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Se han encontrado 29 resultados con los descriptores Consorcios
Carencia de comunicación de designación de DPD a la APDCAT.
PS 72/2022
La entidad no había comunicado a la Autoridad Catalana de Protección de Datos la designación de un delegado/ada de protección de datos que, de acuerdo con el artículo 37.1 del RGPD, es de designación obligatoria por la entidad. Esta obligación prevista a la RGPD era plenamente aplicable, y exigible a la entidad, desde el mes de mayo de 2018.
14/02/2023
Carencia de comunicación de designación de DPD a la APDCAT.
PS 77/2022
La entidad no ha comunicado a la Autoridad Catalana de Protección de Datos la designación de un delegado/ada de protección de datos que, de acuerdo con el artículo 37.1 del RGPD, es de designación obligatoria por la entidad.
20/12/2022
Carencia de comunicación de designación de DPD a la APDCAT.
PS 76/2022
La entidad no ha comunicado a la Autoridad Catalana de Protección de Datos la designación de un delegado/ada de protección de datos que, de acuerdo con el artículo 37.1 del RGPD, es de designación obligatoria por la entidad.
20/12/2022
Carencia de comunicación de designación de DPD a la APDCAT.
PS 74/2022
La entidad no ha comunicado a la Autoridad Catalana de Protección de Datos la designación de un delegado/ada de protección de datos que, de acuerdo con el artículo 37.1 del RGPD, es de designación obligatoria por la entidad.
20/12/2022
Carencia de comunicación de designación de DPD a la APDCAT.
PS 73/2022
La entidad no ha comunicado a la Autoridad Catalana de Protección de Datos la designación de un delegado/ada de protección de datos que, de acuerdo con el artículo 37.1 del RGPD, es de designación obligatoria por la entidad.
20/12/2022
Acceso a los expedientes de selección de personal
CNS 9/2022
Las personas que participen o hayan participado en un proceso de selección de personal, así como los representantes de los trabajadores, tendrian derecho a acceder a determinada información personal contenida en el expediente resultante, en los terminos señalados en el dictamen, y pueden ejercer su derecho de acceso mientras el consorcio sanitario disponga de esta información pública. Puede ser una buena práctica informar las personas aspirantes de los posibles destinatarios de sus datos a raíz de su participación en un proceso de selección.
01/04/2022
Cambio en el sistema de dispensación de la medicación hospitalaria con motivo de la situación de pandemia provocada por el .
IP 396/2020
No vulnera la normativa de protección de datos, la comunicación de datos en las farmacias de los pacientes que reciben medicación en el servicio de farmacia del hospital mediante la habilitación del circuito extraordinario recogido en la resolución del Servicio Catalán de la Salud. Esta comunicación se ampara en la Resolución del Servicio Catalán de la Salud aprobada en el marco del que establece la Disposición Adicional sexta del Real decreto ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Por lo tanto, se trata de una comunicación lícita.
Posteriormente, el Hospital realizó una llamada de control de la medicación que las farmacias dispensan a los pacientes, así como para evaluar que el nuevo sistema estaba funcionando correctamente. Esta llamada realizada por los médicos del Hospital se enmarca en la prestación asistencial y, por lo tanto, es lícita.
16/04/2021
Desatención por parte del encargado de la solicitud de acceso a la historia clínica.
PT 33/2020
Se estima la reclamación por razones formales, dado que el centro a quien el Departamento de Salud encargó la atención de los derechos de autodeterminación informativa, contestó una vez superada el plazo de un mes. Sin que sea necesario efectuar un pronunciamiento sobre el fondo, atendida la conformidad de la persona reclamante con la documentación librada.
04/02/2021
Denegación de información en relación con el tratamiento recibido en un centro sanitario
IAI 28/2020
De acuerdo con el artículo 24.3 LTC la resolución de la solicitud de acceso a la historia clínica de la persona solicitante se tenía que tramitar de acuerdo con el RGPD y la eventual reclamación se tiene que tramitar ante la Autoridad Catalana de Protección de Datos, autoridad competente para conocer de las reclamaciones en relación con el derecho de acceso previsto en el artículo 15 RGPD. En cualquier caso, de la información que consta al expediente no se observan elementos que impidan el acceso a toda la información reclamada que conste a la historia clínica, incluida la identidad y categoría (o lugar que ocupen) de los profesionales que ha intervenido. La normativa de protección de datos impide facilitar de manera individualizada los datos sobre formación y experiencia o las relativas al contrato, la jornada, y los horarios de los técnicos. En cambio, sí que se puede librar los nombres del personal o técnicos con competencias de verificación y extensión de informes relativos a la verificación y mantenimiento de los equipos del servicio de radioterapia.
02/11/2020
Publicación de los datos personales de los representantes sindicales elegidos en las elecciones del Comité empresa
IP 51/2019
La publicación en el tablón de anuncios del nombre y apellidos y afiliación sindical de las personas escogidas en las elecciones del Comité de empresa de la entidad , tiene su base jurídica en el cumplimiento de un mandato legal (ET y RD 1844/94), y es conforme al principio de minimización. Los datos publicados relativos a la afiliación sindical de los representantes son datos que el interesado habría hecho manifiestamente públicas (9.2.e RGPD), y la publicación del resultado de las elecciones del comité de empresa se prevé mediante una ley (9.2.b RGPD).
02/06/2020
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