información que se trate puede contener datos de carácter personal. La dirección IP se considera dato personal siempre que haga identificable a una persona física determinada. Se recomienda someter su tratamiento a los principios y obligaciones de la LOPD, en especial, el deber de información y el principio de consentimiento.
01/01/2008
Acceso a datos del padrón por parte del encargado del tratamiento
CNS 7/2007
Comunicación de datos del padrón municipal a un tercero contratado por el propio Ayuntamiento para la realización de un estudio sobre las situaciones de dependencia de las personas mayores del municipio. El padrón municipal de habitantes se configura como una base de datos de carácter personal, y en el supuesto que se plantea, dado que el tercero contratado es el encargado del tratamiento, con las obligaciones que ello comporta, según la LOPD no se considera comunicación de datos a un tercero. El tercero contratado por el Ayuntamiento tendrá que cumplir con el deber de información a los interesados de los que se recojan datos personales.
01/01/2007
Instalación de cámaras de videovigilancia en un establecimiento de un municipio
CNS 12/2005
Los datos relativos a personas físicas identificadas o identificables constituidas por imagen y sonido son datos personales. En la instalación y utilización de los dispositivos de videovigilancia hará falta tener en cuenta los principios de calidad de los datos, de proporcionalidad, de idoneidad y de información a los afectados con el fin de respetar debidamente los derechos de los ciudadanos y asegurar el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición y cumplir con el resto de obligaciones de la normativa de protección de datos de carácter personal.
01/01/2005
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