Sentido de la resolución: Estimatoria
Se estima la reclamación de tutela porque el Ayuntamiento no resolvió las solicitudes de acceso en el plazo de un mes previsto al efecto. Asimismo, se requiere el Ayuntamiento para que complemente la información que había facilitado extemporàniament al reclamante, dado que no se había facilitado la relativa a un periodo también indicado por el reclamante. Artículos aplicados: Artículo 15 LOPD