Sentido de la resolución: Estimatoria
Procede la cancelación de los datos personales contenidos en un expediente penitenciario porque la persona reclamando ya no es una persona interna, el órgano responsable ha reconocido que tampoco tiene ninguna actuación de ejecución penal pendiente y también porque sus antecedentes penales ya se habrían cancelado. El bloqueo consiguiente hace falta mantenerlo mientras no hayan prescrito las eventuales responsabilidades.