Sentido de la resolución: Desestimatoria
La persona reclamante no ha presentado la documentación relativa al alta médica, ni ha presentado alegaciones que argumenten ninguna circunstancia que impida la presentación de esta documentación a la Autoridad. Al respeto, la legislación sanitaria fija los plazos de conservación de la documentación integrada a la historia clínica del paciente, en 5 o 15 años, en función de la tipología de documento de que se trate, sin prever su supresión, cuando no se dispone del alta médica, motivo por el cual no procede atender la petición de la reclamante.