El encargado tiene que devolver al Ayuntamiento todos los datos vinculados a la prestación del servicio de primer ciclo de educación infantil, una vez finalizada su prestación, en atención al principio de continuidad de los servicios públicos y a la existencia de previsiones legales que obligan a su conservación. A efectos de acreditar este retorno, puede establecerse un documento por medio del cual el encargado haga constar la entrega de los datos en el Ayuntamiento, así como, si procede, que ha procedido a la destrucción de las copias y al borrado total de los datos existentes en sus equipos informáticos, sin perjuicio de la posibilidad de conservar una copia bloqueada. El encargado puede utilizar cualquier medio a su alcance para acreditar el bloqueo de los datos que conserve, como la documentación generada para implementar las medidas de seguridad relacionadas con el bloqueo y las evidencias de su correcto funcionamiento.