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Se han encontrado 3 resultados con los descriptores Libertad información
Captación, grabación y retransmisión en directo de los partidos en el campo de fútbol municipal
CNS 43/2016
La captación, la grabación y la retransmisión en directo de los partidos de fútbol constituye un tratamiento de datos de carácter personal que puede encontrar habilitación en el consentimiento de las personas afectadas o en otra norma con rango de ley, como ahora la libertad de información (art. 20.1 CE) o el artículo 8.2.c) de la Ley orgánica 1/1982. El responsable del tratamiento tendrá que dar cumplimiento a una serie de obligaciones como crear el fichero correspondiente, notificarlo a la autoridad de control, establecer un contrato de encargado del tratamiento con la empresa que intervenga en la gestión del sistema, atender los derechos de las personas afectadas e informar a las personas afectadas.
19/07/2016
Grabación por parte de los ciudadanos de las conversaciones mantenidas con miembros del equipo de gobierno municipal
CNS 2/2016
La grabación de la conversación de un miembro del equipo de gobierno para un ciudadano en principio requiere el consentimiento previo del afectado. Ahora bien, podría estar legitimado si se hace con la finalidad de utilizarlo con ocasión de la exigencia de responsabilidades. La difusión, sin consentimiento, de esta conversación podría estar legitimada cuando la información registrada sea veraz, tenga relevancia pública atendida la materia objeto de la información o bien la persona implicada, y resulte proporcionada al interés general que justifica su difusión.
05/02/2016
Posibilidad de difundir información sobre un proceso selectivo en el blog informativo de un grupo municipal
CNS 8/2014
La difusión de información, en la que constan datos personales, a través del blog de un grupo municipal podría estar habilitada por la libertad de información reconocida en el artículo 20 CE, siempre que se trate de una información veraz y de relevancia pública que tenga que prevalecer sobre el deber de secreto o en general sobre otros derechos como el derecho a la protección de datos personales. En el caso examinado, y para la información de que se dispone, no se puede concluir que concurran estas circunstancias.
06/03/2014