Sentido de la resolución: Archivo / sobreseimiento
La publicación en el tablón de anuncios del nombre y apellidos y afiliación sindical de las personas escogidas en las elecciones del Comité de empresa de la entidad , tiene su base jurídica en el cumplimiento de un mandato legal (ET y RD 1844/94), y es conforme al principio de minimización. Los datos publicados relativos a la afiliación sindical de los representantes son datos que el interesado habría hecho manifiestamente públicas (9.2.e RGPD), y la publicación del resultado de las elecciones del comité de empresa se prevé mediante una ley (9.2.b RGPD).