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Se han encontrado 2 resultados con los descriptores Partidos políticos
Filtración de datos personales en un pleno del Ayuntamiento y a través de un whatsapp no corporativo.
IP 406/2021
En relación con los datos publicados por el representante de un partido político en un pleno del ayuntamiento, se archiva porque no se ha demostrado que los datos publicados se hayan facilitado por parte del Ayuntamiento. Además, los datos publicados son incorrectos, cuestión esta inidiciària que la persona que las habría facilitado no estaba vinculada en el Ayuntamiento. En relación con la filtración de datos personales a través de un grupo de Whatsapp, este hecho también se archiva dado que el hecho que las fotografías de los cuadrados (con los turnos y los horarios) se hayan intercambiado en un grupo de whatsapp no es indicio suficiente que permita imputar una vulneración del principio de confidencialidad porque no consta acreditado que las personas del grupo sean miembros de la policía local del Ayuntamiento.
15/06/2023
Concepto de dato de carácter personal y comunicación a un partido político
CNS 3/2007
Se plantea si los datos de las personas empadronadas y no empadronadas tienen la consideración de datos de carácter personal, y la posibilidad, por parte del Ayuntamiento, de comunicarlos a un partido político con finalidad informativa. El padrón municipal de habitantes se configura como una base de datos de carácter personal y, por consiguiente, está sometido a la LOPD. La comunicación de datos personales requiere el consentimiento de los afectados, tanto si están empadronados como si no lo están, salvo que la misma esté autorizada por ley, lo que no parece concurrir en el presente supuesto para la finalidad que se plantea.
01/01/2007